El Parlamento Europeo ha respaldado un nuevo acuerdo para especificar la aplicación del RGPD en el contexto de investigaciones internacionales.
El objetivo principal es acelerar los procedimientos y proporcionar mayor seguridad jurídica a las partes involucradas.
La normativa establece plazos máximos para la conclusión de las investigaciones, fijados en 15 meses desde la designación de la autoridad principal, con posibles extensiones.
El acuerdo introduce un procedimiento de cooperación simplificado y fomenta la resolución temprana de conflictos.
El Parlamento Europeo ha dado su visto bueno a un convenio diseñado para detallar la forma en que se aplica el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en el marco de las investigaciones transfronterizas. Esta medida tiene una doble finalidad: agilizar los procedimientos y, al mismo tiempo, fortalecer la seguridad legal de todas las partes afectadas.
La Comisión Europea impulsó esta adaptación legal con la intención de reducir las discrepancias y promover el consenso entre las autoridades competentes desde las etapas iniciales de un proceso. Para que este acuerdo, pactado en junio por los negociadores de las instituciones, entre en vigor, aún es necesaria la ratificación formal por parte del Consejo (los gobiernos de la UE). Su activación se produciría 15 meses después de su publicación en el Diario Oficial de la UE.
Fortalecimiento del marco y plazos de investigación
Este refuerzo del marco de protección de datos armoniza los criterios para la aceptación de una queja transfronteriza. Determina, además, derechos uniformes para que tanto los denunciantes como los investigados tengan el derecho a ser escuchados. Con ello, se busca simplificar la cooperación y la resolución de conflictos entre las distintas autoridades.
Agilización de procesos y límites temporales
Con el objetivo de agilizar los procedimientos, se han establecido plazos definidos para garantizar que las quejas se gestionen dentro de un “plazo razonable”. Específicamente, se requiere que la investigación concluya en un periodo máximo de 15 meses desde el momento en que se designa la autoridad de supervisión principal. Este periodo puede ser extendido por hasta 12 meses adicionales si la complejidad del caso lo justifica.
Se ha contemplado también un procedimiento de cooperación simplificado para aquellos casos en los que no existan incertidumbres sobre el alcance de la investigación, si las demás autoridades no presentan objeciones y si la autoridad principal ha manejado investigaciones similares con anterioridad. En estos escenarios, el plazo para las investigaciones se reduce a 12 meses, con la posibilidad de extensión si la legislación nacional requiere procedimientos adicionales.
Consenso y resolución temprana de conflictos
La nueva normativa incluye incentivos para que las autoridades nacionales busquen un consenso desde el inicio del procedimiento de investigación.
Adicionalmente, se establece un método de resolución temprana para los casos en que una autoridad pueda demostrar que la infracción ha sido corregida o ha terminado. Este mecanismo se activa siempre y cuando el denunciante no presente objeciones en un plazo de cuatro semanas.