Las medidas de seguridad exigibles a los ficheros y tratamientos de datos personales se clasifican en tres niveles: BÁSICO, MEDIO y ALTO.

A continuación se indican los ficheros y tratamientos a los que corresponde aplicar las medidas de seguridad relativas a cada uno de los niveles que determina La Ley de protección de datos de carácter personal

NIVEL ALTO.

Ficheros o tratamientos con datos: de ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual y respecto de los que no se prevea la posibilidad de adoptar el nivel básico; recabados con fines policiales sin consentimiento de las personas afectadas; y derivados de actos de violencia de género.

NIVEL MEDIO.

Ficheros o tratamientos con datos:

Relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales; que se rijan por el artículo 29 de la LOPD (prestación de servicios de solvencia patrimonial y crédito); de Administraciones tributarias, y que se relacionen con el ejercicio de sus potestades tributarias; de entidades financieras para las finalidades relacionadas con la prestación de servicios financieros; de Entidades Gestoras y Servicios Comunes de Seguridad Social, que se relacionen con el ejercicio de sus competencias; de mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social; que ofrezcan una definición de la personalidad y permitan evaluar determinados aspectos de la misma o del comportamiento de las personas; y de los operadores de comunicaciones electrónicas, respecto de los datos de tráfico y localización.

NIVEL BÁSICO.

Cualquier otro fichero que contenga datos de carácter personal.

También aquellos ficheros que contengan datos de ideología, afiliación sindical, religión, creencias, salud, origen racial o vida sexual, cuando: los datos se utilicen con la única finalidad de realizar una transferencia dineraria a entidades de las que los afectados sean asociados o miembros; se trate de ficheros o tratamientos no automatizados o sean tratamientos manuales de estos tipos de datos de forma incidental o accesoria, que no guarden relación con la finalidad del fichero; y en los ficheros o tratamientos que contengan datos de salud, que se refieran exclusivamente al grado o condición de discapacidad o la simple declaración de invalidez, con motivo del cumplimiento de deberes públicos.

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AUDIDAT: Profesionales de la protección de datos.

Publicación en el diario Cinco Días el 29 de Frebrero de 2012.- Clic para ver ampliado.

Día de la Protección de datos en Europa

El próximo día 28 de Enero, se celebrará por quinta vez el “Día de la Protección de Datosen Europa, una nueva edición fomentada por la Comisión Europea, el Consejo de Europa y las autoridades de protección de datos de los Estados miembros.

Durante el desarrollo de esta jornada se impulsará el conocimiento que tienen los ciudadanos de sus derechos y obligaciones sobre la ley de protección de datos. Una ley que está cada día más presente en nuestras vidas y que todavía muchas personas desconocen o ignoran.

En el transcurso de esta jornada prevista en España, se hará entrega de los “Premios Protección de Datos 2010”. Los galardones reconocerán a aquellos expertos y medios de comunicación que promueven todo el conocimiento que esta ley de protección de datos supone.

Audidat Franquicia, como empresa emprendedora y destacada a nivel nacional en la implantación de la ley de protección de datos a pymes y profesionales autónomos, asistirá a este evento, dónde podrá captar todas las novedades surgidas durante los últimos meses en cuando a la propuesta de las normas y reglas que la Unión Europea propondrá.