Adiós a las llamadas a deshoras

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Adiós a las llamadas a deshoras

Las compañías telefónicas han aprobado un nuevo código de conducta que, entre otras cuestiones, les impide llamar a la hora de la siesta.

Terminar de comer, reposar en el sofá y de pronto suena el teléfono. Es una compañía telefónica que nos despierta para proponernos alguna oferta. La inmensa mayoría de nosotros seguro que ha vivido esta situación, pero esto se acabó, desde el 1 de enero de 2022 ya no se puede hacer.

Noticia que, al conocer la mayoría de los ciudadanos, seguro que han celebrado.

Esto es así gracias al nuevo código de conducta pactado por las principales compañías telefónicas españolas: Vodafone, Orange, Más Móvil, Telefónica.

Estas decidieron el pasado verano actualizar su código ético de llamadas comerciales. Este acuerdo se ha actualizado para mejorar la reputación del sector, siendo esto, un gran avance, ya que, se dejarán así de hacer prácticas comerciales que resulten molestas para los consumidores.

Se han comprometido a regular las llamadas comerciales y a no llevarlas a cabo entre las 15:00 y las 16:00 horas de la tarde.

Además, debemos recordar que, según la normativa vigente de consumo, y antes de adoptar este acuerdo, ya se introdujo la prohibición a las compañías telefónicas para realizar llamadas de 21:00 a 9:00 horas. Tampoco podrán hacerlo los sábados, los domingos, o en días festivos.

También,  existe un límite de intentos de llamadas, pues, a lo largo de un mes, solamente podrán llamar a los clientes como máximo tres veces. Y, tampoco insistirán frente al rechazo, garantizando que cuando un posible cliente conteste la llamada, pero rechace la oferta, no teniendo interés por la propuesta comercial, deberán esperar tres meses para volver a contactar con ellos.

¿Qué pasa si las compañías incumplen?

En caso de incumplimiento, FACUA recuerda que, se puede denunciar y pedir ante las asociaciones de protección del consumidor, como puede ser la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), de las distintas comunidades autónomas que estas impongan multas.

Pero, esto no es todo, es posible denunciar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), ante la negativa de que sigan llamando para vender algún producto, no dejan de hacerlo.

Siendo el objetivo de este nuevo código de conducta, molestar un poco menos a los usuarios en lo referente a la venta por teléfono.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) establece una serie de indicaciones para dejar de recibir publicidad no deseada:

  • Inscribirte en una Lista Robinson.
  • Evitar dar tu consentimiento.
  • Retirar tu consentimiento.
  • Ejercer tus derechos de oposición y supresión.
  • Desaparecer de las guías telefónicas.
  • Reclamar el acoso telefónico.

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