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Audidat en Cáceres se posiciona como la firma líder en consultoría integral de cumplimiento normativo, destacando en áreas clave como Compliance, Esquema Nacional de Seguridad (ENS) y Planes de Igualdad. Nuestra expertise abarca desde la implementación de rigurosos sistemas de compliance hasta el desarrollo e integración de estrategias de seguridad y igualdad, adaptadas a las necesidades específicas de cada organización en el ámbito local.

Con un profundo conocimiento de la las necesidades de las empresas locales y de la normativa nacional, Audidat Cáceres ofrece soluciones personalizadas para asegurar que las empresas no solo cumplan con sus obligaciones legales, sino que también promuevan un entorno de trabajo ético, seguro y equitativo. Nuestra misión es garantizar que nuestros clientes estén a la vanguardia del cumplimiento normativo, protegiendo sus operaciones y reputación en un mercado cada vez más competitivo y regulado.

Este enfoque integral no solo refleja nuestro compromiso con la excelencia en el servicio y la adaptación a las dinámicas locales, sino que también establece a Audidat Cáceres como el socio preferente para empresas que buscan navegar el complejo panorama del cumplimiento normativo con confianza y eficacia.

Actualidad de Cumplimiento Normativo en Cáceres

WhatsApp en comunidades de propietarios: riesgos legales y alternativas

WhatsApp en comunidades de propietarios: riesgos legales y alternativas

¿Está permitido usar WhatsApp para gestionar una comunidad de propietarios? ¿Puede un administrador crear un grupo con los vecinos? Aunque esta práctica se ha popularizado enormemente por su inmediatez y aparente eficacia, el uso de WhatsApp en comunidades de propietarios entraña importantes riesgos legales y problemas de protección de datos que no deben subestimarse. En este artículo te explicamos en detalle por qué el uso de aplicaciones de mensajería como WhatsApp debe abordarse con cautela en el ámbito vecinal, qué dice la normativa vigente, qué responsabilidades asume el administrador de fincas y cómo garantizar un uso conforme a derecho. Como verás, en materia de comunicación digital, el cumplimiento normativo para administradores de fincas es más relevante que nunca. ¿Por qué se usa WhatsApp en comunidades de propietarios? En la práctica, muchos administradores de fincas y presidentes de comunidades han comenzado a utilizar WhatsApp para: Informar sobre averías, incidencias o cortes de suministros. Convocar juntas. Resolver dudas entre vecinos. Compartir documentación. Coordinar reparaciones o visitas técnicas. Su uso es intuitivo, gratuito y omnipresente. Pero lo que muchas comunidades desconocen es que esta herramienta no está diseñada para cumplir con las exigencias legales del entorno comunitario ni con la normativa de protección de datos. ¿Qué problemas legales plantea el uso de WhatsApp en una comunidad? Aunque WhatsApp sea una aplicación privada, cuando se utiliza en un entorno comunitario para gestionar datos personales, se convierte en un tratamiento de datos sujeto a la normativa vigente, especialmente al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y a la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). Principales riesgos legales: ❌ Difusión de datos personales sin consentimiento Incluir a vecinos en un grupo de WhatsApp supone exponer su número de teléfono, foto de perfil y otros datos, sin base legal ni consentimiento expreso. ❌ Ausencia de finalidad clara y legitimación El RGPD exige que todo tratamiento de datos tenga una finalidad específica y base legal. En muchos casos, el uso de WhatsApp no está amparado por ninguna de las bases legítimas del artículo 6 del RGPD. ❌ Falta de control sobre la seguridad del tratamiento WhatsApp no permite auditar el acceso, modificar los permisos o establecer niveles de confidencialidad adecuados. Esto impide cumplir con las garantías de seguridad y trazabilidad que exige la normativa. ❌ Exposición a conflictos y difamaciones El uso informal de WhatsApp suele derivar en conversaciones tensas, insultos, difamaciones o acusaciones entre vecinos, de las que el administrador o presidente puede ser considerado responsable si no modera el grupo o permite estos comportamientos. ❌ Comunicación no válida a efectos legales Una convocatoria enviada por WhatsApp no tiene validez jurídica como medio de notificación salvo que se haya pactado expresamente por todos los propietarios. Esto puede invalidar juntas o acuerdos adoptados. ¿Qué dice la Agencia Española de Protección de Datos? La AEPD ha advertido expresamente en varias resoluciones que: “No se puede crear un grupo de WhatsApp con personas que no han dado su consentimiento expreso, ni siquiera para finalidades relacionadas con comunidades de vecinos.” La Agencia también recuerda que los datos personales (como el número de teléfono) no pueden tratarse sin base legal y que el uso de servicios de mensajería debe garantizar la confidencialidad y la seguridad del tratamiento. En consecuencia, si el administrador crea, modera o consiente el uso de grupos comunitarios de WhatsApp, puede incurrir en una infracción grave de la normativa de protección de datos, especialmente si no hay consentimiento o si se difunden contenidos no autorizados. Responsabilidad del administrador de fincas En el marco del cumplimiento normativo para administradores de fincas, el uso de WhatsApp debe analizarse con rigor. El administrador tiene, entre otras, las siguientes responsabilidades: Evitar el tratamiento ilícito de datos personales. Informar a la comunidad de los riesgos legales. Proponer canales de comunicación adecuados. No participar ni promover sistemas no conformes con la LOPD. Documentar las decisiones de la comunidad respecto a medios de comunicación aceptados. Si el administrador gestiona grupos de WhatsApp sin autorización expresa ni base legal, puede ser considerado responsable solidario en caso de denuncia ante la AEPD, especialmente si se produce un incidente de privacidad. ¿Está completamente prohibido el uso de WhatsApp? No necesariamente, pero solo se puede usar WhatsApp en comunidades de propietarios si se cumplen ciertas condiciones estrictas: ✅ Consentimiento expreso y documentado Todos los vecinos incluidos en el grupo deben haber dado consentimiento libre, informado y por escrito. Incluir a alguien sin consentimiento es una infracción. ✅ Finalidad clara y limitada El grupo debe tener una finalidad concreta y no ampliable, como por ejemplo: avisos puntuales de incidencias o emergencias. ✅ Normas de uso claras Deben establecerse normas de comportamiento, moderación y limitación de temas, aprobadas por la junta y comunicadas a los participantes. ✅ Gestión por parte de la comunidad, no del administrador El administrador no debe crear ni gestionar el grupo salvo que se le autorice formalmente y se defina su rol. ✅ Alternativas seguras disponibles Debe ofrecerse siempre una vía alternativa de comunicación oficial y segura, especialmente para convocatorias, votaciones o asuntos jurídicos. ¿Qué alternativas legales pueden usarse en lugar de WhatsApp? Para garantizar una comunicación segura, trazable y conforme a la ley, las siguientes opciones son preferibles: 1. Correo electrónico certificado Permite notificar de forma válida y verificable, con acuse de recibo y registro de envío. 2. Plataformas de gestión de comunidades Existen herramientas diseñadas específicamente para comunidades, que permiten: Comunicar de forma segmentada. Controlar accesos. Compartir documentos de forma segura. Enviar notificaciones válidas. 3. Áreas privadas en la web del administrador Muchos despachos profesionales ofrecen a sus comunidades un área privada protegida para compartir actas, convocatorias y avisos con trazabilidad y confidencialidad. Estas soluciones permiten cumplir con las obligaciones de comunicación sin vulnerar la normativa de protección de datos. Recomendaciones para administradores de fincas Para evitar problemas legales y mejorar la calidad de la comunicación, te recomendamos: No crear grupos de WhatsApp comunitarios sin autorización formal ni consentimiento documentado. Informar a la comunidad por escrito de los riesgos legales del uso de WhatsApp. Incluir este

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Certificado digital comunidad propietarios

Certificado digital comunidad propietarios: cómo obtenerlo correctamente

¿Tu comunidad de propietarios necesita gestionar trámites electrónicos con Hacienda, Seguridad Social, ayuntamientos o el catastro? Entonces necesita contar con un certificado digital válido. Pero muchos administradores de fincas aún desconocen cómo obtenerlo correctamente, qué documentación se exige y quién debe solicitarlo legalmente. La consecuencia: retrasos, gestiones fallidas y sanciones por no cumplir con los requisitos administrativos actuales. En este artículo te contamos cómo obtener el certificado digital para una comunidad de propietarios, qué tipos existen, qué pasos seguir y qué errores debes evitar como administrador. También te explicamos por qué es una obligación legal en determinadas gestiones y cómo forma parte esencial del cumplimiento normativo para administradores de fincas. ¿Qué es el certificado digital de una comunidad de propietarios? Un certificado digital es un documento electrónico que permite a una persona o entidad identificarse de forma segura en trámites telemáticos. En el caso de una comunidad de vecinos, este certificado permite que pueda actuar ante organismos públicos como sujeto jurídico con plena validez. El certificado digital de una comunidad de propietarios: Identifica electrónicamente a la comunidad como entidad sin personalidad jurídica. Permite presentar declaraciones, recibir notificaciones y firmar digitalmente documentos. Es obligatorio para realizar trámites con la Administración de forma telemática. Sin este certificado, la comunidad no podrá recibir notificaciones electrónicas obligatorias, lo que puede derivar en multas o pérdida de plazos administrativos. Por ello, su gestión adecuada es una responsabilidad directa dentro del marco del cumplimiento normativo para administradores de fincas. ¿Quién puede solicitar el certificado digital de una comunidad? Legalmente, la solicitud del certificado digital debe hacerla el presidente de la comunidad de propietarios, como representante legal de la misma. El administrador no puede ser el titular, aunque sí puede actuar como representante si está debidamente autorizado. Opciones posibles: Presidente de la comunidad solicita el certificado en nombre de la comunidad. El administrador actúa en representación, siempre que presente un poder notarial específico o una autorización formal validada por el acuerdo de la junta. En cualquier caso, el solicitante debe comparecer físicamente en la entidad emisora para acreditar su identidad. ¿Qué tipos de certificado digital puede obtener una comunidad? Las comunidades de propietarios pueden obtener: 1. Certificado de entidad sin personalidad jurídica Emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT). Es el tipo más común y válido para la mayoría de gestiones. Características: Asocia el certificado a la comunidad. Tiene validez de 2 años. Requiere validación presencial y documentación específica. 2. Certificado de representante voluntario o apoderado Permite que un administrador actúe como representante legal de la comunidad, siempre que tenga un poder notarial. Este tipo de certificado no sustituye al anterior, pero puede facilitar gestiones recurrentes o masivas por parte del administrador profesional. ¿Qué trámites requieren el certificado digital de la comunidad? Entre los trámites más habituales que exigen certificado digital están: Recepción de notificaciones electrónicas obligatorias de Hacienda, Seguridad Social o ayuntamientos. Presentación de impuestos (modelo 347, retenciones, etc.). Solicitudes de subvenciones o ayudas públicas. Gestión del impuesto de bienes inmuebles (IBI). Presentación de documentación ante la Agencia Tributaria o el Registro de la Propiedad. Tramitación de licencias o permisos de obras. Registro en sedes electrónicas de organismos públicos. La ausencia del certificado digital impide realizar estos trámites legalmente, generando una situación de indefensión jurídica para la comunidad. Cómo obtener el certificado digital de una comunidad paso a paso 1. Conseguir el acuerdo de la junta de propietarios Debe constar en acta un acuerdo por el que: Se autoriza al presidente a solicitar el certificado digital. Se aprueba, si corresponde, que el administrador actúe como representante. 2. Acceder a la web de la FNMT Dirígete a https://www.sede.fnmt.gob.es En el apartado «Entidad sin personalidad jurídica», inicia el proceso de solicitud. Rellena los datos de la comunidad y del presidente. 3. Recibir el código de solicitud Una vez cumplimentado el formulario, la FNMT enviará al correo electrónico indicado un código de solicitud, necesario para la acreditación posterior. 4. Preparar la documentación necesaria Documentación obligatoria: Copia del acta de nombramiento del presidente (firmada y sellada). Copia del NIF de la comunidad (modelo 036 o 037). Documento de constitución de la comunidad, si lo hay. DNI del presidente y su copia. Acta de la junta donde se aprueba la solicitud. En caso de actuación por representante: poder notarial original o certificado de representación legal. 5. Acreditar identidad en una oficina autorizada El presidente (o representante autorizado) debe acudir presencialmente a una oficina de la AEAT o a una Gerencia del Catastro, con cita previa. Allí se acreditará la identidad y la documentación. El organismo validará y habilitará la descarga del certificado. 6. Descargar el certificado digital Con el código de solicitud y desde el mismo dispositivo utilizado, el solicitante podrá descargar el certificado desde la web de la FNMT. Se recomienda instalarlo en un navegador seguro y realizar una copia de seguridad del certificado. Errores comunes al gestionar el certificado digital ❌ Que el administrador lo solicite sin autorización formal No tiene validez legal. Solo el presidente o un representante debidamente apoderado puede obtenerlo. ❌ No tener actualizado el NIF de la comunidad Es habitual que se intente solicitar sin haber actualizado correctamente el NIF con la AEAT. El modelo 036 debe estar presentado. ❌ No reflejar el acuerdo en acta La falta de aprobación en junta puede invalidar la solicitud o generar conflictos internos. ❌ Usar el dispositivo incorrecto para la descarga La descarga solo puede hacerse desde el mismo equipo usado para la solicitud. Cambiar de navegador o equipo puede bloquear el proceso. Evitar estos errores es parte del compromiso profesional de un administrador que cumple con el cumplimiento normativo para administradores de fincas. ¿Es obligatorio tener certificado digital en todas las comunidades? Legalmente, sí es obligatorio si la comunidad debe realizar trámites electrónicos, como: Declaraciones fiscales. Recepción de notificaciones. Solicitud de licencias o ayudas. De hecho, desde la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, muchas entidades están obligadas a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas, incluidas las comunidades de propietarios en determinadas circunstancias.

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Nueva normativa contadores de agua: plazos y obligaciones clave

Nueva normativa contadores de agua: plazos y obligaciones clave

¿Conoces los nuevos plazos y requisitos que exige la normativa sobre contadores de agua? La gestión de los sistemas de medición individualizada en comunidades de propietarios está experimentando un cambio normativo relevante que impacta de lleno en la labor de los administradores de fincas. No estar al tanto de las nuevas obligaciones legales puede derivar en sanciones, conflictos vecinales y responsabilidades legales difíciles de gestionar. En este artículo te contamos con claridad qué dice la nueva normativa, cuáles son los plazos obligatorios, cómo afecta a comunidades de vecinos y qué debe hacer el administrador de fincas para cumplirla correctamente. Te explicamos además los errores más comunes que debes evitar, y por qué el cumplimiento normativo para administradores de fincas ya no es opcional. ¿Cuál es el origen de esta nueva normativa? La nueva regulación sobre contadores de agua se basa en la transposición al marco español de la Directiva Europea 2018/2002, que modifica la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética. Esta legislación forma parte del plan de la Unión Europea para avanzar en la reducción del consumo energético y la sostenibilidad medioambiental. En el caso específico de España, el Real Decreto 736/2020 regula la contabilización individual de consumos en instalaciones térmicas de edificios, y aunque en su origen se centraba en sistemas de calefacción y refrigeración, ha servido de precedente técnico y jurídico para el ámbito de la medición individual del consumo de agua. Actualmente, distintas comunidades autónomas ya están actualizando sus normativas específicas para exigir la instalación de contadores individuales o repartidores de costes en edificios de viviendas que comparten sistemas centralizados de agua caliente sanitaria. ¿A quién afecta esta normativa? El cambio legislativo afecta principalmente a: Comunidades de propietarios con sistemas colectivos de agua caliente sanitaria o agua fría. Edificios construidos antes del año 2000 que no contaban con contadores individuales. Administradores de fincas, como responsables de garantizar el cumplimiento legal y técnico en nombre de la comunidad. La ley establece que, siempre que sea técnica y económicamente viable, deberá garantizarse que cada vivienda o unidad de consumo disponga de un sistema que permita la medición individualizada del agua que consume. Este punto resulta clave para la función del administrador: debe verificar la viabilidad, solicitar informes técnicos y coordinar la ejecución dentro de los plazos establecidos. El cumplimiento normativo para administradores de fincas, especialmente en materia de eficiencia y consumo energético, implica ahora la correcta gestión de los nuevos requerimientos sobre contadores de agua. ¿Qué obligaciones impone la nueva normativa? Las obligaciones derivadas del nuevo marco regulatorio pueden agruparse en cinco bloques clave: 1. Instalación de sistemas de medición individualizada En los edificios con instalaciones centralizadas, deberá instalarse un sistema de contadores individuales o, si no es posible, repartidores de costes. Esta obligación afecta tanto al agua caliente como, en algunos casos, al agua fría. 2. Justificación técnica de la viabilidad Si la comunidad considera que la instalación no es viable, debe encargar un informe técnico firmado por un profesional cualificado que lo justifique. De lo contrario, se entenderá como incumplimiento normativo. 3. Información periódica a los usuarios Se establece la obligación de proporcionar información mensual o trimestral sobre el consumo individual, de forma clara y comprensible para cada vecino. 4. Actualización de estatutos y contratos de suministro Será necesario adaptar los estatutos de la comunidad o los contratos con proveedores, si incluyen cláusulas relativas al reparto de costes según coeficientes y no reflejan el nuevo modelo de reparto individualizado. 5. Coordinación del proceso por parte del administrador El administrador de fincas debe asumir un papel activo en: Informar a los propietarios. Solicitar presupuestos. Supervisar la instalación. Coordinar la justificación técnica si procede. Garantizar la transparencia y legalidad de todo el proceso. ¿Cuáles son los plazos para su aplicación? Los plazos varían según la comunidad autónoma y la situación técnica de cada edificio, pero en términos generales se aplica el siguiente esquema: Edificios con instalaciones centralizadas construidos antes del año 2000: deberán adaptarse antes de finales de 2025, siempre que sea viable. Nuevas edificaciones o rehabilitaciones integrales: deben cumplir desde su puesta en uso, ya que la medición individualizada forma parte de los requisitos técnicos actuales. Comunidades que no hayan comenzado el proceso en 2024: podrían incurrir en sanciones administrativas por inacción, especialmente si no existe justificación técnica documentada. Es imprescindible que el administrador tenga control total sobre los plazos legales y administrativos para cada inmueble gestionado, ya que cualquier retraso injustificado puede implicar responsabilidad directa o subsidiaria. ¿Qué consecuencias tiene el incumplimiento? Las consecuencias legales y prácticas de no cumplir con la nueva normativa son significativas: Sanciones económicas por parte de las autoridades autonómicas. Reclamaciones individuales de propietarios que paguen por consumo ajeno. Imposibilidad de acceder a ayudas o subvenciones públicas para eficiencia energética. Conflictos vecinales derivados del reparto injusto de costes. Daño reputacional para el administrador ante comunidades que exigen profesionalidad y cumplimiento. Por tanto, no basta con informar: el administrador debe documentar cada paso del proceso, conservar evidencias y actuar de forma diligente, proactiva y alineada con la normativa. Errores comunes que deben evitar los administradores de fincas A continuación, te explicamos los errores más frecuentes que pueden derivar en incumplimiento o conflictos legales: ❌ No solicitar informe de viabilidad técnica Prescindir del informe cuando no se implanta el sistema de contadores es una omisión grave. ❌ No informar correctamente a la comunidad La desinformación genera rechazo, bloqueos en juntas y decisiones mal fundamentadas. ❌ No incluir el tema en junta de propietarios La decisión de instalar (o no) debe ser tratada formalmente en junta, con votación y constancia en acta. ❌ No actualizar estatutos ni contratos Mantener cláusulas desfasadas puede invalidar el nuevo sistema de reparto de costes. ❌ No coordinar adecuadamente la instalación Una ejecución sin supervisión profesional puede derivar en reclamaciones por fallos, daños o costes no aprobados. Evitar estos errores forma parte del compromiso profesional que exige el cumplimiento normativo para administradores de fincas. Buenas prácticas para aplicar la normativa correctamente Te contamos cómo asegurar una aplicación adecuada, transparente

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ENS: objetivos principales y cómo aplicarlos con eficacia

ENS: objetivos principales y cómo aplicarlos con eficacia

¿Para qué sirve realmente el Esquema Nacional de Seguridad? Más allá del cumplimiento normativo, el ENS establece un marco imprescindible para garantizar la protección de los sistemas de información que soportan los servicios públicos. Sin embargo, muchas organizaciones abordan su implantación sin comprender a fondo cuáles son los verdaderos objetivos del ENS ni cómo se traducen en acciones concretas. En este artículo conocerás en detalle los objetivos fundamentales del Esquema Nacional de Seguridad, por qué son relevantes para cualquier entidad que interactúe con datos o servicios públicos, y cómo alinearte con ellos de forma eficaz. Desde la primera fase del diagnóstico hasta la gestión continua de riesgos, entender el “para qué” es clave para un cumplimiento sólido, útil y sostenible. Además, descubrirás por qué el Esquema Nacional de Seguridad es mucho más que un marco técnico y cómo sus metas estratégicas fortalecen la confianza digital, la transparencia institucional y la ciberresiliencia. ¿Qué es el ENS y por qué es necesario tener claros sus objetivos? El ENS —regulado actualmente por el Real Decreto 311/2022— establece los principios básicos, requisitos mínimos y medidas necesarias para proteger adecuadamente la información manejada por los sistemas del sector público o de entidades que colaboran con él. No se trata solo de un conjunto de medidas técnicas: el ENS representa un modelo integral de gestión de la seguridad adaptado a la realidad operativa de las organizaciones públicas y privadas que prestan servicios digitales. Entender sus objetivos clave permite abordar su implementación de manera coherente, eficiente y alineada con los fines para los que fue concebido. Uno de los primeros pasos para cumplir eficazmente con el Esquema Nacional de Seguridad es, precisamente, interiorizar estos objetivos y traducirlos a políticas, procedimientos y controles aplicables. Objetivos generales del ENS El Real Decreto que regula el Esquema Nacional de Seguridad establece expresamente cinco objetivos fundamentales que guían toda su estructura: 1. Garantizar la protección de la información El primer y más evidente objetivo del ENS es proteger la información frente a accesos no autorizados, manipulaciones, pérdidas o divulgaciones indebidas. Esta protección se basa en cinco principios esenciales: Confidencialidad: solo accede quien está autorizado. Integridad: la información no puede ser alterada sin control. Disponibilidad: debe estar accesible cuando se necesita. Autenticidad: se puede verificar la identidad del emisor o receptor. Trazabilidad: se pueden seguir las acciones sobre los datos. Estas garantías se aplican tanto a sistemas como a comunicaciones, procedimientos y personas. 2. Establecer un marco común de referencia Uno de los objetivos estratégicos del ENS es homogeneizar la seguridad en toda la administración pública, incluyendo sus relaciones con el sector privado. Antes de su existencia, cada organismo aplicaba sus propios criterios, generando desigualdades, ineficiencias y lagunas de seguridad. El ENS unifica criterios mediante: Principios comunes Niveles de seguridad definidos (básico, medio, alto) Medidas específicas para cada nivel Requisitos mínimos transversales Este marco compartido facilita la interoperabilidad y la colaboración segura entre organismos públicos y sus proveedores. 3. Promover la mejora continua de la seguridad El ENS no es un proyecto puntual. Su planteamiento exige que las organizaciones establezcan un ciclo de mejora continua en la gestión de la seguridad. Esto implica: Revisión periódica de los riesgos Actualización de medidas Auditorías internas y externas Formación continua del personal Evaluación del desempeño La mejora continua es esencial para adaptarse a nuevos riesgos, tecnologías y marcos legales. 4. Fomentar la prevención, detección y respuesta ante incidentes Otro objetivo clave es que las entidades adopten un enfoque proactivo y reactivo ante ciberamenazas. Esto requiere establecer: Sistemas de monitorización Canales de notificación y escalado Procedimientos de gestión de incidentes Planes de recuperación y continuidad El objetivo no es solo evitar incidentes, sino reducir su impacto, acortar su duración y garantizar una respuesta adecuada. El ENS exige que las organizaciones estén preparadas para gestionar ataques, errores o fallos de forma ordenada, rápida y eficaz. 5. Generar confianza en el uso de los servicios digitales En un contexto de transformación digital, la confianza de ciudadanos y entidades en los servicios públicos digitales es fundamental. El ENS busca consolidar esa confianza a través de: La transparencia en la gestión de la seguridad La existencia de mecanismos de control y auditoría La implantación de medidas proporcionales al riesgo La responsabilidad activa de los órganos gestores Cumplir con el Esquema Nacional de Seguridad transmite una imagen de fiabilidad, profesionalidad y compromiso con la protección de los datos y los servicios. Objetivos operativos: cómo se materializan los principios del ENS Además de los cinco objetivos generales, el ENS traduce sus principios en una serie de objetivos operativos que guían las acciones concretas dentro de las organizaciones: 1. Establecer responsabilidades claras Cada entidad debe asignar roles específicos para la gestión de la seguridad, tales como: Responsable de la información Responsable del servicio Responsable de la seguridad Responsable del sistema Esta asignación clara evita vacíos de responsabilidad y mejora la coordinación entre áreas técnicas, jurídicas y organizativas. 2. Documentar y justificar todas las decisiones El ENS exige trazabilidad y justificación para cada medida adoptada, lo cual se logra mediante: Política de seguridad Análisis de riesgos Declaración de aplicabilidad Normativa interna Informes y auditorías Esta documentación no solo es clave para auditar el cumplimiento, sino para mantener una gestión eficaz a largo plazo. 3. Aplicar medidas proporcionadas al nivel de riesgo La proporcionalidad es un principio esencial del ENS. No todas las organizaciones deben aplicar las mismas medidas, sino aquellas adecuadas a: La sensibilidad de la información La criticidad del servicio Las amenazas identificadas Por eso el ENS define tres niveles de seguridad y adapta las medidas a cada uno. 4. Integrar la seguridad desde el diseño Uno de los cambios más significativos en la filosofía ENS es que exige incluir la seguridad desde la fase inicial de cualquier proyecto o sistema. Esto implica: Evaluar riesgos antes de desarrollar o implantar sistemas Diseñar medidas preventivas desde el inicio Integrar la seguridad en la arquitectura técnica y funcional Este enfoque evita correcciones costosas a posteriori y reduce el riesgo estructural. El ENS en el

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Cumplimiento del ENS explicado: todo lo que necesitas saber

Cumplimiento del ENS explicado: todo lo que necesitas saber

¿Sabes exactamente qué implica cumplir con el Esquema Nacional de Seguridad? La mayoría de organizaciones que operan con datos públicos o prestan servicios digitales relacionados con la Administración desconocen en profundidad qué significa estar alineados con el ENS. Y eso es un problema. Porque el desconocimiento no exime del cumplimiento, y las consecuencias de no hacerlo pueden ser graves: sanciones, pérdida de contratos, vulnerabilidades, desconfianza… En este artículo te explicamos qué es el cumplimiento del ENS, quién debe asumirlo, qué pasos lo componen, qué requisitos impone y cómo llevarlo a cabo de forma práctica, ordenada y eficaz. Si trabajas en el ámbito público o eres un proveedor TIC, esta guía es clave para entender cómo y por qué adecuarte cuanto antes. Descubrirás además el papel que juega el Esquema Nacional de Seguridad en el contexto normativo español y cómo afecta directamente a tus sistemas de información, procesos y obligaciones legales. ¿Qué es el cumplimiento del ENS? Cumplir con el ENS no es simplemente disponer de medidas técnicas de ciberseguridad. El cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad implica aplicar un conjunto estructurado de principios, medidas organizativas, técnicas y procedimientos que garanticen la seguridad de los sistemas de información que manejan datos de carácter público o están relacionados con servicios digitales esenciales. Está regulado por el Real Decreto 311/2022, que establece los requisitos y niveles de seguridad que deben aplicar tanto las Administraciones Públicas como los proveedores del sector privado que prestan servicios o gestionan información pública. El objetivo es claro: garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad, trazabilidad y autenticidad de la información y los servicios. ¿Quién está obligado a cumplir con el ENS? El cumplimiento del ENS es obligatorio para: Administraciones públicas en todos sus niveles (estatal, autonómico, local). Entidades del sector público: organismos, fundaciones, empresas públicas, universidades, etc. Proveedores de servicios tecnológicos que trabajen con la Administración: desarrollo de software, alojamiento web, cloud, outsourcing, consultoría, mantenimiento… Empresas privadas que gestionen o alojen datos públicos o servicios esenciales (por ejemplo, en sanidad, educación o transporte). Incluso si no se te exige una certificación oficial, deberás demostrar cumplimiento efectivo si trabajas con datos o servicios de carácter público. Esto incluye auditorías, evidencias documentales y medidas de seguridad activas. Cada vez más contratos públicos exigen la certificación conforme al Esquema Nacional de Seguridad, especialmente en los niveles Medio o Alto. ¿Qué significa cumplir con el ENS en la práctica? El cumplimiento no se limita a implantar un antivirus o cifrar los datos. Es un enfoque integral que incluye: 1. Diagnóstico de situación Todo parte de saber en qué punto estás. Se realiza un análisis inicial para evaluar: Nivel actual de madurez en seguridad Riesgos existentes Cobertura de medidas ya implantadas Esto permite definir el nivel ENS aplicable (Básico, Medio o Alto) y planificar los pasos a seguir. 2. Análisis de riesgos Debe elaborarse un análisis formal que identifique amenazas, vulnerabilidades y riesgos asociados a los sistemas de información. Este análisis será la base para definir qué medidas de seguridad aplicar y justificar decisiones como la externalización, el uso de servicios en la nube o el diseño de los sistemas. 3. Implantación de medidas de seguridad En función del nivel ENS requerido, se deben aplicar un conjunto de 75 medidas de seguridad divididas en: Medidas organizativas: gestión de la seguridad, roles, control de accesos, formación, continuidad del negocio… Medidas operacionales: gestión de incidentes, mantenimiento, monitorización, registros… Medidas de protección: protección frente a código malicioso, cifrado, autenticación, backup, protección física… Cada medida debe ser justificada, documentada e implementada de forma real y verificable. 4. Elaboración de documentación obligatoria El cumplimiento del ENS exige una arquitectura documental sólida, que incluye, entre otros: Política de seguridad Normativa de uso de los sistemas Procedimientos de gestión de incidentes, accesos, copias, mantenimiento… Declaración de aplicabilidad (SoA) Plan de adecuación Plan de continuidad Informes de análisis de riesgos Toda esta documentación debe estar actualizada, alineada con la operativa real y disponible para auditorías. 5. Auditoría de cumplimiento Una vez implementadas las medidas, se realiza una auditoría interna o externa, que verifica el grado de cumplimiento. Para organizaciones que desean o requieren certificarse, esta auditoría debe ser realizada por una entidad acreditada por ENAC. El resultado puede ser: Certificación: si se superan todos los requisitos. No conformidades: si se detectan incumplimientos que deben corregirse. ¿Qué niveles existen en el ENS y cómo afectan al cumplimiento? El Real Decreto establece tres niveles de seguridad: Básico, Medio y Alto. Cada uno implica una carga distinta de medidas, controles y documentación. Nivel Básico: para sistemas que manejan información pública no crítica. Nivel Medio: para servicios digitales relevantes o con datos de carácter personal. Nivel Alto: para servicios esenciales, datos sensibles o infraestructuras críticas. La mayoría de organizaciones deben cumplir al menos con el nivel Medio, lo que implica una carga técnica y documental significativa. El Esquema Nacional de Seguridad adapta las medidas a cada nivel para evitar cargas desproporcionadas, pero exige trazabilidad y justificación en todos los casos. ¿Qué ocurre si no cumples con el ENS? No cumplir con el ENS conlleva riesgos operativos, legales y reputacionales: Pérdida de contratos con la Administración Sanciones económicas o administrativas Exclusión de licitaciones públicas Incidentes de seguridad no gestionados Incompatibilidad con otras normativas (RGPD, ENS, ENS en la nube, etc.) Deterioro de la confianza de usuarios, clientes y entidades públicas Además, en caso de incidente de seguridad, la organización puede no disponer de pruebas suficientes para demostrar que actuó con la diligencia exigida, lo que agrava la responsabilidad. Cumplir con el ENS es una oportunidad estratégica Lejos de ser un trámite o una carga, el cumplimiento del ENS debe verse como una oportunidad para mejorar la gestión de la seguridad de la información, alinear procesos, reducir riesgos y posicionarse mejor ante organismos públicos. Algunos beneficios directos del cumplimiento: Aumento de la confianza institucional y profesional Mejora en la gestión documental y operativa Reducción del riesgo de incidentes y sanciones Mayor competitividad en el sector público Base sólida para otras certificaciones como ISO 27001 Por eso, muchas organizaciones

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Certificación ENS: precio, factores clave y cómo reducir costes

Certificación ENS: precio, factores clave y cómo reducir costes

¿Qué determina realmente el precio de una certificación ENS? Si estás buscando cumplir con los requisitos del Esquema Nacional de Seguridad, probablemente te enfrentes a esta pregunta clave. Las organizaciones públicas y privadas que manejan datos sensibles o prestan servicios digitales tienen la obligación o necesidad de implementar medidas que garanticen la seguridad de la información. Pero cuando se trata de planificar la certificación, el coste puede parecer una barrera ambigua, difícil de anticipar. Y eso genera incertidumbre, retrasos… y riesgos. En este artículo conocerás en detalle qué factores influyen en el precio de la certificación ENS, cómo prepararte de forma eficiente y qué soluciones existen para adaptar el proceso a tu organización. Además, te explicamos cómo evitar errores comunes que pueden incrementar innecesariamente el coste total del cumplimiento. Si estás valorando certificarte o simplemente necesitas entender el alcance económico del proyecto, esta guía es para ti. Descubre desde el principio cómo el Esquema Nacional de Seguridad estructura sus niveles, qué exige cada uno y por qué influye tanto en el presupuesto final. ¿Qué es la certificación ENS y por qué tiene un precio tan variable? La certificación del Esquema Nacional de Seguridad es un reconocimiento formal emitido por una entidad acreditada que valida que una organización ha implementado correctamente las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 311/2022. Estas medidas tienen como objetivo garantizar la protección de la información manejada por los sistemas públicos o vinculados a la Administración. Aunque pueda parecer un proceso homogéneo, la realidad es que el precio de una certificación ENS depende de múltiples factores técnicos, organizativos y regulatorios. No existe una tarifa única, porque cada entidad parte de una situación distinta en cuanto a madurez tecnológica, nivel de riesgo y complejidad organizativa. La obtención de la certificación suele estructurarse en varias fases: análisis de situación, adecuación al ENS, auditoría de conformidad y, finalmente, certificación. Cada una de ellas representa un coste directo o indirecto. Factores clave que influyen en el precio de la certificación ENS A continuación, analizamos los elementos que más peso tienen en el presupuesto final: 1. Nivel de seguridad requerido (Básico, Medio o Alto) Este es uno de los factores más determinantes. El nivel de seguridad ENS se asigna en función del tipo de información y servicios que gestiona la organización. A mayor criticidad, mayor es la exigencia y, por tanto, más recursos y controles se deben implementar. Nivel Básico: menos exigencias técnicas y organizativas, menor coste. Nivel Medio: requiere análisis de riesgos, medidas técnicas específicas, revisiones documentales exhaustivas. Nivel Alto: cumplimiento estricto, necesidad de monitorización continua, uso de tecnologías avanzadas y documentación exhaustiva. La mayoría de organizaciones que trabajan con Administraciones Públicas deben certificar al menos en nivel Medio, lo cual eleva sustancialmente la inversión necesaria. 2. Tamaño y complejidad de la organización No es lo mismo certificar una startup tecnológica que gestiona una aplicación puntual, que una universidad, una diputación provincial o una empresa que presta servicios cloud a múltiples entidades públicas. A mayor tamaño, más compleja será la infraestructura TIC y el número de procesos implicados. También aumenta el volumen de documentación que debe revisarse o generarse desde cero. Esto repercute en el tiempo dedicado por consultores, auditores y personal interno, lo que influye directamente en el precio. 3. Estado inicial de cumplimiento Una organización que ya ha adoptado buenas prácticas de seguridad de la información, o que cuenta con certificaciones previas como ISO 27001, parte de una posición ventajosa. El esfuerzo de adecuación será menor y el coste total también. Por el contrario, si parte desde cero o con un bajo nivel de madurez, el proceso será más largo, costoso y complejo. Será necesario implementar múltiples medidas técnicas, generar documentación normativa, capacitar personal y establecer procedimientos internos. 4. Alcance del sistema a certificar Una buena estrategia para controlar el precio consiste en definir con precisión el alcance del sistema de información a certificar. Cuanto más limitado y específico sea el alcance, más contenida será la inversión necesaria. Por ejemplo: Certificar solo una aplicación web específica, en lugar de toda la infraestructura de una entidad. Definir subsistemas aislados de mayor criticidad y abordar el proyecto por fases. Esta decisión debe estar alineada con los objetivos de la organización y con los requisitos de los organismos con los que se relaciona. 5. Costes de consultoría y auditoría El proceso de certificación ENS implica gastos directos por servicios de terceros, tanto para la adecuación como para la evaluación independiente: Consultoría de adecuación ENS: elaboración de análisis de riesgos, documentos de seguridad, políticas, procedimientos y controles técnicos. Auditoría externa de conformidad: obligatoria para acceder a la certificación, realizada por una entidad acreditada por ENAC. Mantenimiento anual: seguimiento y recertificación cada 2-3 años, dependiendo del tipo de sistema. Las tarifas pueden variar mucho según el proveedor, el nivel de personalización requerido y la urgencia del proyecto. Una correcta planificación puede ayudarte a controlar y reducir estos costes. ¿Cuánto cuesta certificar según el nivel ENS? Aunque cada proyecto debe presupuestarse de forma personalizada, se pueden establecer algunas horquillas orientativas: Nivel Básico: entre 4.000 € y 10.000 € Nivel Medio: entre 10.000 € y 25.000 € Nivel Alto: desde 25.000 € en adelante Estas cifras incluyen tanto la fase de adecuación como la auditoría inicial, pero no consideran posibles inversiones adicionales en tecnologías de seguridad, formación o contratación de personal especializado. También hay que tener en cuenta que el mantenimiento posterior (auditorías de seguimiento, actualización de documentación, revisión de medidas) conlleva costes periódicos. Una gestión proactiva y ordenada ayuda a reducir el coste total del ciclo de vida de la certificación. Consecuencias de no certificarte: más allá del precio El coste de no cumplir con el ENS puede ser mucho más alto que el de certificar. Las consecuencias pueden afectar gravemente la operativa y la reputación de una organización: Imposibilidad de contratar con la Administración Pública Sanciones por incumplimiento de normativa Pérdida de confianza por parte de clientes y usuarios Incidentes de seguridad no gestionados correctamente Fuga de datos o brechas legales

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