Desde el 4/3/2024, empresas de más de 50 empleados deben implantar obligatoriamente el protocolo de acoso LGTBI

A partir del 1/12/23, empresas con más de 50 empleados necesitarán un canal ético obligatorio.

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La importancia de los datos de salud

En este artículo hablamos sobre:

Hace pocos días, desgraciadamente, un sujeto amenazó con publicar en la red social Grindr la identidad de más de trescientas personas con VIH. El individuo en cuestión dice ser médico, por lo que afirma que la información que pretende difundir es fiable y se encuentra totalmente contrastada.

Las repercusiones que la revelación de este tipo de información puede tener sobre determinadas personas son realmente graves. Este tipo de información puede acabar teniendo un gran impacto sobre la intimidad, pues incide en gran medida sobre los derechos fundamentales y libertades públicas de los interesados.

Es por ello que la LOPD considera que, entre otros tipos de datos, los relativos a la salud son especialmente sensibles, por lo que los incluye en su artículo 7, relativo a los datos especialmente protegidos. El nuevo RGPD también considera los datos de salud, lógicamente, como especiales, recogiéndolos en el apartado 1 del artículo 9. Además, el Considerando 51 de esta norma determina que estos datos de salud son especialmente sensibles debido a los riesgos que podría entrañar su tratamiento.

Y esta noticia sobre la divulgación de datos aparece en un momento caracterizado por el pleno desarrollo de las nuevas tecnologías en el seno de este entorno. El Big Data en sanidad es ya una realidad, así como las cada vez más numerosas aplicaciones que se crean específicamente para el correcto desenvolvimiento de las distintas actividades relacionadas con la medicina.

Es cierto que el uso de las nuevas tecnologías se acaba traduciendo en grandes beneficios, pues supone una gran ayuda para la gestión de distintos entornos y sectores. No obstante, para poder obtener esos beneficios es necesario concienciarse de que la utilización de estos medios conlleva también una serie de riesgos para la privacidad.

La publicación de la identidad de determinados sujetos con VIH es una noticia de una gravedad tremenda, pero es un ejemplo de las consecuencias que las nuevas tecnologías pueden acarrear. Puede llegarse a una situación, mediante la utilización de estos dispositivos y aplicaciones, en el que el ciudadano no tenga el control absoluto sobre sus propios datos de carácter personal, lo cual es un peligro si tenemos en cuenta que de lo que estamos hablando es de datos de salud.

La agrupación y el posterior análisis y estudio de los datos recogidos por las distintas aplicaciones puede traducirse en el etiquetado y la estigmatización de algunos pacientes, por lo que el establecimiento de medidas de seguridad es esencial. Además, el potencial económico que guardan los datos médicos hace que los mismos sean tremendamente jugosos para las empresas.

Es por ello que, para evitar que se produzcan este tipo de perjuicios para los derechos de los ciudadanos, las entidades que traten datos médicos deben asegurarse de instaurar las medidas de seguridad necesarias. No es suficiente únicamente, por tanto, con que se cumpla la ley en este sentido, sino que se debe ir más allá, estableciendo sistemas realmente efectivos.

Es necesario concienciarse sobre el hecho de que la protección de datos de carácter personal es un derecho fundamental, precisamente por la importancia y el peso que representa dentro de la esfera jurídica de los ciudadanos. Es por ello que Audidat cuenta expertos en la materia que no sólo conocen la normativa a la perfección, sino que se encuentran comprometidos con la efectiva defensa de los derechos fundamentales en juego.

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