07 Diciembre 2011
La agencia considera que el Consistorio mantiene hasta tres tipos de ficheros sin declarar en el Registro General
La Agencia Española de Protección de Datos ha decidido abrir expediente al Ayuntamiento de Benavente por una presunta infracción a la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal por mantener hasta tres tipos de ficheros sin el respaldo de las correspondientes disposiciones legales y no declararlos en el Registro General de Protección de Datos.
Las denuncias y recursos presentados desde hace casi un año, contra el Ayuntamiento de Benavente, se han saldado con un archivo tras otro, pero la acusación de que el Ayuntamiento mantiene ficheros de datos sin cumplir los preceptos legales ha terminado por calar en la AEPD que ha decidido investigarlo incoando un expediente por presunta infracción.
El artículo 20 de la Ley Orgánica de Protección de Datos establece, como recuerda la Agencia en su respuesta al recurso de reposición, que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o en el diario oficial correspondiente.
Además, las disposiciones de creación o de modificación de ficheros deberán indicar la finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo y las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal que resulten obligados suministrarlos.
Por último, la disposición deberá hacer constar los órganos de las Administraciones responsables del fichero; los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, y las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible. Ninguno de estos aspectos han sido tenidos en cuenta por la Administración local.


