
NIS2 en constructoras: cumplimiento obligatorio con contratos públicos
La ciberseguridad ya no es un asunto exclusivo de las grandes tecnológicas o las infraestructuras críticas evidentes. Con la entrada en vigor de la Directiva (UE) 2022/2555 —conocida como NIS2—, el nuevo marco regulador europeo se extiende a sectores hasta ahora considerados periféricos en materia de ciberprotección. Entre ellos, destacan las constructoras e inmobiliarias que trabajan con la Administración Pública, obligadas ahora a cumplir exigencias específicas en la gestión de sus sistemas digitales. En este artículo te contamos cómo afecta la NIS2 a estas empresas, qué implica para sus contratos públicos y qué medidas deben adoptar desde ya para evitar sanciones y riesgos operativos. NIS2: nueva ciberseguridad obligatoria para sectores estratégicos La Directiva NIS2, que sustituye y amplía la anterior NIS de 2016, tiene como objetivo reforzar la resiliencia digital de sectores que, directa o indirectamente, sustentan el funcionamiento de los servicios esenciales de la sociedad. Entre los principales cambios de la NIS2 destacan: Ampliación del número de sectores y entidades cubiertas. Elevación de las exigencias técnicas y organizativas. Obligaciones formales y materiales de cumplimiento verificable. Régimen sancionador estricto, incluso para entidades subcontratadas. Responsabilidad directa de los órganos de dirección. En este nuevo marco, las empresas privadas que operan en contratos públicos con implicación digital o infraestructural relevante pasan a estar sujetas a obligaciones específicas. Es el caso de muchas constructoras e inmobiliarias, que trabajan con ayuntamientos, diputaciones, consorcios, empresas públicas o entes autonómicos. ¿Por qué afecta la NIS2 a constructoras e inmobiliarias? Las empresas del sector construcción e inmobiliario pueden quedar directamente afectadas por la NIS2 cuando: Ejecutan obras o servicios para administraciones públicas que afectan a infraestructuras críticas o esenciales (viales, edificios oficiales, sistemas de abastecimiento, saneamiento, etc.). Manejan o integran sistemas digitales vinculados a la prestación de servicios públicos (software de gestión energética, sensores IoT, control de acceso inteligente, etc.). Acceden o procesan información sensible vinculada a contratos públicos, como datos de catastro, urbanismo, trazabilidad de materiales o certificaciones técnicas. Actúan como proveedores tecnológicos o utilizan plataformas que interactúan con los sistemas digitales del sector público. Es decir, no se trata solo de grandes promotoras o constructoras nacionales. También pequeñas y medianas empresas pueden quedar obligadas por NIS2 si trabajan con el sector público y su actividad impacta en la seguridad digital de los servicios esenciales. Obligaciones clave que impone NIS2 a estas empresas 1. Medidas de ciberseguridad proporcionadas al riesgo Todas las entidades obligadas deben aplicar medidas técnicas y organizativas adecuadas, entre ellas: Evaluación continua de riesgos digitales. Protección de redes, sistemas y dispositivos conectados. Control de accesos y autenticación reforzada. Seguridad en la adquisición, desarrollo y mantenimiento de sistemas. Cifrado de datos críticos. Estas medidas deben aplicarse también a la cadena de suministro, lo que implica que las constructoras e inmobiliarias deben asegurar la seguridad digital de sus propios proveedores tecnológicos y de servicios. 2. Registro y respuesta a incidentes Las empresas deben contar con: Sistemas de monitorización y registro de eventos e incidentes. Protocolos de respuesta inmediata ante ciberataques. Procedimientos para mantener la continuidad del negocio. Los incidentes que comprometan la integridad, disponibilidad o confidencialidad de los sistemas deben ser notificados a la autoridad competente en un plazo máximo de 24 horas desde su detección. 3. Documentación y supervisión NIS2 exige que las entidades dispongan de: Política de ciberseguridad corporativa. Inventario de activos digitales y vulnerabilidades. Planes de continuidad y recuperación ante desastres. Informes y registros auditables para procesos de inspección. Estos requisitos se extienden también a empresas subcontratadas si su actividad impacta en el nivel de seguridad global del contrato público. 4. Formación y responsabilidad del órgano de dirección La directiva establece que la alta dirección es responsable directa del cumplimiento de las medidas de seguridad. Además, deberán asegurarse de que: Existen procedimientos formales de gestión del riesgo digital. Se imparte formación periódica y actualizada al personal con acceso a sistemas digitales. Se supervisan los contratos tecnológicos desde la óptica de la ciberseguridad. No basta con delegar en departamentos informáticos: la implicación debe ser estratégica. Cómo impacta NIS2 en contratos públicos del sector Nuevas exigencias en licitaciones Ya se están incorporando cláusulas vinculadas a NIS2 en pliegos de contratación pública, especialmente en proyectos con componente tecnológico, de obra civil o infraestructuras sostenibles. Estas cláusulas pueden exigir: Certificados de cumplimiento de ciberseguridad. Planes de contingencia ante incidentes digitales. Evidencias de cumplimiento normativo. Evaluación de terceros subcontratados. No cumplir con NIS2 puede excluir a la empresa de licitaciones, limitar su capacidad de contratar o generar penalizaciones contractuales. Integración con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) Muchas administraciones exigen el cumplimiento del ENS a los proveedores que interactúan con sus sistemas digitales. NIS2 refuerza esta exigencia, de modo que las constructoras que aportan sistemas de control, monitorización o gestión de edificios deberán demostrar su adecuación a este esquema. Evaluación continua durante la ejecución del contrato No basta con cumplir requisitos iniciales. La empresa debe poder demostrar, durante toda la ejecución del contrato, que mantiene su nivel de ciberseguridad actualizado. Esto puede implicar auditorías, inspecciones técnicas o revisiones documentales. Ejemplos reales de riesgo en el sector Una constructora que gestiona sistemas de domótica en edificios públicos con acceso remoto a través de red. Una inmobiliaria que trabaja en colaboración con ayuntamientos en desarrollos urbanos y comparte bases de datos cartográficas y catastrales. Una empresa subcontratada que implementa sensores IoT en infraestructuras viarias para control del tráfico o eficiencia energética. En todos estos casos, un ataque informático podría comprometer la seguridad de servicios esenciales o datos sensibles, generando responsabilidad legal y operativa para la empresa. Medidas prácticas para garantizar el cumplimiento Te contamos cómo actuar con eficacia: 1. Diagnóstico inicial de exposición a NIS2 Identificación de contratos públicos vigentes o previstos. Análisis de activos digitales vinculados a esas actividades. Evaluación del nivel actual de ciberseguridad de la empresa. 2. Desarrollo de un plan de medidas organizativas Definir una política de seguridad formal. Establecer roles y responsabilidades claras. Documentar procedimientos de prevención y respuesta. 3. Refuerzo de las medidas técnicas Control de accesos y segmentación de red.