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Protección de datos
RGPD y LOPD en Zaragoza

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Qué opinan sobre nuestros servicios de Protección de Datos en Zaragoza

Sekureco Hispania, S.L.
Hemos cambiado recientemente la gestión de la protección de datos a Audidat gracias a la confianza transmitida por Alejandro. Un punto a favor y diferenciador en comparación con otras empresas del sector, es el seguro que tienen y que cubre a sus clientes.
Ignacio Planas
Son grandes profesionales que analizan de manera rigurosa el negocio. Gracias por la implicación de Ignacio y la manera de involucrarse de pleno en el proyecto, ofreciendo una solución integral para la gestión de datos personales de la empresa y garantizando el cumplimiento de la ley.
Pedro Gómez
Me atendió Ignacio y la verdad que no podría haber encontrado mejor empresa ni atención personalizada. Profesionales en el trato y en su trabajo, cercanos y disponibles para ayudar en todo lo que puedan. Sin duda, una empresa referente en el sector. Totalmente recomendables.
María Pedrosa
En los tiempos actuales, toda protección es poca. En Audidat me ofrecieron un servicio espectacular y una atención sin igual. ¡Profesionales ejemplares donde los haya!
Daniel Longás
Grandes profesionales, me han asesorado en temas muy relevantes como la privacidad y la visualización de la aceptación de cookies. Mucho conocimiento técnico y trato humano.Sin duda, una empresa referente en el sector. Totalmente recomendables.

Consultoría especializada en Protección de Datos en Zaragoza

Audidat en Zaragoza ofrece servicios especializados en protección de datos, cumplimiento RGPD y LOPD para empresas locales. Nuestra consultoría en protección de datos incluye auditorías, implementación de sistemas de compliance y asesoramiento personalizado, asegurando que tu empresa cumpla con la normativa vigente.

Además, ofrecemos servicios complementarios como planes de igualdad, canal ético y seguridad de la información, adaptados a las necesidades de las organizaciones en Zaragoza.

Confía en Audidat como tu socio de referencia en protección de datos y cumplimiento normativo.

Actualidad de Protección de Datos en Zaragoza

Diferencias entre LOPD y RGPD: guía legal práctica

Diferencias entre LOPD y RGPD: guía legal práctica

¿Sabías que aplicar correctamente la normativa de protección de datos puede marcar la diferencia entre una gestión legalmente segura y una sanción grave para tu organización? Si trabajas con información personal, ya sea en una pyme, una gran empresa o una administración pública, entender las diferencias entre la LOPD y el RGPD no es una opción, sino una obligación que puede afectarte directamente. La normativa europea y la legislación española han evolucionado para ofrecer mayores garantías a las personas, pero también han aumentado las exigencias para quienes tratan sus datos. Muchas organizaciones siguen confundiendo ambos marcos normativos o aplicando solo uno de ellos, lo que puede derivar en graves consecuencias jurídicas y reputacionales. Si quieres comprender qué exige exactamente cada norma, en qué se complementan o contradicen y cómo cumplirlas de manera efectiva, sigue leyendo. Este artículo te ofrece una explicación clara, útil y actualizada sobre las diferencias entre la LOPD y el RGPD, con ejemplos reales, contexto legal y soluciones aplicables. Además, cerca del inicio abordaremos aspectos clave vinculados a la protección de datos, para que tengas un punto de partida sólido desde el que comprender todo el entramado normativo. ¿Qué es el RGPD? El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es una norma jurídica de la Unión Europea que entró en vigor el 25 de mayo de 2018. Su objetivo principal es proteger los derechos fundamentales y las libertades de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales, unificando criterios en todos los estados miembros. Este reglamento es de aplicación directa, lo que significa que no necesita una ley nacional para ser obligatorio: se aplica tal cual está redactado, con primacía sobre cualquier norma interna que lo contradiga. ¿Qué es la LOPD? La Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), comúnmente llamada LOPD, es la legislación española que complementa y desarrolla el RGPD. Entró en vigor el 7 de diciembre de 2018 y reemplazó a la anterior Ley Orgánica 15/1999. Su finalidad es adaptar el marco europeo al contexto jurídico español, desarrollando aspectos no detallados por el RGPD, regulando derechos digitales y estableciendo medidas específicas para España. Diferencias clave entre la LOPD y el RGPD 1. Ámbito de aplicación RGPD: Se aplica a cualquier organización que trate datos personales de ciudadanos europeos, incluso si está fuera de la UE. LOPD: Solo se aplica en territorio español, actuando como norma complementaria al RGPD. 2. Jerarquía normativa El RGPD tiene prioridad sobre la LOPD en caso de conflicto. La LOPD no puede contradecir al RGPD, solo desarrollarlo o completarlo. 3. Base jurídica del tratamiento El RGPD establece seis bases jurídicas para tratar datos personales (consentimiento, interés legítimo, contrato, etc.). La LOPD detalla el modo de obtener el consentimiento válido en España y establece criterios adicionales para algunos tratamientos. 4. Edad mínima para el consentimiento digital RGPD permite que los estados miembros fijen esta edad entre 13 y 16 años. LOPD fija la edad en 14 años en España. 5. Tratamiento de datos por parte de fallecidos El RGPD no regula expresamente esta situación. La LOPD sí lo hace, permitiendo que los herederos puedan acceder, rectificar o suprimir los datos de la persona fallecida, salvo que esta lo prohíba expresamente. 6. Derechos digitales El RGPD no aborda derechos digitales específicos. La LOPD introduce los llamados «derechos digitales», como el derecho a la desconexión laboral, la neutralidad de internet o la educación digital. 7. Régimen sancionador Ambos establecen sanciones, pero: El RGPD establece sanciones hasta 20 millones de euros o el 4 % de la facturación anual global. La LOPD especifica la tipificación de infracciones y algunas circunstancias agravantes o atenuantes en el contexto español. 8. Delegado de Protección de Datos (DPD) El RGPD impone la designación de un DPD en ciertos supuestos. La LOPD enumera de forma más clara qué entidades están obligadas en España a designar un DPD (colegios profesionales, centros sanitarios, etc.). ¿En qué se complementan la LOPD y el RGPD? Ambas normas están diseñadas para trabajar en conjunto. El RGPD establece el marco general y la LOPD lo desarrolla dentro del territorio español. No son excluyentes ni alternativas, sino complementarias y obligatorias para cualquier organización que opere en España. Por ejemplo, mientras el RGPD regula de forma amplia los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación y portabilidad, la LOPD detalla cómo deben ejercerse en la práctica en España, incluyendo plazos, requisitos y excepciones. Errores comunes al aplicar la normativa Muchas organizaciones cometen errores al intentar cumplir con la normativa sin un conocimiento profundo. Estos son algunos de los más frecuentes: Aplicar solo la LOPD, sin considerar el RGPD. No revisar las bases jurídicas del tratamiento de datos. No disponer de un Registro de Actividades de Tratamiento (obligatorio según el RGPD). Obtener consentimientos genéricos o no verificables. Descuidar los derechos digitales que regula la LOPD. ¿Qué implica para tu empresa cumplir con ambas normativas? Cumplir con la LOPD y el RGPD implica: Realizar un análisis detallado de todos los tratamientos de datos. Identificar la base legal adecuada para cada tratamiento. Garantizar la transparencia e información al usuario. Establecer mecanismos para atender derechos de los interesados. Designar, si procede, un Delegado de Protección de Datos. Aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas. Documentar todo el proceso como prueba del cumplimiento (accountability). Todo ello enmarcado dentro de una estrategia integral de protección de datos, que puedes implementar con apoyo experto como el que ofrece nuestra protección de datos. Consecuencias de no cumplir con la LOPD y el RGPD La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) puede imponer sanciones severas por incumplimientos. Además de las multas económicas, los riesgos incluyen: Daño reputacional. Pérdida de confianza de clientes y empleados. Bloqueo de operaciones comerciales o contractuales. Responsabilidad civil o penal en casos graves. Estas consecuencias no son teóricas: cada año se imponen miles de sanciones a empresas de todos los tamaños, muchas veces por errores evitables. Ejemplos reales de aplicación práctica Caso 1: Campañas de marketing Una empresa

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¿Qué es un Delegado de Protección de Datos (DPO)? Guía completa

¿Qué es un Delegado de Protección de Datos (DPO)? Guía completa

Si te has preguntado ¿Qué es un Delegado de Protección de Datos (DPO)?, seguramente también te preocupa cómo reducir riesgos legales, evitar sanciones y ganar confianza cuando tratas información personal. Puede que ya tengáis políticas y controles, pero no logréis encajar quién debe vigilar su cumplimiento, cómo asesorar a todas las áreas o quién debe hablar con la autoridad de control. En ese punto, el DPO deja de ser un concepto abstracto y se convierte en una pieza muy concreta de tu gobernanza. Y sí, aparece otra duda frecuente: ¿de verdad nos aplica? ¿cómo se nombra? ¿qué hace en el día a día? Para situarte desde el inicio, muchas organizaciones integran este rol dentro de su marco de protección de datos como parte de su estrategia de cumplimiento continuo. Definición del DPO y por qué es clave El Delegado de Protección de Datos (Data Protection Officer, DPO) es la figura prevista por el RGPD y desarrollada en la normativa española que asesora, supervisa y actúa como punto de contacto en materia de privacidad. No es “el responsable” del cumplimiento (esa responsabilidad sigue recayendo en el responsable del tratamiento), pero sí ayuda a que la organización cumpla y pueda demostrarlo (“accountability”). Su valor es doble: Prevención: guía a la organización para anticiparse a riesgos, diseñar tratamientos conforme a la ley y evitar incidentes. Confianza: ofrece un canal independiente para interesados y para la autoridad, mejorando la transparencia y la reputación. El DPO puede ser interno o externo, debe actuar con independencia, sin recibir instrucciones sobre cómo resolver asuntos de privacidad, y reporta a la alta dirección. Obligación de designar un DPO: ¿quién debe nombrarlo? Aunque cualquier entidad puede designarlo de forma voluntaria, hay supuestos en los que es obligatorio. Sectores y actividades donde suele ser obligatorio Autoridades y organismos públicos (salvo tribunales en el ejercicio de su función). Monitorización periódica y sistemática de personas a gran escala (p. ej., plataformas con perfiles, seguimiento de comportamiento, publicidad conductual a gran escala). Tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos (salud, biométricos, ideología, etc.) o datos relativos a condenas e infracciones penales. Ejemplos habituales: hospitales y redes sanitarias, aseguradoras con grandes carteras, entidades financieras, telecomunicaciones, plataformas de comercio electrónico, transporte y movilidad, utilities, centros educativos públicos, administraciones locales con múltiples padrones y servicios. Qué significa “gran escala” y “monitorización sistemática” Gran escala: volumen elevado de datos y de interesados, variedad y duración de los tratamientos, amplitud geográfica. Monitorización sistemática: seguimiento organizado y recurrente, con finalidad evaluadora o de perfilado, sobre múltiples contextos (web, apps, dispositivos, espacios físicos). Casos fronterizos: la conveniencia de nombrarlo aunque no sea obligatorio Si manejas datos sensibles en proyectos críticos, si participas en transferencias internacionales o si crece el número de solicitudes de derechos, un DPO voluntario puede aportar orden, criterios uniformes y evidencias de diligencia. Funciones del DPO en la práctica Más allá de los artículos legales, el trabajo real del DPO se resume en acompañar, exigir y evidenciar: Informar y asesorar sobre obligaciones del RGPD y la normativa nacional. Supervisar el cumplimiento mediante revisiones, planes anuales y auditorías internas. Orientar Evaluaciones de Impacto en Protección de Datos (EIPD), verificando la metodología, la proporcionalidad y las medidas propuestas. Promover la privacidad desde el diseño y por defecto, revisando nuevos proyectos, apps y proveedores. Formación y concienciación a equipos (marketing, TI, RR. HH., ventas, atención al cliente, etc.). Punto de contacto con la autoridad de control y con los interesados (gestión de reclamaciones y consultas). Seguimiento de brechas de seguridad, asesorando sobre notificación y medidas correctoras. Verificación del Registro de Actividades de Tratamiento, políticas, cláusulas y contratos con encargados. Independencia, recursos y acceso a la información Tres requisitos críticos: Independencia: el DPO no puede recibir instrucciones sobre sus dictámenes ni ser penalizado por ellos. Recursos: tiempo, presupuesto, herramientas y acceso a áreas clave. Acceso a información: participación temprana en proyectos y acceso directo a la dirección. Cómo designarlo y comunicarlo correctamente El nombramiento debe ser formal, recogiendo identidad, posición, medios y ausencia de conflictos. A partir de ahí: Nombramiento por escrito (interno o contrato de prestación si es externo). Definición de funciones y reporte a la alta dirección. Publicación de sus datos de contacto para interesados. Comunicación a la autoridad de control a través del procedimiento habilitado. Plan de trabajo anual con riesgos, objetivos y métricas. DPO interno vs DPO externo Interno: conoce la cultura, mayor proximidad; riesgo de conflictos de interés si ocupa puestos decisorios (p. ej., TI, seguridad, marketing). Externo: independencia reforzada, visión transversal de sectores, escalabilidad de recursos; requiere un buen canal de comunicación y compromiso de acceso a la información. Errores comunes al nombrar un DPO Confundir “experto” con “informático”: el DPO necesita visión jurídica, de procesos y de seguridad, no solo técnica. Acumular funciones incompatibles (decidir finalidades y medios del tratamiento y, a la vez, auditarse). No dotar de medios: sin tiempo, herramientas ni acceso, su rol se vuelve simbólico. No formalizar el reporte a dirección ni el plan anual de cumplimiento. Olvidar la comunicación oficial a la autoridad o no publicar el contacto del DPO. DPO y Evaluación de Impacto (EIPD) Cuando un tratamiento puede implicar alto riesgo para los derechos y libertades (por su naturaleza, alcance, contexto o fines), la EIPD es el análisis que te permite detectar riesgos, valorar su probabilidad y severidad y desplegar medidas. El DPO: Asesora sobre la necesidad de EIPD y su alcance. Revisa la metodología (identificación de riesgos, salvaguardas, residuo de riesgo). Emite recomendaciones que deben quedar documentadas, junto con las decisiones de la dirección. Verifica la reevaluación periódica y la actualización de medidas tras cambios sustanciales. Relación con responsable y encargados del tratamiento Responsable del tratamiento: decide finalidades y medios; demuestra cumplimiento y atiende derechos. El DPO le asesora y le supervisa. Encargado del tratamiento: presta servicios que implican acceso a datos por cuenta del responsable (p. ej., proveedores de cloud, call centers); el DPO revisa cláusulas y garantías. CISO/seguridad de la información: diseña y opera controles técnicos; el DPO evalúa su adecuación

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¿Qué son datos personales? Definición legal y protección

¿Qué son datos personales? Definición legal y protección

En un mundo cada vez más interconectado, donde compartir información parece inevitable, proteger ciertos aspectos de nuestra identidad se convierte en una necesidad urgente. Si alguna vez te has preguntado por qué te solicitan tu número de DNI, dirección o incluso tu voz para acceder a servicios o plataformas, estás tocando el núcleo de una cuestión crítica: los datos personales. Saber qué son, cómo se usan y por qué importan es esencial para evitar consecuencias legales, reputacionales y económicas. En este artículo conocerás en detalle qué son los datos personales, cómo se clasifican, cuál es su marco legal en España, qué implicaciones tiene su tratamiento indebido y cómo puedes protegerlos adecuadamente, especialmente en el entorno profesional. Si trabajas con información de clientes, empleados o usuarios, entender y aplicar correctamente el cumplimiento de la normativa de protección de datos no es opcional: es una obligación. ¿Qué se entiende por datos personales? Los datos personales son cualquier información que identifique o pueda identificar a una persona física. Esto incluye desde el nombre, apellidos o número de identificación, hasta datos más sensibles como la dirección IP, imagen, voz o incluso hábitos de consumo. Lo esencial es que esa información permita asociar, directa o indirectamente, a un individuo concreto. Por eso, la definición de datos personales es amplia y evoluciona junto con la tecnología. Ejemplos claros de datos personales: Nombre completo. Número del DNI o pasaporte. Número de teléfono. Dirección postal o de correo electrónico. Matrícula de un vehículo. Fotografías y grabaciones de vídeo o audio. Datos de localización geográfica (como los de un móvil). Dirección IP o identificadores en línea. Información bancaria o de tarjetas. ¿Qué tipos de datos personales existen? La legislación diferencia entre varios niveles de sensibilidad: 1. Datos personales básicos Son aquellos necesarios para identificar a una persona. Por ejemplo, nombre, dirección o teléfono. 2. Datos personales sensibles o especiales Incluyen información sobre origen étnico, salud, orientación sexual, opiniones políticas, creencias religiosas o sindicales, datos biométricos y genéticos. Su tratamiento exige mayores garantías legales. 3. Datos anonimizados o seudonimizados Aunque no identifican directamente, pueden vincularse con una persona si se combinan con otros datos. Estos casos también se regulan como datos personales. Marco legal: ¿qué leyes protegen los datos personales? En España, el tratamiento de datos personales está regulado principalmente por: El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea. La Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD). Ambas normas establecen las obligaciones de las empresas y administraciones al recopilar, almacenar, tratar y compartir datos, así como los derechos de las personas afectadas. Entre los principios fundamentales que recoge el RGPD destacan: Licitud, lealtad y transparencia. Limitación de la finalidad: los datos solo pueden usarse para el fin declarado. Minimización: solo deben recogerse los datos estrictamente necesarios. Exactitud y actualización. Limitación del plazo de conservación. Integridad y confidencialidad. ¿Qué derechos tiene una persona sobre sus datos? El marco normativo otorga al titular de los datos una serie de derechos fundamentales, conocidos como derechos ARSULIPO: Acceso: conocer qué datos están siendo tratados. Rectificación: corregir datos incorrectos o incompletos. Supresión (derecho al olvido): eliminar datos cuando ya no sean necesarios. Limitación del tratamiento: restringir el uso de los datos en ciertos casos. Portabilidad: trasladar los datos a otro responsable. Oposición: negarse al tratamiento en determinadas circunstancias. No ser objeto de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles. Las organizaciones están obligadas a facilitar el ejercicio de estos derechos, habitualmente a través de un Delegado de Protección de Datos o canales internos específicos. Consecuencias de no proteger adecuadamente los datos personales El uso inadecuado de los datos personales puede derivar en sanciones económicas, pérdida de reputación o incluso acciones legales. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha intensificado su vigilancia y aplica multas que pueden alcanzar los 20 millones de euros o el 4 % del volumen de negocio anual global, dependiendo de la gravedad de la infracción. Además de las sanciones legales, no cumplir con las obligaciones puede provocar: Pérdida de confianza de los clientes. Reclamaciones y litigios. Bloqueo o suspensión de servicios digitales. Impacto directo en la imagen corporativa. ¿Quién está obligado a cumplir con la normativa de protección de datos? Cualquier entidad, pública o privada, que trate datos personales de personas físicas debe cumplir con la normativa. Esto incluye: Empresas de todos los sectores. Autónomos que gestionen información de terceros. Administraciones públicas. Asociaciones y fundaciones. Comunidades de propietarios. Centros educativos, sanitarios y profesionales liberales. Incluso si la actividad se realiza parcialmente online, como en el caso de e-commerce o plataformas digitales, el cumplimiento de la normativa de protección de datos es obligatorio. En nuestra experiencia, los errores más graves no se cometen por mala fe, sino por desinformación, exceso de confianza o una falsa sensación de cumplimiento. Y aunque se repiten una y otra vez, siguen pasando desapercibidos en muchas pequeñas y medianas empresas que creen que el RGPD «no va con ellas». Desde el primer momento, es clave contar con un acompañamiento experto como el que ofrece la Protección de datos. Los errores invisibles que dejan a muchas pymes expuestas Uno de los fallos más frecuentes es delegar la responsabilidad en proveedores externos sin verificar su cumplimiento. ¿Estás seguro de que tu empresa tiene firmados todos los contratos de encargo de tratamiento correctamente? ¿Sabes si tus proveedores subcontratan servicios en terceros países? ¿Tienes constancia de cómo gestionan los datos que tú les cedes? Otro punto crítico: las evaluaciones de riesgo inexistentes o desactualizadas. Muchas pymes realizan un análisis inicial y no lo vuelven a revisar en años, ignorando que cualquier cambio —desde un nuevo software hasta una campaña de marketing— puede implicar un nuevo tratamiento de datos. Este error lo hemos visto decenas de veces, y siempre deja brechas abiertas. También es habitual no aplicar medidas de seguridad proporcionales a los datos tratados, como si toda la información tuviera el mismo nivel de sensibilidad. Lo que muchos no ven es que un incidente de seguridad con

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¿Cómo cumplir con el RGPD en 5 pasos? Guía práctica 2025

¿Cómo cumplir con el RGPD en 5 pasos? Guía práctica 2025

Cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) se ha convertido en una prioridad ineludible para cualquier organización que gestione información personal. Las sanciones, los riesgos reputacionales y la creciente concienciación de los ciudadanos han hecho que adaptarse a esta normativa europea sea imprescindible. En este artículo te contamos cómo dar los pasos necesarios para alcanzar el cumplimiento, con un enfoque práctico y orientado a la realidad empresarial. Desde el inicio verás cómo la protección de datos es la clave para ganar confianza y minimizar riesgos. La importancia del cumplimiento del RGPD El RGPD entró en vigor en mayo de 2018 y supuso un cambio radical en la forma en que empresas y administraciones públicas tratan los datos personales. Su objetivo es claro: proteger los derechos y libertades de las personas frente al uso indebido de su información. No cumplir con el RGPD no solo conlleva sanciones económicas que pueden alcanzar millones de euros, sino también la pérdida de confianza de clientes, empleados y proveedores. La reputación digital y la seguridad jurídica dependen directamente de un adecuado cumplimiento. Antes de entrar en los 5 pasos esenciales, es importante entender que no se trata de un simple trámite administrativo, sino de un proceso de adaptación cultural y organizativa. Cumplir con el RGPD implica establecer un sistema de trabajo que garantice la privacidad como un valor estratégico. Paso 1. Identificar y analizar los datos personales El primer paso para cumplir con el RGPD es realizar un inventario exhaustivo de los datos que maneja tu organización. Este análisis inicial es conocido como mapa de tratamientos y permite saber: Qué tipos de datos personales se recogen (nombre, dirección, correo, datos bancarios, información de salud, etc.). Con qué finalidad se utilizan. Durante cuánto tiempo se conservan. Quiénes tienen acceso a esa información, tanto interna como externamente. Qué base legal legitima cada tratamiento (consentimiento, contrato, obligación legal, interés legítimo…). Un error frecuente es pensar que este paso es meramente documental. En realidad, es la base de todo el sistema de cumplimiento, ya que de él depende la correcta gestión posterior. Sin un diagnóstico inicial, no se puede diseñar un plan de acción realista ni cumplir con las exigencias de la normativa. Paso 2. Definir políticas y procedimientos de protección de datos Una vez identificados los datos y sus finalidades, el siguiente paso consiste en documentar y establecer procedimientos claros. El RGPD exige que las organizaciones demuestren el cumplimiento, lo que implica tener políticas escritas y actualizadas. Algunos ejemplos de documentos y procesos necesarios son: Política de privacidad clara, accesible y adaptada a cada canal (web, contratos, comunicaciones). Política de cookies con información transparente y opciones de configuración. Protocolos de ejercicio de derechos (acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación y oposición). Cláusulas contractuales con proveedores que actúan como encargados de tratamiento. Plan de conservación y destrucción de datos para evitar retenciones indebidas. Medidas de seguridad técnicas y organizativas adaptadas al nivel de riesgo. Este conjunto de políticas constituye la base operativa de un sistema de cumplimiento real. Sin ellas, la organización carece de guías claras de actuación ante posibles incidencias o reclamaciones. Paso 3. Implementar medidas de seguridad y formar al equipo El RGPD exige no solo establecer políticas, sino también aplicarlas de manera efectiva. Esto se traduce en implementar medidas de seguridad adecuadas según el nivel de riesgo de los datos tratados. Entre las medidas más habituales se encuentran: Control de accesos y contraseñas robustas. Sistemas de cifrado para la información sensible. Copias de seguridad periódicas y almacenadas en entornos seguros. Protocolos de anonimización o seudonimización cuando sea posible. Restricciones de uso de dispositivos personales en entornos corporativos. Pero no basta con la tecnología: la formación y concienciación del personal es clave. Cada empleado debe conocer las responsabilidades que conlleva el uso de datos personales. Un simple descuido en el envío de un correo electrónico o en la gestión de documentación física puede dar lugar a una brecha de seguridad. La implicación del equipo convierte la normativa en un hábito de trabajo y refuerza la confianza de clientes y proveedores. Paso 4. Establecer un sistema de seguimiento y auditoría Cumplir con el RGPD no es un proyecto puntual, sino un proceso continuo. La normativa exige demostrar la responsabilidad proactiva, lo que implica mantener un sistema de revisión y control. Las auditorías periódicas permiten detectar fallos, actualizar procesos y garantizar que las medidas siguen siendo efectivas frente a los nuevos riesgos. Algunos puntos clave en este paso son: Revisión anual del registro de actividades de tratamiento. Actualización de políticas cuando cambie la legislación o la realidad de la empresa. Pruebas de efectividad de las medidas de seguridad implantadas. Revisión de los contratos con proveedores. Simulacros de brechas de seguridad para comprobar la capacidad de respuesta. Este proceso de revisión constante es lo que asegura que el cumplimiento se mantenga a lo largo del tiempo y no quede obsoleto. Paso 5. Gestionar las incidencias y aplicar mejoras continuas Por último, el RGPD establece la obligación de notificar a la autoridad de control cualquier violación de seguridad que afecte a los datos personales en un plazo máximo de 72 horas. Esto significa que la organización debe contar con un protocolo claro de actuación ante incidencias. Un buen plan de gestión de incidentes incluye: Procedimiento interno de detección y análisis. Comunicación a la autoridad competente (en España, la Agencia Española de Protección de Datos). Comunicación a los afectados cuando exista un riesgo relevante para sus derechos. Registro documental de cada incidencia y de las medidas aplicadas. Análisis de las causas y adopción de medidas preventivas para evitar su repetición. Además, este paso debe integrarse en una filosofía de mejora continua. Cada incidencia, revisión o cambio tecnológico es una oportunidad para reforzar el sistema de protección de datos. Consecuencias de no cumplir con el RGPD El incumplimiento puede acarrear sanciones de hasta 20 millones de euros o el 4 % de la facturación anual global, lo que antes ocurra. Pero más allá de las multas, los riesgos reputacionales son

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Diferencias entre LOPD y RGPD: guía legal práctica

Diferencias entre LOPD y RGPD: guía legal práctica

¿Sabías que aplicar correctamente la normativa de protección de datos puede marcar la diferencia entre una gestión legalmente segura y una sanción grave para tu organización? Si trabajas con información personal, ya sea en una pyme, una gran empresa o una administración pública, entender las diferencias entre la LOPD y el RGPD no es una opción, sino una obligación que puede afectarte directamente. La normativa europea y la legislación española han evolucionado para ofrecer mayores garantías a las personas, pero también han aumentado las exigencias para quienes tratan sus datos. Muchas organizaciones siguen confundiendo ambos marcos normativos o aplicando solo uno de ellos, lo que puede derivar en graves consecuencias jurídicas y reputacionales. Si quieres comprender qué exige exactamente cada norma, en qué se complementan o contradicen y cómo cumplirlas de manera efectiva, sigue leyendo. Este artículo te ofrece una explicación clara, útil y actualizada sobre las diferencias entre la LOPD y el RGPD, con ejemplos reales, contexto legal y soluciones aplicables. Además, cerca del inicio abordaremos aspectos clave vinculados a la protección de datos, para que tengas un punto de partida sólido desde el que comprender todo el entramado normativo. ¿Qué es el RGPD? El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es una norma jurídica de la Unión Europea que entró en vigor el 25 de mayo de 2018. Su objetivo principal es proteger los derechos fundamentales y las libertades de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales, unificando criterios en todos los estados miembros. Este reglamento es de aplicación directa, lo que significa que no necesita una ley nacional para ser obligatorio: se aplica tal cual está redactado, con primacía sobre cualquier norma interna que lo contradiga. ¿Qué es la LOPD? La Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), comúnmente llamada LOPD, es la legislación española que complementa y desarrolla el RGPD. Entró en vigor el 7 de diciembre de 2018 y reemplazó a la anterior Ley Orgánica 15/1999. Su finalidad es adaptar el marco europeo al contexto jurídico español, desarrollando aspectos no detallados por el RGPD, regulando derechos digitales y estableciendo medidas específicas para España. Diferencias clave entre la LOPD y el RGPD 1. Ámbito de aplicación RGPD: Se aplica a cualquier organización que trate datos personales de ciudadanos europeos, incluso si está fuera de la UE. LOPD: Solo se aplica en territorio español, actuando como norma complementaria al RGPD. 2. Jerarquía normativa El RGPD tiene prioridad sobre la LOPD en caso de conflicto. La LOPD no puede contradecir al RGPD, solo desarrollarlo o completarlo. 3. Base jurídica del tratamiento El RGPD establece seis bases jurídicas para tratar datos personales (consentimiento, interés legítimo, contrato, etc.). La LOPD detalla el modo de obtener el consentimiento válido en España y establece criterios adicionales para algunos tratamientos. 4. Edad mínima para el consentimiento digital RGPD permite que los estados miembros fijen esta edad entre 13 y 16 años. LOPD fija la edad en 14 años en España. 5. Tratamiento de datos por parte de fallecidos El RGPD no regula expresamente esta situación. La LOPD sí lo hace, permitiendo que los herederos puedan acceder, rectificar o suprimir los datos de la persona fallecida, salvo que esta lo prohíba expresamente. 6. Derechos digitales El RGPD no aborda derechos digitales específicos. La LOPD introduce los llamados «derechos digitales», como el derecho a la desconexión laboral, la neutralidad de internet o la educación digital. 7. Régimen sancionador Ambos establecen sanciones, pero: El RGPD establece sanciones hasta 20 millones de euros o el 4 % de la facturación anual global. La LOPD especifica la tipificación de infracciones y algunas circunstancias agravantes o atenuantes en el contexto español. 8. Delegado de Protección de Datos (DPD) El RGPD impone la designación de un DPD en ciertos supuestos. La LOPD enumera de forma más clara qué entidades están obligadas en España a designar un DPD (colegios profesionales, centros sanitarios, etc.). ¿En qué se complementan la LOPD y el RGPD? Ambas normas están diseñadas para trabajar en conjunto. El RGPD establece el marco general y la LOPD lo desarrolla dentro del territorio español. No son excluyentes ni alternativas, sino complementarias y obligatorias para cualquier organización que opere en España. Por ejemplo, mientras el RGPD regula de forma amplia los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación y portabilidad, la LOPD detalla cómo deben ejercerse en la práctica en España, incluyendo plazos, requisitos y excepciones. Errores comunes al aplicar la normativa Muchas organizaciones cometen errores al intentar cumplir con la normativa sin un conocimiento profundo. Estos son algunos de los más frecuentes: Aplicar solo la LOPD, sin considerar el RGPD. No revisar las bases jurídicas del tratamiento de datos. No disponer de un Registro de Actividades de Tratamiento (obligatorio según el RGPD). Obtener consentimientos genéricos o no verificables. Descuidar los derechos digitales que regula la LOPD. ¿Qué implica para tu empresa cumplir con ambas normativas? Cumplir con la LOPD y el RGPD implica: Realizar un análisis detallado de todos los tratamientos de datos. Identificar la base legal adecuada para cada tratamiento. Garantizar la transparencia e información al usuario. Establecer mecanismos para atender derechos de los interesados. Designar, si procede, un Delegado de Protección de Datos. Aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas. Documentar todo el proceso como prueba del cumplimiento (accountability). Todo ello enmarcado dentro de una estrategia integral de protección de datos, que puedes implementar con apoyo experto como el que ofrece nuestra protección de datos. Consecuencias de no cumplir con la LOPD y el RGPD La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) puede imponer sanciones severas por incumplimientos. Además de las multas económicas, los riesgos incluyen: Daño reputacional. Pérdida de confianza de clientes y empleados. Bloqueo de operaciones comerciales o contractuales. Responsabilidad civil o penal en casos graves. Estas consecuencias no son teóricas: cada año se imponen miles de sanciones a empresas de todos los tamaños, muchas veces por errores evitables. Ejemplos reales de aplicación práctica Caso 1: Campañas de marketing Una empresa

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¿Qué es un Delegado de Protección de Datos (DPO)? Guía completa

¿Qué es un Delegado de Protección de Datos (DPO)? Guía completa

Si te has preguntado ¿Qué es un Delegado de Protección de Datos (DPO)?, seguramente también te preocupa cómo reducir riesgos legales, evitar sanciones y ganar confianza cuando tratas información personal. Puede que ya tengáis políticas y controles, pero no logréis encajar quién debe vigilar su cumplimiento, cómo asesorar a todas las áreas o quién debe hablar con la autoridad de control. En ese punto, el DPO deja de ser un concepto abstracto y se convierte en una pieza muy concreta de tu gobernanza. Y sí, aparece otra duda frecuente: ¿de verdad nos aplica? ¿cómo se nombra? ¿qué hace en el día a día? Para situarte desde el inicio, muchas organizaciones integran este rol dentro de su marco de protección de datos como parte de su estrategia de cumplimiento continuo. Definición del DPO y por qué es clave El Delegado de Protección de Datos (Data Protection Officer, DPO) es la figura prevista por el RGPD y desarrollada en la normativa española que asesora, supervisa y actúa como punto de contacto en materia de privacidad. No es “el responsable” del cumplimiento (esa responsabilidad sigue recayendo en el responsable del tratamiento), pero sí ayuda a que la organización cumpla y pueda demostrarlo (“accountability”). Su valor es doble: Prevención: guía a la organización para anticiparse a riesgos, diseñar tratamientos conforme a la ley y evitar incidentes. Confianza: ofrece un canal independiente para interesados y para la autoridad, mejorando la transparencia y la reputación. El DPO puede ser interno o externo, debe actuar con independencia, sin recibir instrucciones sobre cómo resolver asuntos de privacidad, y reporta a la alta dirección. Obligación de designar un DPO: ¿quién debe nombrarlo? Aunque cualquier entidad puede designarlo de forma voluntaria, hay supuestos en los que es obligatorio. Sectores y actividades donde suele ser obligatorio Autoridades y organismos públicos (salvo tribunales en el ejercicio de su función). Monitorización periódica y sistemática de personas a gran escala (p. ej., plataformas con perfiles, seguimiento de comportamiento, publicidad conductual a gran escala). Tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos (salud, biométricos, ideología, etc.) o datos relativos a condenas e infracciones penales. Ejemplos habituales: hospitales y redes sanitarias, aseguradoras con grandes carteras, entidades financieras, telecomunicaciones, plataformas de comercio electrónico, transporte y movilidad, utilities, centros educativos públicos, administraciones locales con múltiples padrones y servicios. Qué significa “gran escala” y “monitorización sistemática” Gran escala: volumen elevado de datos y de interesados, variedad y duración de los tratamientos, amplitud geográfica. Monitorización sistemática: seguimiento organizado y recurrente, con finalidad evaluadora o de perfilado, sobre múltiples contextos (web, apps, dispositivos, espacios físicos). Casos fronterizos: la conveniencia de nombrarlo aunque no sea obligatorio Si manejas datos sensibles en proyectos críticos, si participas en transferencias internacionales o si crece el número de solicitudes de derechos, un DPO voluntario puede aportar orden, criterios uniformes y evidencias de diligencia. Funciones del DPO en la práctica Más allá de los artículos legales, el trabajo real del DPO se resume en acompañar, exigir y evidenciar: Informar y asesorar sobre obligaciones del RGPD y la normativa nacional. Supervisar el cumplimiento mediante revisiones, planes anuales y auditorías internas. Orientar Evaluaciones de Impacto en Protección de Datos (EIPD), verificando la metodología, la proporcionalidad y las medidas propuestas. Promover la privacidad desde el diseño y por defecto, revisando nuevos proyectos, apps y proveedores. Formación y concienciación a equipos (marketing, TI, RR. HH., ventas, atención al cliente, etc.). Punto de contacto con la autoridad de control y con los interesados (gestión de reclamaciones y consultas). Seguimiento de brechas de seguridad, asesorando sobre notificación y medidas correctoras. Verificación del Registro de Actividades de Tratamiento, políticas, cláusulas y contratos con encargados. Independencia, recursos y acceso a la información Tres requisitos críticos: Independencia: el DPO no puede recibir instrucciones sobre sus dictámenes ni ser penalizado por ellos. Recursos: tiempo, presupuesto, herramientas y acceso a áreas clave. Acceso a información: participación temprana en proyectos y acceso directo a la dirección. Cómo designarlo y comunicarlo correctamente El nombramiento debe ser formal, recogiendo identidad, posición, medios y ausencia de conflictos. A partir de ahí: Nombramiento por escrito (interno o contrato de prestación si es externo). Definición de funciones y reporte a la alta dirección. Publicación de sus datos de contacto para interesados. Comunicación a la autoridad de control a través del procedimiento habilitado. Plan de trabajo anual con riesgos, objetivos y métricas. DPO interno vs DPO externo Interno: conoce la cultura, mayor proximidad; riesgo de conflictos de interés si ocupa puestos decisorios (p. ej., TI, seguridad, marketing). Externo: independencia reforzada, visión transversal de sectores, escalabilidad de recursos; requiere un buen canal de comunicación y compromiso de acceso a la información. Errores comunes al nombrar un DPO Confundir “experto” con “informático”: el DPO necesita visión jurídica, de procesos y de seguridad, no solo técnica. Acumular funciones incompatibles (decidir finalidades y medios del tratamiento y, a la vez, auditarse). No dotar de medios: sin tiempo, herramientas ni acceso, su rol se vuelve simbólico. No formalizar el reporte a dirección ni el plan anual de cumplimiento. Olvidar la comunicación oficial a la autoridad o no publicar el contacto del DPO. DPO y Evaluación de Impacto (EIPD) Cuando un tratamiento puede implicar alto riesgo para los derechos y libertades (por su naturaleza, alcance, contexto o fines), la EIPD es el análisis que te permite detectar riesgos, valorar su probabilidad y severidad y desplegar medidas. El DPO: Asesora sobre la necesidad de EIPD y su alcance. Revisa la metodología (identificación de riesgos, salvaguardas, residuo de riesgo). Emite recomendaciones que deben quedar documentadas, junto con las decisiones de la dirección. Verifica la reevaluación periódica y la actualización de medidas tras cambios sustanciales. Relación con responsable y encargados del tratamiento Responsable del tratamiento: decide finalidades y medios; demuestra cumplimiento y atiende derechos. El DPO le asesora y le supervisa. Encargado del tratamiento: presta servicios que implican acceso a datos por cuenta del responsable (p. ej., proveedores de cloud, call centers); el DPO revisa cláusulas y garantías. CISO/seguridad de la información: diseña y opera controles técnicos; el DPO evalúa su adecuación

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¿Qué son datos personales? Definición legal y protección

¿Qué son datos personales? Definición legal y protección

En un mundo cada vez más interconectado, donde compartir información parece inevitable, proteger ciertos aspectos de nuestra identidad se convierte en una necesidad urgente. Si alguna vez te has preguntado por qué te solicitan tu número de DNI, dirección o incluso tu voz para acceder a servicios o plataformas, estás tocando el núcleo de una cuestión crítica: los datos personales. Saber qué son, cómo se usan y por qué importan es esencial para evitar consecuencias legales, reputacionales y económicas. En este artículo conocerás en detalle qué son los datos personales, cómo se clasifican, cuál es su marco legal en España, qué implicaciones tiene su tratamiento indebido y cómo puedes protegerlos adecuadamente, especialmente en el entorno profesional. Si trabajas con información de clientes, empleados o usuarios, entender y aplicar correctamente el cumplimiento de la normativa de protección de datos no es opcional: es una obligación. ¿Qué se entiende por datos personales? Los datos personales son cualquier información que identifique o pueda identificar a una persona física. Esto incluye desde el nombre, apellidos o número de identificación, hasta datos más sensibles como la dirección IP, imagen, voz o incluso hábitos de consumo. Lo esencial es que esa información permita asociar, directa o indirectamente, a un individuo concreto. Por eso, la definición de datos personales es amplia y evoluciona junto con la tecnología. Ejemplos claros de datos personales: Nombre completo. Número del DNI o pasaporte. Número de teléfono. Dirección postal o de correo electrónico. Matrícula de un vehículo. Fotografías y grabaciones de vídeo o audio. Datos de localización geográfica (como los de un móvil). Dirección IP o identificadores en línea. Información bancaria o de tarjetas. ¿Qué tipos de datos personales existen? La legislación diferencia entre varios niveles de sensibilidad: 1. Datos personales básicos Son aquellos necesarios para identificar a una persona. Por ejemplo, nombre, dirección o teléfono. 2. Datos personales sensibles o especiales Incluyen información sobre origen étnico, salud, orientación sexual, opiniones políticas, creencias religiosas o sindicales, datos biométricos y genéticos. Su tratamiento exige mayores garantías legales. 3. Datos anonimizados o seudonimizados Aunque no identifican directamente, pueden vincularse con una persona si se combinan con otros datos. Estos casos también se regulan como datos personales. Marco legal: ¿qué leyes protegen los datos personales? En España, el tratamiento de datos personales está regulado principalmente por: El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea. La Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD). Ambas normas establecen las obligaciones de las empresas y administraciones al recopilar, almacenar, tratar y compartir datos, así como los derechos de las personas afectadas. Entre los principios fundamentales que recoge el RGPD destacan: Licitud, lealtad y transparencia. Limitación de la finalidad: los datos solo pueden usarse para el fin declarado. Minimización: solo deben recogerse los datos estrictamente necesarios. Exactitud y actualización. Limitación del plazo de conservación. Integridad y confidencialidad. ¿Qué derechos tiene una persona sobre sus datos? El marco normativo otorga al titular de los datos una serie de derechos fundamentales, conocidos como derechos ARSULIPO: Acceso: conocer qué datos están siendo tratados. Rectificación: corregir datos incorrectos o incompletos. Supresión (derecho al olvido): eliminar datos cuando ya no sean necesarios. Limitación del tratamiento: restringir el uso de los datos en ciertos casos. Portabilidad: trasladar los datos a otro responsable. Oposición: negarse al tratamiento en determinadas circunstancias. No ser objeto de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles. Las organizaciones están obligadas a facilitar el ejercicio de estos derechos, habitualmente a través de un Delegado de Protección de Datos o canales internos específicos. Consecuencias de no proteger adecuadamente los datos personales El uso inadecuado de los datos personales puede derivar en sanciones económicas, pérdida de reputación o incluso acciones legales. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha intensificado su vigilancia y aplica multas que pueden alcanzar los 20 millones de euros o el 4 % del volumen de negocio anual global, dependiendo de la gravedad de la infracción. Además de las sanciones legales, no cumplir con las obligaciones puede provocar: Pérdida de confianza de los clientes. Reclamaciones y litigios. Bloqueo o suspensión de servicios digitales. Impacto directo en la imagen corporativa. ¿Quién está obligado a cumplir con la normativa de protección de datos? Cualquier entidad, pública o privada, que trate datos personales de personas físicas debe cumplir con la normativa. Esto incluye: Empresas de todos los sectores. Autónomos que gestionen información de terceros. Administraciones públicas. Asociaciones y fundaciones. Comunidades de propietarios. Centros educativos, sanitarios y profesionales liberales. Incluso si la actividad se realiza parcialmente online, como en el caso de e-commerce o plataformas digitales, el cumplimiento de la normativa de protección de datos es obligatorio. En nuestra experiencia, los errores más graves no se cometen por mala fe, sino por desinformación, exceso de confianza o una falsa sensación de cumplimiento. Y aunque se repiten una y otra vez, siguen pasando desapercibidos en muchas pequeñas y medianas empresas que creen que el RGPD «no va con ellas». Desde el primer momento, es clave contar con un acompañamiento experto como el que ofrece la Protección de datos. Los errores invisibles que dejan a muchas pymes expuestas Uno de los fallos más frecuentes es delegar la responsabilidad en proveedores externos sin verificar su cumplimiento. ¿Estás seguro de que tu empresa tiene firmados todos los contratos de encargo de tratamiento correctamente? ¿Sabes si tus proveedores subcontratan servicios en terceros países? ¿Tienes constancia de cómo gestionan los datos que tú les cedes? Otro punto crítico: las evaluaciones de riesgo inexistentes o desactualizadas. Muchas pymes realizan un análisis inicial y no lo vuelven a revisar en años, ignorando que cualquier cambio —desde un nuevo software hasta una campaña de marketing— puede implicar un nuevo tratamiento de datos. Este error lo hemos visto decenas de veces, y siempre deja brechas abiertas. También es habitual no aplicar medidas de seguridad proporcionales a los datos tratados, como si toda la información tuviera el mismo nivel de sensibilidad. Lo que muchos no ven es que un incidente de seguridad con

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¿Cómo cumplir con el RGPD en 5 pasos? Guía práctica 2025

¿Cómo cumplir con el RGPD en 5 pasos? Guía práctica 2025

Cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) se ha convertido en una prioridad ineludible para cualquier organización que gestione información personal. Las sanciones, los riesgos reputacionales y la creciente concienciación de los ciudadanos han hecho que adaptarse a esta normativa europea sea imprescindible. En este artículo te contamos cómo dar los pasos necesarios para alcanzar el cumplimiento, con un enfoque práctico y orientado a la realidad empresarial. Desde el inicio verás cómo la protección de datos es la clave para ganar confianza y minimizar riesgos. La importancia del cumplimiento del RGPD El RGPD entró en vigor en mayo de 2018 y supuso un cambio radical en la forma en que empresas y administraciones públicas tratan los datos personales. Su objetivo es claro: proteger los derechos y libertades de las personas frente al uso indebido de su información. No cumplir con el RGPD no solo conlleva sanciones económicas que pueden alcanzar millones de euros, sino también la pérdida de confianza de clientes, empleados y proveedores. La reputación digital y la seguridad jurídica dependen directamente de un adecuado cumplimiento. Antes de entrar en los 5 pasos esenciales, es importante entender que no se trata de un simple trámite administrativo, sino de un proceso de adaptación cultural y organizativa. Cumplir con el RGPD implica establecer un sistema de trabajo que garantice la privacidad como un valor estratégico. Paso 1. Identificar y analizar los datos personales El primer paso para cumplir con el RGPD es realizar un inventario exhaustivo de los datos que maneja tu organización. Este análisis inicial es conocido como mapa de tratamientos y permite saber: Qué tipos de datos personales se recogen (nombre, dirección, correo, datos bancarios, información de salud, etc.). Con qué finalidad se utilizan. Durante cuánto tiempo se conservan. Quiénes tienen acceso a esa información, tanto interna como externamente. Qué base legal legitima cada tratamiento (consentimiento, contrato, obligación legal, interés legítimo…). Un error frecuente es pensar que este paso es meramente documental. En realidad, es la base de todo el sistema de cumplimiento, ya que de él depende la correcta gestión posterior. Sin un diagnóstico inicial, no se puede diseñar un plan de acción realista ni cumplir con las exigencias de la normativa. Paso 2. Definir políticas y procedimientos de protección de datos Una vez identificados los datos y sus finalidades, el siguiente paso consiste en documentar y establecer procedimientos claros. El RGPD exige que las organizaciones demuestren el cumplimiento, lo que implica tener políticas escritas y actualizadas. Algunos ejemplos de documentos y procesos necesarios son: Política de privacidad clara, accesible y adaptada a cada canal (web, contratos, comunicaciones). Política de cookies con información transparente y opciones de configuración. Protocolos de ejercicio de derechos (acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación y oposición). Cláusulas contractuales con proveedores que actúan como encargados de tratamiento. Plan de conservación y destrucción de datos para evitar retenciones indebidas. Medidas de seguridad técnicas y organizativas adaptadas al nivel de riesgo. Este conjunto de políticas constituye la base operativa de un sistema de cumplimiento real. Sin ellas, la organización carece de guías claras de actuación ante posibles incidencias o reclamaciones. Paso 3. Implementar medidas de seguridad y formar al equipo El RGPD exige no solo establecer políticas, sino también aplicarlas de manera efectiva. Esto se traduce en implementar medidas de seguridad adecuadas según el nivel de riesgo de los datos tratados. Entre las medidas más habituales se encuentran: Control de accesos y contraseñas robustas. Sistemas de cifrado para la información sensible. Copias de seguridad periódicas y almacenadas en entornos seguros. Protocolos de anonimización o seudonimización cuando sea posible. Restricciones de uso de dispositivos personales en entornos corporativos. Pero no basta con la tecnología: la formación y concienciación del personal es clave. Cada empleado debe conocer las responsabilidades que conlleva el uso de datos personales. Un simple descuido en el envío de un correo electrónico o en la gestión de documentación física puede dar lugar a una brecha de seguridad. La implicación del equipo convierte la normativa en un hábito de trabajo y refuerza la confianza de clientes y proveedores. Paso 4. Establecer un sistema de seguimiento y auditoría Cumplir con el RGPD no es un proyecto puntual, sino un proceso continuo. La normativa exige demostrar la responsabilidad proactiva, lo que implica mantener un sistema de revisión y control. Las auditorías periódicas permiten detectar fallos, actualizar procesos y garantizar que las medidas siguen siendo efectivas frente a los nuevos riesgos. Algunos puntos clave en este paso son: Revisión anual del registro de actividades de tratamiento. Actualización de políticas cuando cambie la legislación o la realidad de la empresa. Pruebas de efectividad de las medidas de seguridad implantadas. Revisión de los contratos con proveedores. Simulacros de brechas de seguridad para comprobar la capacidad de respuesta. Este proceso de revisión constante es lo que asegura que el cumplimiento se mantenga a lo largo del tiempo y no quede obsoleto. Paso 5. Gestionar las incidencias y aplicar mejoras continuas Por último, el RGPD establece la obligación de notificar a la autoridad de control cualquier violación de seguridad que afecte a los datos personales en un plazo máximo de 72 horas. Esto significa que la organización debe contar con un protocolo claro de actuación ante incidencias. Un buen plan de gestión de incidentes incluye: Procedimiento interno de detección y análisis. Comunicación a la autoridad competente (en España, la Agencia Española de Protección de Datos). Comunicación a los afectados cuando exista un riesgo relevante para sus derechos. Registro documental de cada incidencia y de las medidas aplicadas. Análisis de las causas y adopción de medidas preventivas para evitar su repetición. Además, este paso debe integrarse en una filosofía de mejora continua. Cada incidencia, revisión o cambio tecnológico es una oportunidad para reforzar el sistema de protección de datos. Consecuencias de no cumplir con el RGPD El incumplimiento puede acarrear sanciones de hasta 20 millones de euros o el 4 % de la facturación anual global, lo que antes ocurra. Pero más allá de las multas, los riesgos reputacionales son

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Descubre qué es una consultoría RGPD, por qué es crucial para tu empresa y cómo te ayuda a cumplir la ley de protección de datos y evitar sanciones millonarias.

Consultoría RGPD: Guía Completa para el Cumplimiento Normativo

En el entorno digital actual, la gestión de datos personales se ha convertido en una tarea compleja y de alta responsabilidad para cualquier organización, independientemente de su tamaño o sector. Muchas empresas y autónomos recopilan y tratan información de clientes, empleados o proveedores sin ser plenamente conscientes de las obligaciones legales que esto implica, enfrentándose a un laberinto de normativas que, a menudo, resulta abrumador y confuso. Este desconocimiento o una incorrecta aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) no es una simple falta administrativa, sino un riesgo operativo real. La relevancia de este desafío es máxima. Ignorar las directrices del RGPD puede derivar en consecuencias muy graves, que van desde cuantiosas sanciones económicas —que pueden alcanzar hasta los 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual global— hasta un daño irreparable en la reputación de la marca. La pérdida de confianza de los clientes, los conflictos legales y la interrupción de la actividad comercial son solo algunos de los efectos negativos de una mala gestión, lo que convierte la adaptación a la normativa en una prioridad estratégica ineludible. Este artículo te proporcionará una visión clara y detallada sobre qué es una consultoría RGPD y por qué es la solución más eficaz para garantizar el cumplimiento normativo y proteger tu negocio. A lo largo de esta guía, desglosaremos los servicios clave que ofrece, las fases de implementación y los beneficios directos que aporta a tu organización, permitiéndote navegar con seguridad el complejo panorama de la protección de datos con el apoyo de una experta Consultoría RGPD. Una consultoría RGPD es un servicio profesional especializado que guía a las organizaciones en la adaptación y cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos. Su objetivo es analizar los tratamientos de datos de la empresa, identificar riesgos, implementar las medidas técnicas y organizativas necesarias y asegurar un mantenimiento continuo para evitar sanciones y garantizar la seguridad jurídica. ¿Qué implica realmente una Consultoría RGPD para tu empresa? Contratar una consultoría RGPD va mucho más allá de simplemente «rellenar papeles» o crear una política de privacidad para la página web. Se trata de un proceso integral y estratégico que busca integrar la cultura de la protección de datos en el ADN de la organización. Un consultor experto no solo te dice qué hacer, sino que te acompaña en la implementación, formando a tu personal y estableciendo protocolos duraderos. El objetivo final es doble: por un lado, evitar las duras sanciones que impone la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y, por otro, generar confianza y transparencia en clientes y socios comerciales. En un mercado cada vez más concienciado, demostrar un compromiso real con la privacidad de los datos es un factor diferencial que mejora la imagen de marca y fortalece las relaciones comerciales. Análisis y Diagnóstico Inicial: El Punto de Partida El primer paso de cualquier consultoría seria es realizar una radiografía completa de la empresa. Esto implica: Identificación de flujos de datos: Se mapea cómo y dónde se recopilan los datos personales, quién accede a ellos, cómo se almacenan y cuándo se eliminan. Evaluación del nivel de cumplimiento: Se analiza qué medidas ya existen y se detectan las brechas o carencias respecto a las exigencias del RGPD. Análisis de riesgos: Se evalúa la probabilidad y el impacto de posibles brechas de seguridad o de un tratamiento ilícito de los datos. Diseño e Implementación de Medidas Correctoras Una vez identificado el estado de la situación, el consultor diseña un plan de acción a medida. Este plan incluye la implementación de diversas medidas técnicas y organizativas. Elaboración de la documentación obligatoria: Esto incluye el registro de actividades de tratamiento, los análisis de riesgos, las evaluaciones de impacto (si son necesarias), y la redacción de cláusulas informativas y contratos de encargado de tratamiento. Adaptación de procesos internos: Se revisan y modifican los procedimientos de la empresa para asegurar que cumplen con los principios del RGPD, como la minimización de datos, la limitación de la finalidad y la confidencialidad. Implementación de medidas de seguridad: Se recomiendan y supervisan las acciones técnicas necesarias para proteger la información, como sistemas de cifrado, controles de acceso o políticas de copias de seguridad. Servicios Clave que Ofrece una Consultoría de Protección de Datos Una consultoría RGPD eficaz ofrece un catálogo de servicios que cubren todas las facetas del cumplimiento normativo. No se trata de una solución única, sino de un soporte adaptado a las necesidades específicas de cada cliente, ya sea una pyme, una gran corporación o un profesional autónomo. A continuación, se detallan los servicios más importantes. Auditoría de Cumplimiento RGPD La auditoría es un examen exhaustivo y sistemático que verifica si las medidas implementadas en la empresa son eficaces y se adecúan a la normativa. Es un proceso clave para la mejora continua y permite detectar desviaciones o nuevas necesidades de adaptación. Revisión documental: Se comprueba que todos los registros y políticas estén actualizados. Análisis técnico: Se evalúa la robustez de las medidas de seguridad informática. Entrevistas con el personal: Se verifica que los empleados conocen y aplican los protocolos de protección de datos. Delegado de Protección de Datos (DPO) Externo Determinadas organizaciones, por la naturaleza de sus actividades o el volumen de datos que manejan, están obligadas a designar un Delegado de Protección de Datos (DPO o DPD). Externalizar esta figura a través de una consultoría ofrece múltiples ventajas: Acceso a un experto cualificado: Se cuenta con el conocimiento de un profesional siempre actualizado en la materia. Independencia y objetividad: El DPO externo actúa sin conflictos de interés internos. Reducción de costes: Resulta más económico que contratar a un especialista en plantilla a tiempo completo. El DPO supervisará el cumplimiento, informará a la dirección y actuará como punto de contacto con la AEPD y con los interesados. Gestión de Brechas de Seguridad Una brecha de seguridad es cualquier incidente que ocasione la destrucción, pérdida, alteración, comunicación no autorizada o acceso a datos personales. La gestión adecuada de estos incidentes es crítica. Detección

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Errores comunes en la adaptación al RGPD en pymes

Errores comunes en la adaptación al RGPD en pymes

Puede que pienses que tu pyme está cumpliendo con el RGPD solo porque firmaste unos documentos, hiciste una formación básica o cuentas con una cláusula tipo en los contratos. Pero la realidad es muy distinta. Adaptarse al Reglamento General de Protección de Datos no es un trámite puntual, sino un proceso vivo y complejo que, si se descuida, expone a la empresa a sanciones de hasta 20 millones de euros o el 4 % de la facturación anual. En nuestra experiencia, los errores más graves no se cometen por mala fe, sino por desinformación, exceso de confianza o una falsa sensación de cumplimiento. Y aunque se repiten una y otra vez, siguen pasando desapercibidos en muchas pequeñas y medianas empresas que creen que el RGPD «no va con ellas». Desde el primer momento, es clave contar con un acompañamiento experto como el que ofrece la Protección de datos. Los errores invisibles que dejan a muchas pymes expuestas Uno de los fallos más frecuentes es delegar la responsabilidad en proveedores externos sin verificar su cumplimiento. ¿Estás seguro de que tu empresa tiene firmados todos los contratos de encargo de tratamiento correctamente? ¿Sabes si tus proveedores subcontratan servicios en terceros países? ¿Tienes constancia de cómo gestionan los datos que tú les cedes? Otro punto crítico: las evaluaciones de riesgo inexistentes o desactualizadas. Muchas pymes realizan un análisis inicial y no lo vuelven a revisar en años, ignorando que cualquier cambio —desde un nuevo software hasta una campaña de marketing— puede implicar un nuevo tratamiento de datos. Este error lo hemos visto decenas de veces, y siempre deja brechas abiertas. También es habitual no aplicar medidas de seguridad proporcionales a los datos tratados, como si toda la información tuviera el mismo nivel de sensibilidad. Lo que muchos no ven es que un incidente de seguridad con datos de salud, afiliación sindical o menores puede tener consecuencias legales y reputacionales gravísimas.   ¿Estás seguro de que cumples… o solo crees que cumples? La mayoría cree que cumple porque hizo «lo básico» en su momento. Pero el RGPD exige mucho más que una política de privacidad en la web. Exige responsabilidad proactiva, capacidad de demostrar cumplimiento en cualquier momento, y una gestión integral que se alinee con la realidad operativa de la empresa. Y esto implica desde tener un registro de actividades actualizado hasta formar correctamente al personal, definir protocolos internos ante posibles brechas, atender los derechos de los interesados dentro de los plazos legales, y realizar auditorías internas periódicas. ¿Cuántos de estos puntos puedes afirmar con seguridad que tienes al día? Además, la figura del Delegado de Protección de Datos (DPD) se interpreta erróneamente en muchos casos. Algunas pymes creen que no les aplica, cuando en realidad la necesidad de contar con uno no depende del tamaño de la empresa, sino del tipo y volumen de tratamiento de datos. Todas estas situaciones evidencian una verdad incómoda: cumplir no es sencillo, pero incumplir puede salir carísimo. Por eso, cada vez más empresas recurren al servicio de Protección de datos para revisar, adaptar y mantener su cumplimiento con garantías reales. La inacción tiene un precio que no siempre se ve a tiempo Ignorar estos problemas no solo te expone a sanciones. También pone en riesgo tu reputación, la confianza de tus clientes y la continuidad de tu negocio ante una inspección o una reclamación. Lo que empieza con una mala gestión documental o una brecha no comunicada puede terminar en un procedimiento sancionador, con obligación de indemnizar a los afectados. En Audidat acompañamos a las pymes de forma personalizada, con un enfoque consultivo y práctico. Detectamos los puntos críticos, resolvemos errores arrastrados durante años y te ayudamos a cumplir sin complicaciones ni sustos. Habla con un consultor, evaluamos tu caso y, si lo necesitas, te proponemos soluciones concretas desde nuestro servicio de Protección de datos. Preguntas frecuentes sobre adaptación al RGPD en pymes ¿Es obligatorio tener un Delegado de Protección de Datos en una pyme? No siempre. Depende del tipo de datos que se traten y del volumen. Por ejemplo, si se tratan datos sensibles o a gran escala, podría ser obligatorio. ¿Cuánto tiempo debo conservar los datos personales de mis clientes? Solo el tiempo necesario para la finalidad por la que fueron recabados. Después deben suprimirse o anonimizarse. ¿Puedo usar listas de correo compradas para acciones de marketing? No. Usar bases de datos sin consentimiento válido infringe el RGPD y puede acarrear sanciones importantes. ¿Qué ocurre si tengo una brecha de seguridad y no la notifico? Estás obligado a notificarla a la AEPD en un plazo máximo de 72 horas. No hacerlo supone una infracción grave. ¿Vale con tener la política de privacidad visible en la web? No. Es solo una parte mínima. El RGPD exige medidas activas de cumplimiento, no solo información pasiva.

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Cumple con la ley de protección de datos y otras normativas obligatorias

La consultoría de protección de datos es un servicio especializado que ayuda a las organizaciones a cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos personales, como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea. Este servicio es vital para asegurar que las organizaciones gestionen adecuadamente los datos personales, minimicen los riesgos de incumplimiento y protejan los derechos de los individuos. La consultoría incluye la evaluación de procesos existentes, la implementación de políticas adecuadas, y la formación de personal para manejar datos de manera segura y legal.

Las organizaciones que no implementan adecuadamente la protección de datos se enfrentan a riesgos significativos, incluyendo sanciones económicas severas bajo leyes como el RGPD, pérdida de confianza por parte de clientes y usuarios, y daños a su reputación. El incumplimiento también puede exponer a la organización a riesgos de seguridad, como brechas de datos, que pueden tener consecuencias financieras y legales adicionales.

Audidat asegura el cumplimiento de las normativas de protección de datos a través de un enfoque holístico que incluye un análisis detallado de las prácticas de manejo de datos de la organización, la identificación de áreas de riesgo, y la implementación de medidas correctivas. Además, Audidat proporciona formación continua al personal y actualizaciones periódicas sobre cambios en la legislación para garantizar que las organizaciones se mantengan al día con los requerimientos legales.

 

Audidat ofrece una amplia gama de servicios en el ámbito de la consultoría de protección de datos, incluyendo la realización de auditorías de protección de datos para evaluar el cumplimiento con el RGPD y otras normativas relevantes, el diseño e implementación de políticas y procedimientos de protección de datos, la formación de empleados en buenas prácticas de manejo de datos, y el soporte continuo para la gestión de incidentes de seguridad de datos y la respuesta ante brechas.

El proceso de implementación de una estrategia de protección de datos por parte de Audidat comienza con una evaluación inicial para entender las necesidades específicas de la organización y el nivel actual de cumplimiento. Seguidamente, se desarrolla un plan personalizado que incluye la identificación de datos críticos, la evaluación de riesgos, y la implementación de políticas y medidas de seguridad adecuadas. Este plan se complementa con sesiones de formación para empleados y un programa de revisión periódica para asegurar que las prácticas de protección de datos evolucionen junto con los cambios en la normativa y el entorno operativo.

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