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Protocolo contra el acoso laboral y de género: obligaciones legales y cómo cumplir

En este artículo hablamos sobre:

  • Todas las empresas con empleados están legalmente obligadas a contar con un protocolo específico contra el acoso.

  • Las inspecciones laborales han aumentado y las sanciones por incumplimiento superan los 6.000 euros.

  • No basta con un documento genérico; la normativa exige medidas reales, formación y canales seguros de denuncia.

  • El cumplimiento protege a la empresa de litigios y refuerza su cultura corporativa.


Una exigencia normativa que ya no admite excusas

La implantación de un protocolo contra el acoso laboral y por razón de género ha dejado de ser una recomendación para convertirse en una obligación legal para todas las empresas, sin importar su tamaño o estructura. Tanto la Ley Orgánica 3/2007 como el Real Decreto 6/2019 y el RD 901/2020 establecen la necesidad de aplicar medidas concretas que aseguren espacios laborales seguros, igualitarios y libres de cualquier forma de acoso.

Las inspecciones de trabajo se han intensificado en los últimos años y las sanciones son cada vez más frecuentes. Ya no basta con contar con un documento genérico o haber realizado una formación puntual. Las autoridades exigen un protocolo real, efectivo y conocido por toda la plantilla.


Qué debe incluir un protocolo eficaz contra el acoso

Elementos esenciales exigidos por la normativa

Un protocolo adecuado debe estar personalizado en función del tamaño, el sector y las características de la empresa. Es imprescindible que incluya medidas preventivas, un canal seguro y anónimo para la denuncia, y una estrategia clara de actuación ante situaciones de acoso. También es obligatorio impartir formación específica y actualizada a todo el personal.

La ausencia de estas medidas no solo expone a la empresa a sanciones, sino también a la pérdida de reputación, demandas judiciales y a la responsabilidad directa del empresario o gerente.

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Consecuencias del incumplimiento

Las empresas que no cumplen con esta normativa se enfrentan a diversos riesgos legales y económicos:

  • Multas superiores a los 6.000 euros, incluso para microempresas.

  • Responsabilidad directa del empresario si no se previene adecuadamente un caso de acoso.

  • Daño reputacional y pérdida de confianza interna.

  • Posibles demandas si no se puede acreditar que existía un protocolo activo y eficaz.

En muchos casos, las empresas sancionadas no eran conscientes del incumplimiento, confiadas en documentos genéricos o formaciones no adaptadas a la normativa vigente.


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  • Formación obligatoria actualizada para todo el personal.

  • Canal de denuncias seguro y anónimo, conforme al RGPD.

  • Asesoramiento jurídico especializado continuo.

  • Auditorías periódicas de cumplimiento normativo.

Todo ello desde solo 75 € + IVA al año, según indican en su página web. Una inversión accesible frente a los riesgos que implica no cumplir con la ley.


El cumplimiento como motor de cultura y prevención

Más allá de evitar sanciones, contar con un protocolo contra el acoso permite a las empresas proteger a su equipo, prevenir conflictos, mejorar el ambiente laboral y reforzar su imagen como organizaciones responsables y comprometidas.

Cumplir con esta obligación legal no solo es una exigencia, es una oportunidad para transformar la cultura corporativa y garantizar un entorno de trabajo más seguro, justo y respetuoso. La ley ya no da margen, y la inspección laboral tampoco.

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