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Sanciones por incumplimiento de la LOPIVI: guía completa

En este artículo hablamos sobre:

Cada vez más entidades se enfrentan a un escenario legal más exigente en relación con la protección de menores. Pero ¿cuáles son las consecuencias reales de no aplicar correctamente las medidas exigidas por la ley? Las sanciones por incumplimiento de la LOPIVI no son una amenaza teórica: son una realidad legal que puede afectar gravemente a la continuidad de las actividades, la reputación de la entidad y la seguridad de los menores.

Muchas organizaciones subestiman la obligatoriedad de la ley y sus implicaciones prácticas. Otras creen estar cumpliendo sin saber que tienen importantes carencias que pueden derivar en sanciones administrativas, responsabilidades civiles o incluso penales.

En este artículo conocerás en detalle qué sanciones contempla la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI), qué responsabilidades pueden derivarse para las personas físicas y jurídicas y cómo garantizar el cumplimiento normativo. La correcta aplicación de la LOPIVI no solo evita multas, sino que protege a los menores y refuerza la confianza en tu entidad.


¿Qué tipo de incumplimientos sanciona la LOPIVI?

La LOPIVI establece un marco claro y obligatorio para prevenir y actuar ante la violencia ejercida contra niños, niñas y adolescentes. No cumplir con sus disposiciones puede suponer diferentes tipos de infracciones. Los incumplimientos más frecuentes sancionables son:

  • Ausencia de protocolo de prevención y actuación frente a la violencia.

  • No designar a la persona responsable de protección de menores.

  • Falta de formación específica del personal.

  • No solicitar el certificado de delitos sexuales al personal en contacto con menores.

  • Ignorar o gestionar incorrectamente señales o denuncias de violencia.

  • No garantizar canales de comunicación seguros y confidenciales.

  • Inacción ante situaciones de riesgo conocidas o denunciadas.

Estos incumplimientos, aunque parezcan administrativos, se consideran faltas graves o muy graves cuando comprometen la seguridad de los menores, y pueden derivar en múltiples consecuencias jurídicas.


Clases de sanciones por incumplimiento de la LOPIVI

Las sanciones que impone la ley varían en función de la gravedad del incumplimiento, el daño causado y la reincidencia. Se clasifican de la siguiente forma:

1. Sanciones administrativas

Son las más habituales y se aplican directamente por las autoridades competentes en protección de menores.

  • Multas económicas que pueden oscilar entre los 10.000 € y más de 600.000 €, en función de la gravedad.

  • Suspensión temporal de la actividad o del servicio en el que se produjo el incumplimiento.

  • Prohibición de recibir subvenciones o ayudas públicas durante periodos determinados.

  • Retirada de licencias, permisos o autorizaciones administrativas.

2. Responsabilidad civil

La entidad puede ser condenada a indemnizar a las víctimas o a sus familias por los daños sufridos si se demuestra que no se aplicaron correctamente las medidas exigidas por la LOPIVI. Esto incluye tanto daños físicos como psicológicos.

3. Responsabilidad penal

En los casos más graves, especialmente cuando hay dolo, negligencia grave o encubrimiento de violencia, puede activarse la vía penal, con consecuencias como:

  • Penas de prisión para responsables directos o encubridores.

  • Inhabilitación para trabajar con menores.

  • Procesos judiciales por omisión del deber de impedir delitos o de promover la protección.

4. Responsabilidad reputacional

Más allá de lo legal, una entidad que aparece vinculada a un caso de violencia infantil o a un incumplimiento normativo puede sufrir un daño reputacional irreversible: pérdida de confianza de las familias, cancelación de acuerdos, baja de usuarios o alumnos, y rechazo social.


Casos reales que demuestran las consecuencias del incumplimiento

  • Un centro deportivo fue sancionado con 30.000 € por no disponer de un protocolo frente a conductas inadecuadas entre entrenadores y menores.

  • Una academia privada tuvo que cerrar temporalmente por no contar con el certificado negativo de delitos sexuales de parte de su personal.

  • Una asociación cultural perdió una subvención pública al no demostrar haber formado a su equipo en protección de la infancia.

Estas situaciones no solo suponen pérdidas económicas. En muchos casos, provocan intervención judicial, cierre de instalaciones, despidos y denuncias públicas que afectan a todos los implicados.

CONSIGUE LA GUÍA ESENCIAL PARA DIRECTIVOS
PREVENCIÓN DE RIESGOS LEGALES Y PENALES

¿Quién es responsable en caso de incumplimiento?

La LOPIVI establece una cadena de responsabilidades, tanto a nivel institucional como personal. Las consecuencias no recaen únicamente sobre la entidad:

Entidades jurídicas

La organización, empresa o asociación responde por no implementar las medidas obligatorias. Esto incluye su responsabilidad en formación, protocolos, prevención y vigilancia.

Personas físicas

  • Directivos, responsables legales o gerentes pueden responder por no impulsar ni controlar el cumplimiento normativo.

  • Personal de contacto con menores, si omite comunicar una situación de riesgo, también puede incurrir en responsabilidades.

  • Voluntarios y colaboradores, si bien no siempre tienen vinculación contractual, están igualmente obligados a cumplir con la normativa.

Por eso, es clave que todas las personas implicadas conozcan sus deberes y cuenten con un entorno claro y organizado para actuar adecuadamente.


¿Cómo evitar las sanciones por incumplimiento de la LOPIVI?

Evitar sanciones no es solo cuestión de cumplir formalidades. Se trata de implantar de manera real y efectiva un sistema de prevención y actuación contra la violencia hacia la infancia. Para ello, deben abordarse los siguientes aspectos clave:

1. Análisis de riesgos

Cada entidad debe identificar los riesgos específicos de su actividad, entorno y público. No es lo mismo un centro escolar que un campamento o una plataforma digital.

2. Elaboración e implementación de protocolos

Debe redactarse un protocolo ajustado a la realidad de la organización, que incluya:

  • Definición de situaciones de violencia.

  • Actuaciones ante la detección de un caso.

  • Medidas preventivas.

  • Responsabilidades internas.

  • Coordinación con autoridades.

Este protocolo debe ser difundido, explicado y actualizado con regularidad.

3. Formación continua del personal

La formación es obligatoria, y debe cubrir:

  • Identificación de señales de violencia.

  • Canalización adecuada de información.

  • Derecho de los menores y deberes de protección.

  • Medidas prácticas en el día a día.

No basta con una sesión inicial: debe ser continuada y adaptada a los distintos perfiles.

4. Diseño de entornos seguros

Espacios físicos, virtuales y relacionales deben estar adaptados a un entorno protector. Esto incluye medidas como:

  • Presencia de más de un adulto en actividades sensibles.

  • Transparencia en interacciones.

  • Normas claras de convivencia y comunicación.

5. Designación de un delegado de protección

Toda entidad debe contar con una persona encargada de la coordinación y seguimiento de las acciones de protección, que actúe como referente ante cualquier duda o incidencia.

6. Asesoramiento profesional

El cumplimiento legal no debería dejarse a la improvisación. Contar con expertos que conozcan la normativa y puedan adaptar sus requisitos a la realidad de cada organización es una garantía de cumplimiento y tranquilidad.

La correcta implementación del servicio LOPIVI facilita este proceso y reduce drásticamente el riesgo de incumplimientos y sanciones.


¿Qué sucede si ya ha ocurrido un incumplimiento?

Si tu entidad ya ha recibido un requerimiento, advertencia o incluso una sanción, aún se puede actuar para corregir la situación. Es fundamental:

  • Atender de inmediato los requerimientos administrativos.

  • Iniciar un proceso de revisión interna con asesoramiento especializado.

  • Aplicar medidas correctoras y preventivas demostrables.

  • Documentar los avances y presentarlos a las autoridades competentes.

La colaboración activa con la administración y la voluntad de corregir puede aminorar sanciones o incluso evitar procedimientos mayores.


Claves para proteger a tu entidad frente a la LOPIVI

  • No subestimes ninguna obligación legal, por pequeña que parezca.

  • No copies protocolos genéricos: adáptalos a tu realidad.

  • Asegúrate de que todo el personal conoce su papel y cómo actuar.

  • Revisa periódicamente los sistemas implantados.

  • Busca ayuda profesional si no tienes los conocimientos o recursos necesarios.

Con una buena planificación y compromiso, puedes cumplir con la ley y evitar las sanciones por incumplimiento de la LOPIVI.


Aplicamos la LOPIVI en tu entidad: cumplimiento real, sin complicaciones

Cumplir con la LOPIVI es una obligación legal y ética. Pero no todas las organizaciones disponen del tiempo, recursos o conocimiento necesarios para hacerlo de forma eficaz. En Audidat ayudamos a todo tipo de entidades —educativas, sociales, deportivas, culturales— a cumplir con los requisitos legales, prevenir sanciones y proteger realmente a los menores a través de un enfoque personalizado y práctico.

Solicita asesoramiento sin compromiso y garantiza el cumplimiento de la LOPIVI en tu organización desde hoy.


Preguntas frecuentes sobre sanciones por incumplimiento de la LOPIVI

¿Cuáles son las multas por no cumplir con la LOPIVI?

Las sanciones económicas pueden ir desde 10.000 € por infracciones leves hasta más de 600.000 € en casos muy graves, además de otras consecuencias como la suspensión de actividad o retirada de ayudas públicas.

¿Quién es responsable si no se aplica la LOPIVI en una entidad?

Responden tanto la entidad como sus responsables legales, así como el personal que haya incurrido en omisiones o malas prácticas, según la gravedad del caso.

¿Es obligatorio tener un protocolo aunque no haya habido casos de violencia?

Sí. El protocolo es una exigencia preventiva. Su ausencia es considerada infracción, aunque no existan antecedentes de violencia.

¿Se puede sancionar a una entidad por no formar a su personal?

Sí. La formación es una obligación legal. No capacitar adecuadamente al equipo puede derivar en sanciones y responsabilidades por omisión.

¿Qué hacer si ya he recibido un requerimiento por parte de la administración?

Debes actuar rápidamente: revisar los puntos señalados, implementar medidas correctoras, documentar los cambios y buscar asesoramiento experto si es necesario.

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