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NIS2 vs NIS1: diferencias clave y cómo impactan en tu empresa

En este artículo hablamos sobre:

¿Qué ha cambiado realmente con la nueva directiva europea de ciberseguridad y cómo impacta en las organizaciones públicas y privadas? Esa es la duda clave que muchas empresas se plantean ante la entrada en vigor de la Directiva (UE) 2022/2555, conocida como NIS2, que reemplaza a la antigua NIS1. No se trata de una simple actualización legal: la NIS2 supone un salto cualitativo y cuantitativo en los requisitos de ciberseguridad exigidos por la Unión Europea. En este artículo verás en detalle las diferencias fundamentales entre NIS2 y NIS1, y cómo afectan a tu organización, tanto si ya estás dentro del marco regulado como si podrías estarlo muy pronto.

NIS1 sentó las bases, pero NIS2 refuerza, amplía y endurece. Entender esta evolución normativa es clave para anticiparse, cumplir con la ley y proteger tu actividad ante sanciones y ciberamenazas. Y hacerlo con apoyo experto, como el que te ofrece el servicio especializado NIS2, marca la diferencia entre adaptarse a tiempo o incurrir en incumplimiento.

¿Qué es la Directiva NIS y por qué fue actualizada?

La Directiva NIS1 (Directiva (UE) 2016/1148) fue la primera normativa comunitaria que abordó de forma integral la seguridad de las redes y sistemas de información. Aprobada en 2016, su objetivo era garantizar un nivel común de ciberseguridad en toda la Unión Europea.

Sin embargo, con el avance de las amenazas digitales, la digitalización de servicios esenciales y la creciente dependencia de sistemas interconectados, NIS1 quedó desactualizada. Esto llevó a la publicación de NIS2, en diciembre de 2022, con fecha de transposición obligatoria para los Estados miembros antes del 17 de octubre de 2024.

Diferencias fundamentales entre NIS1 y NIS2

1. Ámbito de aplicación ampliado

NIS1 se centraba en un grupo reducido de operadores de servicios esenciales (OSE) y proveedores digitales clave.

NIS2, en cambio, amplía significativamente el espectro de entidades afectadas. Introduce dos nuevas categorías:

  • Entidades esenciales, como energía, transporte, salud, agua, infraestructura digital, administración pública o banca.

  • Entidades importantes, que incluyen fabricación crítica, alimentación, servicios postales, TIC, gestión de residuos, etc.

Además, incluye criterios económicos objetivos: todas las organizaciones con más de 50 empleados o 10 millones de euros de facturación anual pueden estar obligadas, incluso si no son estrictamente infraestructuras críticas.

2. Obligaciones más estrictas

NIS1 establecía principios generales de seguridad, sin definir medidas concretas ni plazos estrictos.

NIS2, en cambio, detalla con precisión los requisitos técnicos y organizativos:

  • Políticas de ciberseguridad documentadas.

  • Evaluaciones de riesgo periódicas.

  • Planes de respuesta ante incidentes y continuidad de negocio.

  • Seguridad en la cadena de suministro.

  • Autenticación multifactor y cifrado.

  • Auditorías internas y externas.

Además, impone una implicación activa de la alta dirección, que pasa a tener responsabilidad legal directa.

3. Plazos y protocolos de notificación

NIS1 establecía la obligación de notificar incidentes relevantes sin un marco temporal preciso.

NIS2 refuerza la gestión de incidentes con un protocolo escalonado:

  • Notificación inicial en menos de 24 horas.

  • Informe intermedio a las 72 horas.

  • Informe final en el plazo máximo de un mes.

Este proceso debe seguirse ante cualquier incidente que tenga un impacto significativo o grave sobre los servicios esenciales.

4. Sistema de supervisión reforzado

NIS1 daba libertad a los Estados miembros para establecer sus sistemas de control, lo que generó diferencias notables en su aplicación.

NIS2 armoniza los criterios de supervisión en toda la UE. Establece:

  • Autoridades competentes específicas.

  • Mecanismos de auditoría y revisión periódica.

  • Inspecciones in situ y requerimientos documentales.

  • Obligatoriedad de cooperación internacional y entre Estados miembros.

5. Régimen sancionador más severo

NIS1 no contemplaba un régimen sancionador uniforme.

NIS2 introduce un sistema más riguroso y armonizado:

  • Multas de hasta 10 millones de euros o el 2 % de la facturación global anual.

  • Responsabilidad directa de los miembros del órgano de dirección.

  • Sanciones agravadas en caso de reincidencia o de no colaboración con las autoridades.

¿Cómo afectan estos cambios a tu organización?

1. Más empresas y sectores estarán obligados

Si tu organización no estaba incluida en NIS1, es posible que ahora sí lo esté. El nuevo marco incorpora muchas actividades anteriormente excluidas y establece criterios económicos claros, afectando a medianas empresas, entidades industriales, tecnológicas, alimentarias o logísticas.

¿Tu empresa tiene más de 50 trabajadores o supera los 10 millones de euros de facturación? Entonces deberías evaluar si entras dentro del ámbito de la NIS2.

2. Necesitas una estrategia de ciberseguridad más estructurada

Ya no basta con tener un antivirus o un cortafuegos. La directiva exige una gestión de la ciberseguridad integral y proactiva, con políticas internas, formación, supervisión y respuesta ante incidentes.

3. La dirección tiene nuevas responsabilidades legales

A diferencia de NIS1, la nueva normativa atribuye a los miembros de la alta dirección la responsabilidad directa de garantizar el cumplimiento. Esto implica:

  • Participar en decisiones estratégicas de ciberseguridad.

  • Aprobar políticas internas.

  • Recibir formación específica.

  • Asumir sanciones en caso de negligencia.

4. Es obligatorio notificar incidentes con rapidez

La NIS2 obliga a notificar ciberincidentes graves en menos de 24 horas. Esto requiere:

  • Protocolos internos claros.

  • Identificación temprana de amenazas.

  • Coordinación con proveedores y socios tecnológicos.

  • Canales seguros de comunicación con la autoridad competente.

5. Se refuerzan los controles y auditorías

Las autoridades nacionales tendrán mayores competencias para auditar, requerir documentación, imponer medidas y sancionar. Las empresas deben estar preparadas para justificar su cumplimiento de forma documental, técnica y organizativa.

CONSIGUE LA GUÍA ESENCIAL PARA DIRECTIVOS
PREVENCIÓN DE RIESGOS LEGALES Y PENALES

Claves para adaptarse con éxito a la NIS2

1. Diagnóstico de situación

Analiza si tu organización entra en el ámbito de aplicación de la directiva y en qué categoría (esencial o importante). Evalúa tu grado actual de cumplimiento con los nuevos requisitos.

2. Revisión y actualización de políticas

Actualiza o implanta políticas de ciberseguridad, gestión de incidentes, continuidad de negocio y cadena de suministro. Asegúrate de que estén documentadas y operativas.

3. Formación y sensibilización

Capacita a todo el personal, especialmente a la dirección, en sus nuevas obligaciones. Incluye formación específica en ciberseguridad, cumplimiento normativo y gestión de incidentes.

4. Refuerzo de controles técnicos

Verifica que cuentas con las medidas técnicas adecuadas: autenticación robusta, cifrado, monitorización de redes, detección de intrusiones, etc. Evalúa regularmente tu infraestructura tecnológica.

5. Apoyo profesional

El cumplimiento con la NIS2 requiere conocimiento normativo, técnico y estratégico. Contar con una solución especializada facilita la adaptación y reduce riesgos.


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Si tu organización está afectada por los nuevos requisitos de la NIS2 o necesita preparar su adaptación antes de la fecha límite, en Audidat te ofrecemos una solución experta y personalizada. Nuestro servicio NIS2 incluye desde el diagnóstico inicial hasta la implementación de políticas, protocolos y sistemas de gestión, todo con enfoque práctico y sin compromiso.


Preguntas frecuentes sobre las diferencias entre NIS1 y NIS2

¿Qué entidades deben cumplir con la NIS2 si ya estaban bajo NIS1?

Las que ya estaban obligadas por NIS1 siguen siéndolo bajo NIS2, pero con exigencias más estrictas y detalladas.

¿NIS2 afecta solo a grandes empresas?

No. Cualquier empresa con más de 50 empleados o una facturación superior a 10 millones puede estar incluida, dependiendo de su sector.

¿Puedo ser sancionado si no notifico un ciberincidente?

Sí. La notificación de incidentes graves es obligatoria y debe realizarse en menos de 24 horas desde su detección.

¿Qué debo hacer si mi empresa aún no tiene un plan de ciberseguridad?

Iniciar cuanto antes un diagnóstico y diseñar un plan conforme a los requisitos de NIS2. El plazo de adaptación vence en octubre de 2024.

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