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Audidat en Cáceres se posiciona como la firma líder en consultoría integral de cumplimiento normativo, destacando en áreas clave como Compliance, Esquema Nacional de Seguridad (ENS) y Planes de Igualdad. Nuestra expertise abarca desde la implementación de rigurosos sistemas de compliance hasta el desarrollo e integración de estrategias de seguridad y igualdad, adaptadas a las necesidades específicas de cada organización en el ámbito local.

Con un profundo conocimiento de la las necesidades de las empresas locales y de la normativa nacional, Audidat Cáceres ofrece soluciones personalizadas para asegurar que las empresas no solo cumplan con sus obligaciones legales, sino que también promuevan un entorno de trabajo ético, seguro y equitativo. Nuestra misión es garantizar que nuestros clientes estén a la vanguardia del cumplimiento normativo, protegiendo sus operaciones y reputación en un mercado cada vez más competitivo y regulado.

Este enfoque integral no solo refleja nuestro compromiso con la excelencia en el servicio y la adaptación a las dinámicas locales, sino que también establece a Audidat Cáceres como el socio preferente para empresas que buscan navegar el complejo panorama del cumplimiento normativo con confianza y eficacia.

Actualidad de Cumplimiento Normativo en Cáceres

Cómo aumentar la seguridad de tus contraseñas según expertos en ciberseguridad

Cómo aumentar la seguridad de tus contraseñas según expertos en ciberseguridad

La inclusión de la letra «ñ» en las contraseñas dificulta su descifrado, ya que es exclusiva del español y poco común en sistemas de hackeo internacionales. Los expertos recomiendan evitar palabras comunes con «ñ» y, en su lugar, usarla en combinaciones complejas. A pesar de este truco, se sigue aconsejando el uso de gestores de contraseñas y claves alfanuméricas largas para aumentar la protección. Este método complica el trabajo de software avanzado y ataques basados en diccionarios internacionales.   La importancia de contraseñas robustas en un entorno digital cada vez más vulnerable En un mundo donde los ciberataques son cada vez más sofisticados, la creación de contraseñas seguras sigue siendo una medida fundamental para proteger nuestros dispositivos y datos personales. A pesar de la evolución de sistemas de acceso, como la biometría, las contraseñas alfanuméricas continúan siendo el método más utilizado en la mayoría de plataformas y programas. Los expertos subrayan que una contraseña segura debe ser única para cada servicio, larga y lo más compleja posible. Para gestionar la gran cantidad de claves que usamos en la actualidad, recomiendan el uso de gestores de contraseñas. Estas herramientas almacenan las claves de forma cifrada, facilitando su organización y uso. Sin embargo, incluso con estas precauciones, siempre existe el riesgo de hackeos y filtraciones. La «ñ», un carácter que podría marcar la diferencia Un reciente consejo de expertos en ciberseguridad resalta el potencial de la letra «ñ» como elemento diferenciador en la creación de contraseñas más seguras. Esta letra, exclusiva del español y poco común en teclados internacionales, supone un desafío para los métodos automatizados de hackeo, especialmente en ataques provenientes de fuera del ámbito hispanohablante. Ventaja de la «ñ»: Muchos sistemas de descifrado de contraseñas utilizan diccionarios internacionales que excluyen caracteres únicos como la «ñ». Esto podría alargar significativamente el tiempo que necesita un atacante para descifrar una clave. Dificultad en teclados extranjeros: Aunque es posible escribir la «ñ» en teclados no españoles, su uso es inusual y, por ende, menos considerado en los algoritmos de hackeo. Cómo utilizar la «ñ» correctamente en tus contraseñas Los expertos advierten que incluir palabras comunes del idioma español con la «ñ» no es suficiente para garantizar la seguridad. En lugar de ello, proponen: Usar la «ñ» en combinaciones únicas: Inserta la «ñ» en lugares inesperados dentro de contraseñas alfanuméricas complejas, como «A5ñ7Kp*Z». Evitar palabras completas o nombres comunes: Aunque contengan «ñ», palabras del diccionario español siguen siendo vulnerables a ataques de fuerza bruta. Combinarla con otros caracteres especiales: La inclusión de números, mayúsculas, símbolos y la «ñ» aumenta exponencialmente la dificultad para descifrar la clave. Por ejemplo, una contraseña como «C1udadñ0_segura!» sería mucho más difícil de descifrar que una sin este carácter. No basta con la «ñ»: otras medidas clave de seguridad Aunque incluir la «ñ» puede ser un factor adicional de protección, los especialistas recuerdan que una contraseña segura debe cumplir con otros criterios básicos: Longitud mínima: Idealmente, 12 caracteres o más. Diversidad de caracteres: Combina letras mayúsculas, minúsculas, números y símbolos. Única para cada servicio: Nunca reutilices contraseñas en diferentes plataformas. Uso de gestores de contraseñas: Herramientas como LastPass, Bitwarden o Dashlane facilitan la creación y almacenamiento de contraseñas complejas. Además, siempre que sea posible, se recomienda activar la autenticación en dos pasos (2FA) como medida complementaria de seguridad. Una barrera más para los cibercriminales Los hackers actuales cuentan con herramientas avanzadas que facilitan el descifrado de contraseñas, pero pequeñas modificaciones como incluir la «ñ» pueden complicarles el trabajo significativamente. Este carácter, único del español, se suma a una lista de prácticas recomendadas que, combinadas, pueden reforzar considerablemente la seguridad de nuestras cuentas y dispositivos. En un entorno donde los ataques cibernéticos son cada vez más frecuentes, cualquier medida que aumente el nivel de dificultad para los atacantes es bienvenida. Adoptar esta estrategia, junto con otras prácticas de seguridad, puede marcar la diferencia entre ser víctima de un ataque o mantener la protección de nuestros datos personales.  

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El BOE publica la Ley Orgánica de Eficiencia del Servicio Público de Justicia con avances frente a la violencia sexual

El BOE publica la Ley Orgánica de Eficiencia del Servicio Público de Justicia con avances frente a la violencia sexual

Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer asumirán competencias en casos de violencia sexual, incluyendo delitos como la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado y el acoso sexual. Se garantiza la justicia gratuita a mujeres y menores de edad víctimas de delitos contra la libertad sexual. La norma refuerza la coordinación de las Fiscalías y amplía las garantías para víctimas menores de edad, personas con discapacidad y víctimas de trata. Se introduce una modificación en el Estatuto de los Trabajadores para reforzar la nulidad de despidos en situaciones de adaptación de jornada o permisos familiares.   Nuevas competencias para los Juzgados de Violencia sobre la Mujer La publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia supone un paso significativo en la protección de las víctimas de violencia sexual. Entre las principales modificaciones introducidas, destaca que los Juzgados de Violencia sobre la Mujer asuman la instrucción de casos relacionados con violencia sexual, ampliando su ámbito de actuación a los delitos contemplados en el Título VIII del Libro II del Código Penal. Estos delitos incluyen: Mutilación genital femenina. Matrimonio forzado. Acoso sexual con connotación de género. La Ley establece que, en situaciones donde exista un solapamiento de competencias con las Secciones de Violencia contra la Infancia y Adolescencia, será la Sección de Violencia sobre la Mujer la encargada de los procedimientos. Justicia gratuita para víctimas de violencia sexual Uno de los avances más destacados es el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita para: Mujeres víctimas de delitos contra la libertad sexual. Personas menores de edad afectadas por los mismos delitos. Esto incluye asistencia en casos de trata de seres humanos, violencia sexual, y situaciones relacionadas con la mutilación genital femenina o el matrimonio forzado. Refuerzo en la actuación de las Fiscalías La Ley modifica el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, otorgando a esta institución competencias para coordinar los criterios de actuación en casos de violencia de género y violencia sexual. Esta medida busca homogeneizar las actuaciones de las distintas fiscalías y garantizar una respuesta más eficaz y uniforme en todo el territorio español. Protección para víctimas vulnerables En lo que respecta a víctimas menores de edad, con discapacidad o víctimas de trata, la Ley Orgánica introduce un enfoque más humanizado en los procedimientos judiciales. Se establece que estas personas puedan participar en los procesos legales desde lugares seguros donde se encuentren, recibiendo atención, asesoramiento y protección de forma adecuada. Modificaciones en el Estatuto de los Trabajadores La Ley también incorpora un cambio en el Estatuto de los Trabajadores, en línea con lo establecido por la Ley de Paridad, para reforzar la protección frente a los despidos nulos. En particular, afecta a trabajadores en las siguientes circunstancias: Personas con adaptación de jornada laboral. Personas que disfruten del permiso de cinco días por hospitalización de familiares. Este cambio procesal refuerza la nulidad de estos despidos, garantizando mayores derechos para las personas trabajadoras. Un avance hacia una justicia más eficiente y equitativa Con esta Ley, el Gobierno busca consolidar una justicia más accesible y efectiva para las víctimas de violencia sexual y de género, ampliando la coordinación institucional, garantizando derechos esenciales y reforzando la protección en situaciones de especial vulnerabilidad.

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Igualdad asegura cumplir el objetivo de abrir 53 centros de crisis 24 horas

Igualdad asegura cumplir el objetivo de abrir 53 centros de crisis 24 horas

El Ministerio de Igualdad ha anunciado la apertura de 53 centros de crisis 24 horas, aunque en siete territorios (Ceuta, Badajoz, Girona, Ávila, Soria y las dos provincias canarias) aún no están operativos. Los centros, financiados con fondos europeos Next Generation, debían abrir antes del 31 de diciembre de 2024, pero el Gobierno obtuvo una prórroga hasta el 2 de junio de 2025. Podemos acusa al Ministerio de Igualdad de ofrecer información «falsa», señalando que no todos los centros están funcionando y calificando esto como una negligencia hacia las víctimas. Amnistía Internacional confirma que solo 49 de los 53 centros están operativos, destacando los retrasos en Castilla y León y otros territorios.   La promesa de Igualdad y los retrasos en los centros de crisis La ministra de Igualdad, Ana Redondo, afirmó el pasado jueves que los 53 centros de crisis 24 horas previstos para atender a víctimas de violencia sexual están abiertos, cumpliendo así con el compromiso europeo. Sin embargo, fuentes autonómicas han confirmado que siete territorios no han logrado poner en marcha estos servicios antes de finalizar 2024. Entre los territorios rezagados se encuentran Ceuta, Badajoz, Girona, Ávila, Soria y las provincias de Gran Canaria y Tenerife. Aunque el plazo inicial para su apertura venció el 31 de diciembre de 2024, el Gobierno obtuvo una prórroga hasta el 2 de junio de 2025 para garantizar que todas las comunidades autónomas puedan justificar y ejecutar los fondos destinados a esta iniciativa. Centros de crisis: una cobertura desigual A nivel nacional, muchas comunidades autónomas cumplieron con el plazo establecido y lograron abrir sus centros de crisis antes de que finalizara 2024. Entre estas regiones destacan: Andalucía, Galicia, Euskadi, País Valencià, Aragón y Castilla-La Mancha, que abrieron todos los centros comprometidos. Madrid, que puso en funcionamiento dos centros; y Extremadura, donde los centros de Cáceres y Plasencia están operativos, mientras que los de Badajoz y Mérida abrirán este mes. En Catalunya, los centros de Tarragona, Vic y Tàrrega ya funcionan, mientras que el de Girona abrirá el 17 de enero de 2025. Canarias aún no ha abierto ninguno de sus tres centros en Fuerteventura, Gran Canaria y Tenerife, mientras que en Ceuta, la apertura está prevista para mayo de 2025. En el caso de Castilla y León, sólo tres de los nueve centros previstos están operativos, según Amnistía Internacional. Mientras tanto, en las provincias de Ávila y Soria, el servicio se está ofreciendo a través de un centro virtual llamado Atiendo, así como en las oficinas de entidades sociales que gestionarán los centros en el futuro. Críticas por parte de Podemos y Amnistía Internacional Desde Podemos, la exministra de Igualdad Irene Montero ha acusado al actual ministerio de ofrecer información «falsa» sobre la apertura de los centros. En un mensaje en la red social X, Montero calificó esta actitud como negligente, instando al Gobierno y a las comunidades autónomas a cumplir con su obligación y garantizar información veraz. Isa Serra, portavoz de Podemos, también criticó la falta de transparencia, asegurando que «es negligente dar información falsa cuando se trata de un servicio tan importante para las víctimas de violencia sexual». Amnistía Internacional, por su parte, ha señalado que hasta el 31 de diciembre sólo 49 de los 53 centros estaban abiertos. Verónica Barroso, representante de la organización, subrayó que «estas cifras, aunque altas, reflejan que aún quedan territorios rezagados, lo que podría afectar a la atención integral a las víctimas». Fondos y objetivos Desde 2021, más de 83 millones de euros han sido transferidos a las comunidades autónomas para la creación de estos centros, financiados como parte de los fondos europeos Next Generation. Esta medida se enmarca dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, cuyo objetivo es reforzar las políticas de igualdad e inclusión. El compromiso establecía la apertura de al menos un centro de crisis por provincia, aunque algunas comunidades optaron por abrir más de uno. Por ejemplo, Galicia abrió cinco centros; Madrid, dos; y Baleares, tres. Un reto para 2025 La apertura de los centros de crisis 24 horas para víctimas de violencia sexual es un paso clave en la lucha contra la violencia machista. Sin embargo, los retrasos en su implementación destacan la necesidad de mejorar la coordinación entre el Gobierno central y las comunidades autónomas, así como garantizar la transparencia en la ejecución de los proyectos. Con la prórroga hasta junio de 2025, el desafío será garantizar que los centros no solo estén abiertos, sino que operen a pleno rendimiento y cumplan con los estándares necesarios para ofrecer una atención integral a las víctimas.

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Sólo el 43% de las empresas de más de 50 trabajadores en Castilla y León cuentan con un plan de igualdad

Sólo el 43% de las empresas de más de 50 trabajadores en Castilla y León cuentan con un plan de igualdad

Desde marzo de 2022, las empresas de más de 50 empleados están obligadas a implementar planes de igualdad según el Real Decreto 901/2020. En Castilla y León, sólo 769 de las 1.772 empresas obligadas (43%) han registrado su plan, mientras que en Valladolid el porcentaje cae al 30%. La presencia de representación sindical facilita la negociación de los planes, mientras que la resistencia empresarial sigue siendo un desafío importante. Los planes de igualdad no solo abordan cuestiones salariales, sino también aspectos como promoción interna, formación y acceso igualitario a oportunidades laborales.   Obligación legal y cumplimiento insuficiente Desde marzo de 2022, el Real Decreto 901/2020 obliga a todas las empresas con más de 50 trabajadores a contar con un plan de igualdad. En Castilla y León, 1.772 empresas deberían haber registrado este documento, pero sólo 769 lo han hecho, lo que equivale al 43%. La provincia de Valladolid presenta un panorama aún más preocupante, con únicamente el 30% de las empresas en cumplimiento de esta obligación. Victoria Zumalacárregui, secretaria de Igualdad de UGT, reconoce que, aunque las cifras han mejorado en los últimos dos años —subiendo del 20% al 43%—, todavía queda mucho por avanzar. Para Zumalacárregui, la clave está en reforzar la labor de inspección laboral: «Es necesario que los inspectores e inspectoras vigilen que estos planes se realicen». Los retos en la negociación La negociación de los planes de igualdad es más sencilla en empresas donde existe representación sindical. Según Zumalacárregui, la presencia de delegados sindicales permite mayor presión para que los empresarios cumplan con la normativa. Sin embargo, en empresas sin representación directa, la negociación se torna más difícil, ya que depende de la voluntad del empresario de colaborar con los sindicatos externos. Zumalacárregui subraya que el objetivo de estos planes es implementar medidas que hagan efectiva la igualdad de género en las empresas. Uno de los primeros pasos en su desarrollo es el análisis de los puestos de trabajo y las diferencias salariales. Aunque admite que los casos de discriminación salarial por género son menos frecuentes hoy en día, aún pueden detectarse diferencias en complementos salariales que deben ser justificadas y corregidas. Medidas más allá del ámbito salarial Los planes de igualdad no se limitan a corregir desigualdades salariales. También contemplan otras áreas clave, como: Promoción interna: Garantizar que hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades de ascenso en la empresa. Formación: Asegurar que la formación sea accesible para todos los empleados, con horarios que permitan la participación de hombres y mujeres en igualdad de condiciones. Distribución de responsabilidades: Equilibrar los grupos profesionales para evitar la concentración de mujeres en puestos de menor responsabilidad o retribución. Zumalacárregui defiende los planes de igualdad como una herramienta no solo para promover la justicia social, sino también como una oportunidad de crecimiento para las empresas: «Mejorar las condiciones de igualdad beneficia la actividad empresarial al fortalecer el compromiso de la plantilla y mejorar su productividad». El camino hacia la igualdad Aunque los avances son evidentes, la implementación generalizada de planes de igualdad en Castilla y León sigue siendo un reto. A través de una mayor implicación de los empresarios, el fortalecimiento de la inspección laboral y el apoyo de los sindicatos, se espera que más empresas cumplan con esta obligación legal, promoviendo una igualdad efectiva entre hombres y mujeres en el ámbito laboral.

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Los planes de igualdad negociados durante más de un año son válidos

Los planes de igualdad negociados durante más de un año son válidos

La Audiencia Nacional ha confirmado que la duración prolongada de la negociación de un plan de igualdad no invalida el acuerdo alcanzado. La sentencia del 11 de noviembre de 2024 establece que los plazos previstos en la normativa no generan nulidad automática si el plan ha sido negociado ampliamente con los sindicatos. La exclusión de un sindicato de una comisión de administración del plan no vulnera la libertad sindical, según el tribunal. La falta de medidas específicas para personas trans en el plan no supone nulidad inmediata debido a dudas interpretativas de la Ley 4/2023. Sentencia de la Audiencia Nacional: la validez de los planes de igualdad negociados La Audiencia Nacional ha desestimado una demanda de nulidad presentada contra un plan de igualdad consensuado entre una empresa y la mayoría de la representación de los trabajadores, en la que se alegaba la prolongación de la negociación durante más de un año. En su sentencia de 11 de noviembre de 2024, el tribunal declaró que la extensión del proceso negociador más allá de los plazos legales no implica la nulidad automática del plan de igualdad, siempre que este sea producto de un acuerdo consensuado. Según el ponente, el magistrado Piñosa Ros, «el hecho de que la negociación se haya extendido más de un año no puede tener como efecto automático la pretendida nulidad». Además, el plan puede registrarse provisionalmente, mientras se desarrollan los detalles reglamentarios de las medidas previstas. Debate sobre las personas trans y el artículo 55.3 de la Ley 4/2023 La sentencia también aborda la controversia sobre la inclusión de medidas específicas para personas trans, en especial mujeres trans, tal y como exige el artículo 55.3 de la Ley 4/2023. El tribunal concluyó que la ausencia de una mención expresa a este colectivo en el plan no genera su nulidad inmediata, ya que la norma establece que el desarrollo reglamentario de estas medidas debía entrar en vigor a partir del 2 de abril de 2024. Además, el magistrado señaló que durante las negociaciones no se planteó ninguna objeción relativa a la omisión de medidas específicas para personas trans. Esto refuerza la posición del tribunal de que el acuerdo no puede considerarse inválido por esta razón. Exclusión de un sindicato de la comisión: una práctica legítima La Audiencia Nacional también abordó la queja de un sindicato que había sido excluido de una comisión de administración del plan de igualdad. La sentencia aclara que existen distintos tipos de comisiones dentro de un convenio colectivo, como las aplicadoras, interpretativas o de administración, y las comisiones negociadoras. El tribunal determinó que la exclusión del sindicato no firmante del convenio para formar parte de una comisión de administración es legítima y no vulnera la libertad sindical, siempre que no se demuestre que la exclusión sea irracional o desproporcionada. Asimismo, se aclaró que el derecho del sindicato a participar en la negociación colectiva no fue vulnerado, ya que este derecho está vinculado a la fase de negociación, y no a las comisiones posteriores de administración. Conclusiones de la sentencia La decisión de la Audiencia Nacional refuerza la validez de los planes de igualdad negociados ampliamente, incluso si el proceso supera los plazos previstos por la normativa. Además, subraya la importancia de un análisis detallado de las circunstancias de cada caso, como la inclusión de colectivos específicos o la legitimidad en la composición de las comisiones del convenio colectivo. Este fallo también marca un precedente en la interpretación de la Ley 4/2023 y la importancia de las negociaciones colectivas en la construcción de políticas de igualdad dentro del ámbito laboral.

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La amenaza de los deepfakes para la privacidad y la protección de datos de los menores

La amenaza de los deepfakes para la privacidad y la protección de datos de los menores

Los deepfakes, creados mediante inteligencia artificial, suponen un grave riesgo para la privacidad y seguridad de los menores, especialmente al ser utilizados para crear contenido manipulador o comprometedores. El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y el Reglamento de Inteligencia Artificial de la UE establecen normas para proteger a los menores frente al uso indebido de sus datos personales. España está adaptando su legislación, incluyendo medidas como la verificación de edad en plataformas digitales y sanciones específicas contra la creación y distribución de deepfakes que involucren menores. La educación y concienciación social son esenciales para equilibrar el avance tecnológico con la protección de los derechos fundamentales de los menores.   Deepfakes: una amenaza creciente para los menores La rápida evolución de la inteligencia artificial (IA) ha permitido la creación de deepfakes, representaciones audiovisuales manipuladas que pueden ser indistinguibles de la realidad. Esta tecnología plantea serias preocupaciones, especialmente en lo que respecta a los menores, al facilitar la creación de contenido falso que puede vulnerar su privacidad, dañar su imagen y causar un impacto emocional profundo. El caso ocurrido en 2023 en Almendralejo, donde varios menores crearon imágenes pornográficas falsas de niñas usando una aplicación de IA, encendió las alarmas en España. Este incidente puso de relieve los riesgos asociados a los deepfakes y abrió el debate sobre la necesidad de regular esta tecnología y proteger a los menores en un entorno digital cada vez más hostil. Cómo funcionan los deepfakes Los deepfakes se generan mediante algoritmos de aprendizaje automático, como las Redes Generativas Antagónicas (GAN), que utilizan grandes volúmenes de datos personales (imágenes, videos y grabaciones de voz) para crear contenido manipulado con un realismo sorprendente. La técnica GAN opera mediante dos redes: Una red generadora crea imágenes falsas basándose en los datos proporcionados. Una red discriminadora evalúa y compara esas imágenes con las reales, perfeccionando continuamente la calidad de los resultados. Otra técnica común es el autoencoder, que permite intercambiar o modificar rostros en videos mediante dos fases: Codificación: El rostro original se convierte en una representación comprimida. Decodificación: La representación comprimida se reconstruye con modificaciones, como cambios de rostro. Estas tecnologías, cuando se aplican sin consentimiento, especialmente en menores, pueden dar lugar a la creación de contenido sexual falso o comprometedor, vulnerando derechos fundamentales y generando daños irreversibles en las víctimas. El marco jurídico frente a los deepfakes En Europa: El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece que los menores requieren una protección especial respecto al uso de sus datos personales. Según su artículo 8, cualquier tratamiento de datos de menores de 16 años debe contar con el consentimiento explícito de sus tutores legales. La creación de deepfakes con datos de menores sin consentimiento no solo viola este principio, sino que constituye una práctica ilícita bajo las normativas europeas. El Reglamento de Inteligencia Artificial (IA), aprobado en 2024, clasifica los deepfakes que involucran menores como prácticas de «riesgo inadmisible». Esta normativa incluye sanciones severas para quienes fabriquen, distribuyan o posean contenido deepfake que comprometa a menores, y promueve el desarrollo de herramientas para detectar y eliminar estos materiales. En España: El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha señalado la necesidad de adaptar el marco legal a los riesgos digitales, incluyendo amenazas como los deepfakes. El Anteproyecto de Ley Orgánica de 2023 propone sanciones para quienes utilicen datos personales de menores en la creación de contenido manipulado y establece la obligatoriedad de la verificación de edad en plataformas digitales. Además, el Código Penal refuerza las sanciones contra el uso de identidades digitales falsas, protegiendo así a los menores frente al uso indebido de su imagen y datos personales. Protección y educación: un esfuerzo conjunto Proteger a los menores en un mundo digital dominado por tecnologías avanzadas como los deepfakes es un desafío que requiere la colaboración de legisladores, educadores, plataformas tecnológicas y la sociedad en general. La educación digital desempeña un papel clave. Enseñar a los menores sobre los riesgos de estas tecnologías y promover el uso responsable de las mismas ayudará a mitigar los daños y a fomentar un entorno digital más seguro. Por otro lado, el desarrollo de herramientas tecnológicas para la detección y eliminación de deepfakes será crucial para garantizar la privacidad y la integridad de los menores. Un futuro con garantías para los menores El equilibrio entre el avance tecnológico y la protección de los derechos fundamentales de los menores es una prioridad urgente. Las normativas europeas, como el RGPD y el Reglamento de IA, ofrecen un marco sólido para afrontar este reto, pero su éxito dependerá de su aplicación efectiva y del compromiso de todos los actores sociales.

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