- La Agencia Española de Protección de Datos impone una multa de 550.000 euros a Glovo por vigilancia excesiva de repartidores.
- La empresa permitía el acceso a datos personales de repartidores a cualquier empleado, incluyendo ubicación geográfica y comunicaciones.
- Glovo es acusado de infringir tres artículos de las leyes de privacidad europeas, aunque una de las infracciones queda sin multa tras ajustarse a la ley rider.
Excesiva Vigilancia y Acceso Indebido a Datos
La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado a Glovo por llevar a cabo una supervisión desmesurada sobre sus repartidores y por no restringir el acceso a datos dentro de su plataforma, lo que ha resultado en una multa de 550.000 euros.
Origen de la Investigación
La investigación, iniciada en 2020 tras un aviso del regulador italiano, culmina con la conclusión de que Glovo ha violado la normativa de protección de datos al tratar datos personales innecesarios y permitir el acceso a un número indeterminado de personas.
Respuesta de Glovo
A pesar de modificar sus prácticas en respuesta a la ley rider y ajustarse a la normativa en cuanto a la toma de decisiones por algoritmos, Glovo ha recurrido la resolución ante la Audiencia Nacional, afirmando su compromiso con el cumplimiento de la protección de datos.
Fuente: El Diario