Cumplir con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) no es una opción, sino una obligación legal para numerosas organizaciones en España. Sin embargo, muchas entidades públicas y privadas aún desconocen el alcance real de esta normativa y las implicaciones que puede tener su incumplimiento.
¿Sabes si tu organización está alineada con las exigencias legales del ENS? ¿Te has planteado qué consecuencias legales y operativas podrías enfrentar si no lo está? Te lo contamos con todo detalle en este artículo.
Contar con un enfoque claro sobre la normativa legal del ENS es el primer paso para asegurar una adecuada gestión de la seguridad en los sistemas de información que manejan datos sensibles o servicios críticos. Uno de los pilares para garantizar dicha alineación es, precisamente, el Esquema Nacional de Seguridad, que actúa como marco normativo esencial para implementar medidas efectivas de protección.
¿Qué es el ENS y por qué tiene fuerza legal?
El Esquema Nacional de Seguridad se establece como una normativa de obligado cumplimiento cuyo objetivo es garantizar la seguridad de la información y los servicios electrónicos que gestionan las administraciones públicas y, en determinados casos, entidades del sector privado que colaboran con ellas o prestan servicios esenciales.
Su marco jurídico se articula en torno a varios textos legales clave:
Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público: establece la obligación de cumplir con los principios del ENS en materia de administración electrónica.
Real Decreto 311/2022, que sustituye al anterior RD 3/2010, regula de forma actualizada y detallada la estructura, principios, requisitos y medidas de seguridad del ENS.
Normas técnicas y guías complementarias emitidas por el Centro Criptológico Nacional (CCN).
Esta base legal convierte al ENS en una normativa de obligado cumplimiento, especialmente para las administraciones públicas y cualquier organización que gestione o almacene información en su nombre.
Sujetos obligados por la normativa del ENS
No todas las organizaciones tienen claro si deben cumplir con el ENS. A continuación, detallamos quiénes están obligados a aplicarlo según la legislación vigente:
Administraciones públicas
Administración General del Estado
Comunidades autónomas y entes locales
Entidades del sector público institucional
Entidades privadas
Proveedores de servicios tecnológicos que trabajen para el sector público.
Empresas que gestionen servicios críticos o esenciales (por ejemplo, del sector energético, financiero, sanitario, transporte…).
Cualquier organización que forme parte del sistema de contratación pública.
En resumen, si tu empresa presta servicios que implican el tratamiento de información o la gestión de servicios públicos digitales, lo más probable es que estés dentro del ámbito de aplicación del ENS.
Claves jurídicas del ENS que debes conocer
Para aplicar correctamente la normativa legal del ENS, es imprescindible comprender sus principios rectores y obligaciones técnicas y organizativas:
1. Principios básicos del ENS
Seguridad integral: la seguridad debe estar presente en todos los aspectos de la organización.
Gestión de riesgos: identificar y evaluar los riesgos para implementar medidas proporcionales.
Prevención, detección, corrección y recuperación: medidas para evitar incidentes y garantizar continuidad.
Reevaluación periódica: revisión y mejora continua del sistema de seguridad.
2. Categorías de sistemas
La normativa obliga a clasificar los sistemas según su criticidad: bajo, medio o alto. Esta categorización determinará el nivel de exigencia en la aplicación de medidas de seguridad.
3. Obligación de declaración de conformidad
Toda entidad sujeta al ENS debe acreditar su cumplimiento a través de:
Una auditoría de seguridad cada dos años.
La elaboración y mantenimiento del Plan de Adecuación al ENS.
La declaración o certificación de conformidad, dependiendo del nivel de seguridad aplicable.
Cumplir con el Esquema Nacional de Seguridad no es solo una buena práctica; es una responsabilidad legal que exige evidencias documentadas y verificables.
Sanciones y consecuencias del incumplimiento
El desconocimiento o la falta de cumplimiento de la normativa del ENS puede generar importantes riesgos legales y reputacionales. Las principales consecuencias incluyen:
Inhabilitación para contratar con la Administración Pública.
Multas administrativas si se produce una brecha de seguridad o vulneración de datos personales (especialmente si se incurre también en infracción del RGPD).
Daños reputacionales al quedar expuestos fallos graves de ciberseguridad.
Responsabilidad directa de los órganos de dirección por negligencia en el cumplimiento normativo.
Además, ante incidentes de seguridad, la ausencia de un sistema de protección basado en el ENS puede agravar significativamente la responsabilidad jurídica de la organización.
¿Cómo aplicar correctamente el ENS en tu organización?
Para garantizar una adecuada implementación del ENS, es necesario adoptar un enfoque estratégico y progresivo. Te contamos cómo:
Paso 1: Diagnóstico inicial
Realizar una evaluación de madurez frente al ENS para identificar los niveles actuales de cumplimiento y establecer una hoja de ruta personalizada.
Paso 2: Clasificación de activos
Identificar los sistemas de información y clasificarlos según su criticidad (confidencialidad, integridad, disponibilidad).
Paso 3: Plan de Adecuación al ENS
Diseñar un plan que defina las medidas técnicas y organizativas necesarias, incluyendo:
Políticas de seguridad.
Procedimientos de gestión de incidentes.
Controles de acceso.
Formación y concienciación del personal.
Planes de continuidad de negocio.
Paso 4: Evidencias y auditorías
Documentar todo el proceso de adecuación y someterlo a auditorías bienales para verificar el cumplimiento de la normativa.
Normativa complementaria que interactúa con el ENS
El ENS no actúa de forma aislada, sino que se integra con otras normas y marcos regulatorios que también debes tener en cuenta:
Reglamento General de Protección de Datos (RGPD): la seguridad de la información es una obligación tanto bajo el ENS como bajo el RGPD.
Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público: refuerza la necesidad de que los contratistas cumplan con los requisitos del ENS.
Ley 43/2010 y normas de ciberseguridad del CCN: aportan criterios técnicos adicionales para la implantación efectiva.
Ventajas de cumplir con la normativa del ENS
Más allá del cumplimiento legal, adecuarse al ENS aporta numerosos beneficios:
Reducción de riesgos operativos y brechas de seguridad.
Mayor confianza de clientes y administraciones públicas.
Mejora de los procesos internos de gestión de la seguridad.
Acceso a nuevas oportunidades de contratación pública.
Cumplimiento simultáneo con otras normativas de ciberseguridad y protección de datos.
¿Qué errores comunes se deben evitar?
Muchas organizaciones fracasan en la implantación del ENS por errores como:
Tratarlo como un simple trámite documental.
No involucrar a la alta dirección.
No contar con asesoría especializada en normativa.
No realizar auditorías previas ni mantenimiento periódico.
No clasificar correctamente los sistemas de información.
Evitar estos errores es clave para asegurar una implementación eficaz y alineada con lo que exige la normativa legal vigente.
¿Qué aporta una consultoría especializada?
Implementar el ENS de forma correcta requiere una visión experta en normativa, seguridad y tecnología. Contar con un acompañamiento profesional te garantiza:
Diagnósticos personalizados.
Planes de adecuación realistas y eficaces.
Formación interna adaptada.
Auditorías completas y documentadas.
Conformidad legal sin desviaciones.
Un enfoque experto para cumplir con la normativa del ENS
Si tu organización gestiona información sensible, presta servicios al sector público o desea acceder a contrataciones públicas, necesitas demostrar el cumplimiento del ENS. Una forma segura y eficaz de lograrlo es apoyarte en especialistas que conozcan el marco legal, técnico y organizativo.
En Audidat contamos con experiencia contrastada en la adecuación de entidades al Esquema Nacional de Seguridad, adaptando cada proyecto a las características, recursos y exigencias normativas específicas de cada organización.
Te ofrecemos un acompañamiento experto, claro y sin compromiso, orientado a cumplir con la normativa legal del ENS de forma eficaz y documentada.
Preguntas frecuentes sobre la normativa legal del ENS
¿Es obligatorio cumplir con el ENS si soy una empresa privada?
Sí, si prestas servicios a la Administración Pública o gestionas información de carácter público, debes cumplir con el ENS según lo establecido por el Real Decreto 311/2022.
¿Qué diferencia hay entre declaración y certificación de conformidad?
La declaración de conformidad es una autoevaluación documentada, mientras que la certificación requiere una auditoría externa acreditada. La obligación de una u otra depende del nivel de seguridad exigido.
¿Cada cuánto se debe auditar el ENS?
La normativa exige una auditoría de seguridad al menos cada dos años para verificar el cumplimiento continuo del ENS.
¿Qué nivel de seguridad debo aplicar?
Dependerá de la criticidad del sistema: bajo, medio o alto. Esta clasificación se determina mediante análisis de riesgos conforme a los criterios del ENS.
¿Puedo implementar el ENS de forma progresiva?
Sí, el Plan de Adecuación permite aplicar medidas de forma planificada y escalonada, priorizando según los riesgos y recursos disponibles.