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Cargadores eléctricos en garajes: Guía para Comunidades

En este artículo hablamos sobre:

La Instalación de cargadores eléctricos en garajes comunitarios se ha convertido en uno de los principales focos de conflicto y duda dentro de las comunidades de propietarios. El problema fundamental radica en el desconocimiento de los cauces legales y técnicos necesarios para integrar esta infraestructura en edificios que, en su mayoría, no fueron diseñados para la movilidad eléctrica. Esta falta de claridad genera tensiones entre los vecinos que desean dar el paso hacia el vehículo sostenible y aquellos que temen por la seguridad de la finca o por un posible incremento en los gastos comunes, dejando al propietario en una situación de incertidumbre operativa.

La relevancia de abordar este proceso correctamente es máxima, ya que una ejecución deficiente puede derivar en graves consecuencias. Desde riesgos de sobrecarga eléctrica que afecten al suministro general del edificio hasta responsabilidades civiles por instalaciones que no cumplan con la normativa de seguridad industrial (ITC-BT-52). Además, para la comunidad, una mala gestión de estas solicitudes puede derivar en impugnaciones de juntas o conflictos legales derivados de la Ley de Propiedad Horizontal. Ignorar la normativa vigente no solo frena la transición energética, sino que expone a la comunidad a sanciones y riesgos técnicos evitables.

En este artículo, desglosaremos la normativa actual, los procedimientos de comunicación obligatorios y los requisitos técnicos para que la integración de estos puntos de recarga sea un éxito. El objetivo es proporcionar una guía clara que garantice la convivencia y la seguridad técnica en el inmueble. Para que este proceso se gestione con total garantía jurídica y operativa, el apoyo especializado de un equipo experto en Administradores de fincas resulta indispensable para asegurar que cada paso cumpla estrictamente con la legislación vigente.

Respuesta directa: La Instalación de cargadores eléctricos en garajes comunitarios no requiere el voto favorable de la junta de propietarios, según el artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal. Solo es obligatoria la comunicación previa por escrito al administrador o presidente. El coste de la instalación y el consumo eléctrico corresponden íntegramente al propietario interesado.

Marco legal y derechos del propietario en la instalación de puntos de recarga

La legislación española ha evolucionado para facilitar la movilidad eléctrica, eliminando las barreras burocráticas que antes frenaban estas iniciativas. El punto de inflexión lo marca la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que establece un régimen simplificado para la Instalación de cargadores eléctricos en garajes comunitarios. Actualmente, el derecho del propietario a instalar un punto de recarga en su plaza individual está protegido, siempre que se cumplan unas condiciones mínimas de comunicación y seguridad.

Es importante destacar que, aunque no se requiera aprobación, la comunidad tiene derecho a supervisar que la obra no afecte a la seguridad del edificio ni altere elementos comunes de forma desproporcionada. El propietario debe presentar una memoria técnica o un proyecto, dependiendo de la envergadura de la instalación, donde se detalle el trazado de los cables y la conexión al contador.

Obligaciones del propietario interesado

  • Comunicación oficial: Notificar por escrito al representante de la comunidad (presidente o administrador) antes de iniciar cualquier obra.

  • Asunción de costes: El interesado debe pagar la instalación, el equipo de recarga y su propio consumo eléctrico.

  • Cumplimiento técnico: La instalación debe ser realizada por un profesional autorizado siguiendo el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

Procedimiento técnico para la Instalación de cargadores eléctricos en garajes comunitarios

Para que la infraestructura sea segura, existen diferentes configuraciones técnicas permitidas. La elección de una u otra dependerá de la ubicación del cuarto de contadores y de la distancia hasta la plaza de garaje. Durante la Instalación de cargadores eléctricos en garajes comunitarios, el técnico debe asegurar que el nuevo circuito no interfiera con los servicios comunes del edificio (como la iluminación o los ascensores).

El esquema más común en edificios residenciales es conectar el punto de recarga directamente al contador de la vivienda del propietario. Esto simplifica la facturación, ya que el consumo del coche se suma al del hogar en una única factura. Sin embargo, en garajes que no están en el mismo edificio que la vivienda, se opta por un contador específico para el punto de recarga o una conexión al cuadro de servicios comunes con un contador secundario para su posterior liquidación.

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Tipos de conexión permitidos

  1. Conexión al contador de la vivienda: Ideal cuando la plaza y la vivienda comparten edificio.

  2. Contador individual nuevo: Se solicita un nuevo punto de suministro exclusivo para el vehículo.

  3. Gestor de carga: Una empresa externa gestiona la infraestructura y la facturación del servicio.

ElementoRequisito técnicoNormativa aplicable
Punto de recargaProtecciones diferenciales y magnetotérmicasITC-BT-52
CableadoLibre de halógenos y sección adecuadaREBT
CertificaciónCertificado de Instalación Eléctrica (CIE)Industria

El papel del administrador ante la movilidad eléctrica en la comunidad

La figura de los Administradores de fincas es fundamental para mediar y asesorar en este proceso. Su labor consiste en recibir las comunicaciones, verificar que se aporta la documentación técnica necesaria y custodiar dicha información. Además, debe informar a la junta sobre las nuevas instalaciones para mantener actualizado el inventario de la finca y prever futuras necesidades de potencia.

En situaciones de alta demanda, donde muchos vecinos solicitan la Instalación de cargadores eléctricos en garajes comunitarios simultáneamente, el administrador puede proponer la creación de una infraestructura común. Esto evita que el garaje se llene de tubos y cables individuales, optando por una canalización comunitaria más estética y eficiente que soporte múltiples puntos de recarga.

Tareas preventivas de la administración

  • Verificación documental: Comprobar que el instalador está habilitado.

  • Mediación en el trazado: Asegurar que los cables pasen por zonas que no estorben o dañen la estética.

  • Información sobre subvenciones: Orientar a los vecinos sobre planes de ayuda pública como el Plan MOVES.

Seguridad y mantenimiento de las instalaciones eléctricas en garajes

Un aspecto que suele preocupar a las comunidades es el riesgo de incendio o averías. La Instalación de cargadores eléctricos en garajes comunitarios debe contar obligatoriamente con protecciones contra sobretensiones y contactos indirectos. Además, una vez finalizada la obra, el instalador debe entregar el boletín eléctrico (CIE) que garantiza que el circuito cumple con todos los estándares de seguridad industrial.

El mantenimiento de estas instalaciones privadas recae sobre el propietario, pero la comunidad debe velar porque los elementos que transcurren por zonas comunes se mantengan en buen estado. Es recomendable que, en las inspecciones periódicas de baja tensión (OCA) del garaje, se verifique que la carga total de los vehículos no compromete la línea general de alimentación del edificio.


Afrontar la modernización de los garajes requiere un equilibrio entre el derecho individual a la movilidad y la seguridad colectiva de la finca. La correcta gestión de estos trámites evita derramas innecesarias y asegura una convivencia pacífica entre los vecinos. Si su comunidad necesita una gestión profesional que garantice el cumplimiento de toda la normativa técnica y legal en la implantación de nuevas tecnologías, contar con el soporte experto en Administradores de fincas le permitirá delegar esta responsabilidad con la seguridad de que el edificio está en las mejores manos.

Preguntas frecuentes sobre Instalación de cargadores eléctricos en garajes comunitarios

¿Puede la comunidad de vecinos negarse a la instalación?

No, la comunidad no puede prohibir la instalación siempre que se realice en una plaza individual y se cumpla con la comunicación previa. Solo podría oponerse si existe un riesgo técnico fundado para la seguridad del edificio que un informe pericial pueda demostrar.

¿Tengo que pagar un seguro especial por instalar el cargador?

La ley no obliga a contratar un seguro adicional, pero es muy recomendable notificar a la compañía de seguros de la comunidad y del hogar para que el punto de recarga quede incluido en las coberturas por daños eléctricos o incendio.

¿Qué ocurre si mi plaza es alquilada?

Si eres el inquilino, necesitas la autorización del propietario de la plaza para realizar la obra. Al ser una instalación permanente, el acuerdo sobre quién asume el coste y si el equipo se queda en la plaza al finalizar el contrato debe quedar reflejado por escrito.

¿Se pueden usar enchufes convencionales (Schuko) para cargar el coche?

Técnicamente es posible para cargas lentas, pero la normativa exige que el enchufe cumpla con requisitos de seguridad específicos para vehículos eléctricos. No se recomienda usar tomas de corriente comunes del garaje (las de limpieza), ya que el consumo sería comunitario y podría causar sobrecalentamientos.

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