Plan de Igualdad

Plan de Igualdad y Protocolo de Acoso y Auditoria Retributiva con Audidat. Te contamos todo sobre los planes de igualdad de las empresas para cumplir con la normativa

Tener un Plan de Igualdad será obligatorio para todas las empresas con más de 50 personas trabajadoras, a partir de marzo de 2022.

Todas las empresas, sin importar su tamaño,  deben disponer de un Protocolo de acoso sexual y de acoso por razón de género en el trabajo.

El plan de Igualdad es el conjunto de medidas ordenadas y organizadas con el fin de alcanzar la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres, evitando los obstáculos que dificultan la igualdad efectiva.

Todas las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y deberán adoptar medidas negociadas dirigidas a evitar cualquier discriminación laboral entre hombres y mujeres

NUESTROS SERVICIOS PARA LA EQUIDAD:

  • Plan de Igualdad

  • Protocolo de Acoso Sexual y acoso por razón de género en el trabajo

  • Auditoría Retributiva o salarial

NORMATIVA APLICABLE
  • Ley Orgánica 3/2007 de 22 de Marzo para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres
  • Real Decreto legislativo 2/2015 de 30 de Octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
  • Real Decreto Ley 6/2019 de 1 de Marzo de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
  • Real Decreto 901/2020 de 13 de Octubre, que regula los planes de igualdad y su registro.
  • Real Decreto 902/2020 de 13 de Octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

¿Quién debe realizar un Plan de Igualdad?

  • Es obligatorio  para todas las empresas y entidades con más de 50 personas trabajadoras en su plantilla.
  • Las empresas obligadas por su convenio colectivo.
  • Por acuerdo de la autoridad laboral en procedimiento sancionador, sustituyendo para la empresa la sanción por la elaboración de un plan de igualdad.
  • Para el resto de empresas y entidades es VOLUNTARIO, pero es interesante por prestigio y los beneficios que puede tener.

Obligatoriedad y plazos 

2022:  Empresas y entidades con + 50 personas trabajadoras 

2021: Empresas y entidades con +100 personas trabajadoras

2020: Empresas y entidades con +150 personas trabajadoras 

Beneficios de tener un Plan de Igualdad en la empresa

  • CONSIGUE CONTRATOS CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. La Administración da una mejor baremación y preferencia a aquellas empresas que tengan implantado un Plan de Igualdad, e incluso, en algunos casos, es obligatorio para Concursos, Licitaciones y Pliegos.
  • OBTÉN PUNTUACIÓN EN SUBVENCIONES PÚBLICAS
  • MEJORA EL AMBIENTE LABORAL, derivado de la no discriminación entre mujeres y hombres, así como la adopción de medidas de conciliación familiar, laboral y personal.
  • OPTIMIZA LOS RECURSOS HUMANOS y consigue fidelizar al personal al establecer criterios de promoción y selección de personal que fomenten el talento
  • POTENCIA LA IMAGEN DE EMPRESA, derivada del compromiso de la empresa con la Igualdad entre mujeres y hombres mejorando la responsabilidad social de la empresa
  • OBTEN VENTAJAS COMPETITIVAS
  • Y por supuesto, CUMPLIMIENTO NORMATIVO 

Fases Plan de Igualdad

El proceso para el diseño y elaboración del Plan de Igualdad responderá, de una forma  sucesiva y ordenada, a las siguientes fases:

FASE 1: PUESTA EN MARCHA DEL PROCESO DEL PLAN DE IGUALDAD

Comunicación y apertura de la negociación y constitución de la comisión negociadora.

FASE 2: REALIZACIÓN DEL DIAGNÓSTICO

Recopilación de los datos y su posterior análisis por parte de Audidat para ver el grado de integración de la Igualdad mujeres y hombres dentro de la organización ya sea privada o publica.

FASE 3: DISEÑO, APROBACIÓN Y REGISTRO DEL PLAN DE IGUALDAD

Una vez obtenidos los datos y analizados en la fase segunda, se establecerán las medidas, así como los indicadores de seguimiento  y evaluación calendario de aplicación, aprobación y registro del plan.

FASE 4: SEGUIMIENTO DEL PLAN DE IGUALDAD E IMPLANTACIÓN

Comprobación del grado de desarrollo y cumplimiento de las medidas y la valoración de los resultados.

FASE 5: EVALUACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD

Valoración de la consecución de los objetivos previstos en el plan y los resultados que se han obtenido en el plan implantado en la empresa.

En Audidat encontrará la confianza de contar con profesionales cualificados y especializados en materia de igualdad que le guiarán en este proceso, dándole el apoyo y asesoramiento para que la elaboración e implementación del Plan de igualdad sea un éxito en su empresa.