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Cumplimiento Normativo Asturias

Teresa Sanchez
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Compliance y Consultoría Especializada en Asturias

Audidat en Asturias se posiciona como la firma líder en consultoría integral de cumplimiento normativo, destacando en áreas clave como Compliance, Esquema Nacional de Seguridad (ENS) y Planes de Igualdad. Nuestra expertise abarca desde la implementación de rigurosos sistemas de compliance hasta el desarrollo e integración de estrategias de seguridad y igualdad, adaptadas a las necesidades específicas de cada organización en el ámbito local.

Con un profundo conocimiento de la las necesidades de las empresas locales y de la normativa nacional, Audidat Asturias ofrece soluciones personalizadas para asegurar que las empresas no solo cumplan con sus obligaciones legales, sino que también promuevan un entorno de trabajo ético, seguro y equitativo. Nuestra misión es garantizar que nuestros clientes estén a la vanguardia del cumplimiento normativo, protegiendo sus operaciones y reputación en un mercado cada vez más competitivo y regulado.

Este enfoque integral no solo refleja nuestro compromiso con la excelencia en el servicio y la adaptación a las dinámicas locales, sino que también establece a Audidat Asturias como el socio preferente para empresas que buscan navegar el complejo panorama del cumplimiento normativo con confianza y eficacia.

Actualidad de Cumplimiento Normativo en Asturias

Riesgos del ransomware en España: sexto país más atacado en 2025

Riesgos del ransomware en España: sexto país más atacado en 2025

España se posiciona como el sexto país del mundo más afectado por ataques de ransomware, registrando 164 incidentes durante el año 2025. Los ciberdelincuentes han evolucionado hacia la «solo extorsión», priorizando el robo de información confidencial sobre el cifrado de archivos. El modelo de «Ransomware as a Service» permite que atacantes con conocimientos técnicos medios ejecuten ofensivas de alto impacto. Los sectores de la industria y la consultoría encabezan la lista de objetivos más vulnerables ante estas nuevas tácticas delictivas. España se sitúa entre los países más castigados por el ransomware a nivel global Un reciente informe especializado en amenazas digitales ha situado a España en una posición crítica dentro del mapa del cibercrimen. Con un total de 164 incidentes de ransomware documentados en 2025, el país escala hasta la sexta posición mundial, evidenciando una profesionalización creciente de las bandas organizadas. Los datos revelan que el volumen de ataques no solo ha aumentado en cantidad, sino también en velocidad. Solo en el segundo semestre del pasado año, se detectaron 85 ataques directos en territorio nacional, lo que obliga a las empresas e instituciones a replantear sus estrategias de defensa de manera urgente.   El cambio táctico hacia la extorsión pura Los expertos advierten de una mutación en el modus operandi de los atacantes. Aunque tradicionalmente el ransomware se basaba en cifrar sistemas para impedir el acceso a los datos, la tendencia actual se desplaza hacia la «solo extorsión». En esta modalidad, el objetivo primordial es el robo de información sensible.   Al priorizar el robo frente al cifrado, los delincuentes consiguen acelerar sus plazos de actuación. El chantaje se centra ahora en la presión reputacional, amenazando con filtrar datos corporativos o de clientes si no se satisface el pago, lo que supone un desafío mayor para el cumplimiento normativo y la privacidad. La evolución estratégica del responsable de seguridad El perfil del CISO ha experimentado una transformación acelerada, convirtiéndose en una figura más cercana al negocio y bajo una creciente presión regulatoria. Normativas como NIS2 y DORA están actuando como palancas de madurez, elevando la responsabilidad del riesgo tecnológico hasta los consejos de administración. Desafíos en el talento y modelos híbridos La escasez de profesionales cualificados sigue siendo uno de los mayores obstáculos para el sector. Esta dificultad para hallar perfiles expertos ha impulsado la adopción de modelos de trabajo híbridos, donde el 60% del personal dedicado a la ciberseguridad en las empresas ya es de procedencia externa. La jornada concluyó con un mensaje claro para los órganos de gobierno: la seguridad digital es un factor determinante para la reputación y continuidad operativa. Los consejos de administración pueden delegar funciones técnicas, pero la responsabilidad sobre la ciberresiliencia de la organización es, hoy más que nunca, indelegable. La democratización del cibercrimen profesional Una de las mayores preocupaciones actuales es el auge del Ransomware as a Service (RaaS). Bajo este modelo, grupos de desarrolladores alquilan su software malicioso a afiliados a cambio de cuotas mensuales o comisiones, permitiendo que personas con conocimientos técnicos limitados lancen ataques masivos. Esta estructura facilita que la cadena de intrusión sea cada vez más automatizada y difícil de rastrear. Al simplificarse la ejecución del ataque, el impacto global se ha disparado, registrándose un incremento del 51,1% en los incidentes de ransomware a nivel mundial en comparación con el ejercicio anterior.   Sectores más vulnerables y medidas de prevención La industria sigue siendo el sector más castigado, acumulando más del 36% de las ofensivas totales. Le siguen de cerca los ámbitos de la consultoría y los servicios esenciales. La protección de la identidad digital y la auditoría constante de riesgos reales se han vuelto requisitos indispensables para la continuidad de negocio.   Ante este escenario, la premisa de los especialistas es clara: no es posible realizar un despliegue tecnológico avanzado, incluyendo la inteligencia artificial, sin una base sólida de ciberseguridad proactiva. La verificación constante y la protección desde el diseño son las únicas barreras efectivas contra la extorsión.

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Guía de la AEPD sobre Inteligencia Artificial agéntica y privacidad

Guía de la AEPD sobre Inteligencia Artificial agéntica y privacidad

La AEPD publica una guía técnica sobre el uso de la Inteligencia Artificial agéntica y sus implicaciones en la privacidad. Los sistemas de IA agéntica destacan por su capacidad de operar con autonomía y ejecutar tareas complejas en entornos digitales. El documento analiza vulnerabilidades específicas y ofrece medidas para que responsables y encargados garanticen el cumplimiento normativo. La Agencia aboga por aprovechar las capacidades de esta tecnología para reforzar la protección de datos desde el diseño de forma proactiva. La Agencia Española de Protección de Datos publica orientaciones sobre la Inteligencia Artificial agéntica La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha presentado un nuevo documento de orientaciones enfocado en la Inteligencia Artificial agéntica. A diferencia de los modelos convencionales, estos sistemas no se limitan a responder consultas, sino que poseen la capacidad de interactuar de forma autónoma para alcanzar objetivos específicos. Esta evolución tecnológica permite a la IA enriquecerse con información del entorno digital y ejecutar procesos complejos. Sin embargo, dicha autonomía introduce retos significativos en la protección de datos personales, exigiendo un análisis profundo por parte de las entidades que decidan implementar estas soluciones. Desafíos y cumplimiento de la normativa vigente Las directrices publicadas por la Agencia abordan de forma detallada las cuestiones de privacidad que surgen cuando responsables y encargados de tratamiento integran agentes de IA en sus servicios. El conocimiento técnico de esta tecnología, que se encuentra en constante evolución, es fundamental para la toma de decisiones informadas. El texto profundiza en el análisis de cumplimiento normativo, identificando las vulnerabilidades y amenazas específicas que pueden afectar a los sistemas agénticos. La Agencia insiste en que una comprensión clara de estos riesgos es el primer paso para garantizar la seguridad de la información tratada. Medidas para la mitigación de impactos y riesgos Para ayudar a las organizaciones, el documento enumera un conjunto de estrategias y medidas técnicas destinadas a reducir o eliminar los impactos negativos sobre los derechos y libertades de las personas. Estas recomendaciones buscan que la innovación no comprometa la integridad de los datos personales. Asimismo, la AEPD defiende el uso proactivo de las capacidades de la propia IA agéntica para mejorar la protección de datos desde el diseño. Al integrar salvaguardas desde las fases iniciales del desarrollo, las empresas pueden transformar una tecnología disruptiva en una herramienta aliada de la privacidad. Estructura de las nuevas directrices técnicas El documento comienza con una descripción técnica de los sistemas agénticos para facilitar su identificación. Posteriormente, se centra en los aspectos legales y de seguridad, ofreciendo una hoja de ruta clara para que los responsables de tratamiento puedan cumplir con la normativa mientras exploran las oportunidades que ofrece esta nueva generación de inteligencia artificial. Fuente de la foto: aepd.es

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La AEPD lanza un Registro de Grupos de excelencia en investigación

La AEPD lanza un Registro de Grupos de excelencia en investigación

La AEPD lanza un registro para identificar y agrupar equipos de investigación de excelencia en privacidad y tecnologías disruptivas. El objetivo principal es vertebrar una Red pública de expertos que facilite la colaboración multidisciplinar y la transferencia de conocimiento. El plazo de inscripción para grupos de universidades, fundaciones y centros de investigación permanecerá abierto hasta el 20 de marzo. Esta iniciativa se desarrolla en colaboración con la Fundación ValgrAI y se integrará dentro de las actividades del Laboratorio de la AEPD. La AEPD impulsa una red de excelencia para la investigación en privacidad y nuevas tecnologías La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en alianza con la Fundación ValgrAI, ha puesto en marcha un Registro de Grupos de excelencia en investigación. Esta herramienta busca identificar y dar soporte a equipos que desarrollen proyectos punteros en protección de datos, inteligencia artificial y tecnologías emergentes. La convocatoria está dirigida a universidades, centros de investigación públicos y privados, así como a fundaciones con capacidad técnica reconocida. Los interesados en formar parte de esta comunidad científica podrán presentar su solicitud a través de un formulario específico, disponible hasta el próximo 20 de marzo. Una estructura para la colaboración científica Tras la validación de las inscripciones, los proyectos seleccionados integrarán una Red pública de expertos. Esta plataforma permitirá que investigadores de diversas áreas, como el derecho, la economía o la tecnología, establezcan vínculos y detecten oportunidades de desarrollo conjunto. La creación de esta red no solo busca enriquecer la investigación académica, sino también alinear los avances científicos con las áreas de actividad prioritarias de la Agencia. Con ello, se pretende facilitar la divulgación y la transferencia de conocimiento hacia la sociedad y el sector regulador. El papel del Laboratorio de la AEPD y ValgrAI Este registro se enmarca dentro del Laboratorio de la AEPD, un espacio dedicado al análisis de tendencias tecnológicas y la generación de conocimiento especializado. La red difundirá las líneas de trabajo de las entidades participantes, apoyando aquellas investigaciones que anticipen desafíos para la privacidad. Alianza estratégica con la Fundación ValgrAI La Fundación ValgrAI, que aglutina a la Generalitat Valenciana y las cinco universidades públicas de dicha comunidad, actúa como entidad colaboradora clave. Su participación refuerza el compromiso con la investigación avanzada en IA, impulsando un ecosistema sólido que conecte grupos multidisciplinares. Esta iniciativa se suma a otros proyectos recientes de la Agencia para dar visibilidad al talento investigador en España, tales como el Blog del Laboratorio, los «Diálogos de privacidad» o la «Revista de Privacidad, Innovación y Tecnología», consolidando un marco de cooperación institucional.

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Protección de datos en logística: Gestión de clientes y distribuidores

Protección de datos en logística: Gestión de clientes y distribuidores

En el sector del transporte y la distribución, la velocidad es el activo más valorado, pero a menudo es también el mayor enemigo de la seguridad jurídica. La mayoría de los gerentes de plataformas logísticas creen que, al ser un modelo B2B, la normativa de privacidad es menos exigente. Sin embargo, lo que muchos no ven es que cada albarán, cada ruta optimizada por GPS y cada base de datos de transportistas autónomos contiene información crítica protegida por la ley. El error que hemos visto decenas de veces es considerar que el flujo de información entre el cargador, el transportista y el destinatario final no requiere contratos de encargo de tratamiento específicos. En 2026, la trazabilidad no es solo para la mercancía; es obligatoria para la proteccion de datos. Si su plataforma comparte datos de contacto de clientes finales con conductores externos sin las cláusulas adecuadas, está asumiendo una responsabilidad solidaria ante cualquier brecha de seguridad que ocurra en el último kilómetro. Riesgos invisibles en la cadena de suministro digital ¿Estás seguro de que tus distribuidores externos cumplen con las mismas medidas de seguridad que tu plataforma? La normativa implica consecuencias graves cuando se produce un acceso no autorizado a los sistemas. Lo que muchos no ven es que el eslabón más débil suele ser el acceso remoto de terceros o las aplicaciones de gestión de flotas mal configuradas. Los riesgos de inacción en logística son específicos y severos: Sanciones por falta de contratos de encargado de tratamiento: Ceder datos de clientes a transportistas sin un contrato que limite su uso es una infracción grave. Geolocalización ilícita: Monitorizar la ubicación de los distribuidores (especialmente autónomos) sin una política de privacidad clara que justifique el interés legítimo o la ejecución del contrato. Fuga de información comercial: Un sistema de proteccion de datos débil permite que bases de datos de clientes estratégicos acaben en manos de la competencia tras una rotación de personal o de proveedores. Puede que pienses que los datos de facturación son «solo números», pero la realidad es que el perfilado de hábitos de consumo de los clientes finales a través de las entregas es un tratamiento de alto riesgo que la AEPD vigila con lupa. La falsa sensación de cumplimiento en el «Big Data» logístico Este error lo hemos visto decenas de veces: plataformas que almacenan datos de entregas de años anteriores «por si acaso». La normativa es tajante respecto al principio de limitación del plazo de conservación. Mantener datos de contacto de clientes de distribuidores que ya no trabajan con usted no es una ventaja competitiva, es un pasivo legal. Los costes ocultos de no actuar ahora se disparan cuando ocurre un incidente de seguridad. Notificar una brecha de datos a la autoridad en menos de 72 horas es casi imposible si no se tiene un registro de actividades de tratamiento actualizado y unos protocolos de respuesta probados. La mayoría cree que cumple porque tiene un aviso legal en su web, pero la realidad operativa de un almacén o una central de distribución requiere medidas técnicas —como el cifrado de dispositivos móviles de reparto— que rara vez están documentadas. La digitalización de la logística en 2026 exige algo más que eficiencia; exige integridad. Un solo fallo en la custodia de los datos de su red de distribución puede paralizar sus operaciones y dinamitar la confianza de sus clientes corporativos. En Audidat, evaluamos tu caso de forma personalizada, auditando no solo sus oficinas, sino toda la cadena de valor donde el dato fluye. Habla con un consultor para blindar sus contratos y asegurar que su estrategia de proteccion de datos es tan eficiente como su logística. Preguntas frecuentes ¿Es necesario que cada repartidor autónomo firme un contrato de protección de datos? Sí. Al acceder a datos de terceros (nombres, direcciones y teléfonos de clientes), el repartidor actúa como encargado de tratamiento. Sin un contrato que regule sus obligaciones y el deber de secreto, la plataforma logística es legalmente responsable de cualquier mal uso que este haga de la información. ¿Cómo afecta el uso de GPS en los vehículos a la privacidad? La geolocalización es un dato de carácter personal. La plataforma debe informar claramente a distribuidores y empleados sobre la finalidad de esta recogida (seguridad, eficiencia de rutas, etc.) y asegurarse de que no se realiza un seguimiento fuera de la jornada laboral, respetando el derecho a la desconexión digital. ¿Qué ocurre si mi plataforma utiliza servidores en la nube fuera de la UE? Si los datos de sus clientes o distribuidores se alojan en servidores fuera del Espacio Económico Europeo, se está produciendo una transferencia internacional de datos. Esto requiere garantías adicionales (como cláusulas contractuales tipo) que deben estar reflejadas en su política de privacidad y en sus contratos de servicio.  

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Política de privacidad en centros concertados y privados

Política de privacidad en centros concertados y privados: Requisitos 2026

La mayoría de los directores de centros educativos asumen que, al tener firmadas las autorizaciones de imagen al inicio del curso, su cumplimiento normativo está resuelto. Sin embargo, lo que muchos no ven es que la política de privacidad de un centro concertado o privado es un ecosistema mucho más complejo y dinámico. En 2026, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha puesto el foco en la transparencia informativa, y un texto genérico copiado de otra web ya no es una defensa válida, sino una confesión de negligencia. El error que hemos visto decenas de veces es tratar la proteccion de datos como un trámite administrativo menor, cuando en realidad gestionáis los datos más sensibles que existen: los de menores de edad. Si vuestra política de privacidad no detalla con precisión quirúrgica quién accede a los datos de salud, psicopedagógicos o de comedor, el centro está operando en una zona de riesgo jurídico inasumible. Los puntos críticos que tu centro está ignorando ¿Estás seguro de que tu política de privacidad cubre el uso de plataformas educativas en la nube o las aplicaciones de comunicación con las familias? La normativa implica consecuencias graves si no existe una base de legitimación clara para cada tratamiento. No basta con decir «tratamos datos para la enseñanza»; hay que desglosar la base legal: ¿es por ejecución de un contrato, por una obligación legal (concierto educativo) o por interés legítimo? Los riesgos reales de una política deficiente incluyen: Sanciones económicas desproporcionadas: El tratamiento de datos de menores se considera una infracción muy grave. Reclamaciones de familias: Padres cada vez más concienciados que exigen saber exactamente qué se hace con el perfil digital de sus hijos. Responsabilidad del titular del centro: La falta de una cláusula de confidencialidad o de un Delegado de Protección de Datos (DPD) identificado puede derivar en responsabilidad directa. Muchos centros creen que cumplen porque tienen un aviso legal en la web, pero lo que muchos no ven es que la proteccion de datos requiere una información «capas»: una breve y clara en los formularios, y otra extensa y detallada en la web. Errores frecuentes en la gestión de datos escolares Puede que pienses que los datos de los antiguos alumnos o del personal de actividades extraescolares no son una prioridad. Este error lo hemos visto decenas de veces. La política de privacidad debe recoger los plazos de conservación: ¿por cuánto tiempo guardáis un expediente académico o un CV? La normativa es clara: si el dato ya no es necesario para la finalidad que se recogió, debe ser bloqueado o suprimido. Mantener bases de datos obsoletas es un foco de brechas de seguridad. Otro punto de fricción es la cesión de datos a terceros. ¿Vuestra política menciona a la empresa de transporte, al gabinete de psicología externo o al seguro escolar? Si la respuesta es no, estáis realizando cesiones de datos no autorizadas. Los costes ocultos de no actuar ahora no solo son las multas, sino la pérdida de confianza de la comunidad educativa, el activo más valioso de cualquier centro. La educación es un sector de alta sensibilidad donde la improvisación no tiene cabida. Una política de privacidad robusta no es solo una barrera ante sanciones, sino un sello de calidad y respeto hacia el menor. En Audidat, evaluamos tu caso de forma personalizada, analizando cada flujo de información dentro del centro para asegurar que vuestra proteccion de datos sea una garantía de tranquilidad para la dirección y las familias. Habla con un consultor para revisar tus textos legales y evitar que un descuido formal se convierta en un problema reputacional y financiero de difícil solución. Preguntas frecuentes ¿Es obligatorio tener un DPD en un centro educativo privado o concertado? Sí. Según la LOPDGDD, los centros docentes que ofrezcan enseñanzas en cualquiera de los niveles establecidos en la normativa de educación están obligados a designar un Delegado de Protección de Datos. No hacerlo es una infracción grave por sí misma. ¿Qué ocurre si usamos aplicaciones educativas que alojan datos fuera de Europa? La política de privacidad debe informar sobre las transferencias internacionales de datos. Es crítico verificar que dichas plataformas cumplen con el marco de privacidad vigente o cuentan con cláusulas contractuales tipo; de lo contrario, el centro es el responsable legal de la exportación ilícita de datos. ¿Debo renovar los consentimientos de las familias cada año? No siempre es necesario renovarlos si la finalidad no cambia, pero la política de privacidad sí debe revisarse anualmente para adaptarse a nuevos tratamientos (como la instalación de cámaras de seguridad o el uso de nuevas herramientas de IA en el aula).

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Desafíos de las pymes y la obligación del plan de igualdad en 2026

Desafíos de las pymes y la obligación del plan de igualdad en 2026

La mayoría de los empresarios de pequeñas y medianas empresas todavía perciben la normativa sociolaboral como un trámite burocrático más que se puede posponer. Sin embargo, lo que muchos no ven es que la Inspección de Trabajo ha refinado sus algoritmos de detección. Ya no se trata de una recomendación ética; la obligatoriedad es absoluta para empresas de más de 50 trabajadores, y la presión sobre aquellas que están cerca de ese umbral es asfixiante. El error que hemos visto decenas de veces es creer que tener un documento genérico firmado es suficiente. Un plan de igualdad no es un papel inerte; es un proceso vivo que requiere negociación colectiva, diagnósticos cuantitativos y una actualización constante. Ignorar la complejidad técnica de su elaboración es el primer paso hacia una sanción que puede superar los 200.000 euros en los casos más graves. Los riesgos reales de la inacción y la falsa sensación de cumplimiento ¿Estás seguro de que tu registro retributivo soporta una auditoría exhaustiva? Muchas pymes operan bajo una falsa sensación de seguridad porque «siempre se ha hecho así». Lo que no consideran es que cualquier denuncia anónima de un empleado o un conflicto sindical puede desencadenar una revisión de oficio que ponga al descubierto años de brecha salarial no justificada. Los riesgos de inacción no son solo económicos: Pérdida de subvenciones y ayudas públicas: El incumplimiento bloquea automáticamente el acceso a financiación estatal y autonómica. Prohibición de contratar con la Administración: Un golpe crítico para las pymes que dependen de licitaciones. Daño reputacional irreparable: En un mercado donde el talento busca valores, no tener un plan de igualdad real dificulta la retención de los mejores perfiles. Puede que pienses que tu gestoría habitual se encarga de esto, pero la realidad es que la mayoría carece de la especialización técnica para afrontar la fase de diagnóstico y la mesa negociadora con garantías jurídicas. Errores invisibles en el diagnóstico y costes ocultos El mayor desafío no es el plan en sí, sino los errores invisibles que se cometen durante su creación. No computar correctamente la jornada, confundir conceptos retributivos o no contar con una comisión negociadora legítimamente constituida invalida todo el esfuerzo previo. La normativa implica consecuencias directas: si el plan no está inscrito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos (REGCON), legalmente no existe. Este error de forma deja a la empresa totalmente desprotegida. Los costes ocultos de no actuar ahora se multiplican cuando la empresa intenta regularizar su situación a prisa ante un requerimiento de la autoridad laboral, incurriendo en gastos de defensa y recargos que podrían haberse evitado con una gestión proactiva. El entorno normativo de 2026 no perdona la improvisación. La diferencia entre una pyme que prospera y una que se ve lastrada por expedientes sancionadores radica en la capacidad de anticiparse a estas obligaciones. En Audidat, evaluamos tu caso de forma personalizada para darte la tranquilidad de que cada punto de tu diagnóstico es sólido y cumple con la legalidad vigente. Habla con un consultor y descubre cómo el diseño de un plan de igualdad profesional puede ser la herramienta que elimine riesgos latentes y refuerce la estructura de tu empresa sin complicaciones añadidas. Preguntas frecuentes ¿Qué empresas están obligadas a tener un plan de igualdad en 2026? Sigue siendo obligatorio para todas las empresas que cuenten con una plantilla de 50 o más trabajadores. No obstante, las empresas con menos trabajadores pueden estar obligadas si así lo establece su convenio colectivo de aplicación o si han sido sancionadas por la autoridad laboral. ¿Qué sanciones existen por no tener el plan registrado? Las sanciones se consideran infracciones graves o muy graves. Las multas pueden oscilar desde los 751 euros hasta los 225.018 euros en sus grados máximos, además de la pérdida automática de cualquier bonificación de cuotas a la Seguridad Social. ¿Cuánto tiempo tarda en implementarse un plan correctamente? Un proceso riguroso, que incluya la fase de diagnóstico, negociación y registro, suele durar entre 4 y 6 meses. Intentar acortar estos plazos sin la metodología adecuada suele derivar en el rechazo del registro por parte de la administración.

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