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Empresa de Prevención de Riesgos Laborales Condenada a Indemnizar por Obstaculizar Plan de Igualdad

En este artículo hablamos sobre:

  • Audiencia Nacional condena a empresa de servicios de prevención de riesgos laborales a indemnizar con más de 73.000 euros a sindicato.
  • Se vulneró la libertad sindical al dificultar la negociación colectiva y elaboración del Plan de Igualdad.
  • El Sindicato Colectivo Independiente de Trabajadores de Prevención y Salud (CITPS) denunció la falta de colaboración de la empresa.
  • La empresa aportó información desactualizada y sesgada, incumpliendo los plazos legales para la aprobación del Plan de Igualdad.

Contexto del Conflicto y Acciones Legales

La Audiencia Nacional ha dictaminado una sentencia en favor del Sindicato Colectivo Independiente de Trabajadores de Prevención y Salud (CITPS), que demandó a una empresa por no facilitar la información necesaria para la negociación del Plan de Igualdad. Este fallo implica una indemnización de 73.000 euros más cantidades adicionales por vulnerar la libertad sindical.

Detalles del Caso y Obstáculos en la Negociación

El caso surge de la fusión de dos empresas, donde una carecía de un Plan de Igualdad. La empresa condenada no proporcionó información requerida para la elaboración del plan, a pesar de las reiteradas solicitudes del sindicato y la intervención de la Inspección de Trabajo. La información finalmente entregada estaba desactualizada y era insuficiente.

La Sentencia de la Audiencia Nacional

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha concluido que la actitud de la empresa constituyó una vulneración del derecho a la libertad sindical, al obstaculizar la negociación del Plan de Igualdad. La sentencia subraya la falta de negociación de buena fe y la actitud obstruccionista de la empresa.

Consecuencias y Repercusiones Legales

Además de la indemnización, la empresa deberá afrontar pagos adicionales diarios hasta la aprobación final del Plan de Igualdad. Este caso destaca la importancia de la negociación colectiva y el cumplimiento de los plazos legales en la elaboración de planes de igualdad, según establece el Real Decreto 901/2020.

Fuente de la noticia: Estela Martín, abogada y periodista.
Imagen de Freepik

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