La digitalización de los servicios públicos ha llevado a las entidades locales a gestionar cada vez más información crítica a través de sistemas informáticos. Datos personales de ciudadanos, expedientes administrativos, plataformas de tramitación electrónica… todo ello requiere medidas eficaces de protección. Pero ¿cómo garantizar que esos sistemas cumplen con las exigencias legales y están verdaderamente protegidos frente a amenazas?
En este artículo conocerás qué pasos debe seguir una entidad local para adaptar sus sistemas al Esquema Nacional de Seguridad (ENS), un marco normativo esencial para asegurar la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información en el ámbito público.
La correcta implementación del Esquema Nacional de Seguridad no solo es una obligación, sino también una oportunidad para profesionalizar la seguridad informática municipal.
¿Por qué es obligatorio el ENS para entidades locales?
El Esquema Nacional de Seguridad se regula mediante el Real Decreto 311/2022 y establece los principios, requisitos y medidas que deben adoptar las administraciones públicas y sus proveedores tecnológicos para garantizar la seguridad de la información y los servicios electrónicos.
Esto incluye de forma explícita a:
Ayuntamientos
Diputaciones
Cabildos y consejos insulares
Mancomunidades
Consorcios y entidades dependientes
Cualquier sistema que trate con datos o servicios digitales en el sector público debe ajustarse a los criterios del ENS, sin excepción.
Consecuencias de no adaptar los sistemas al ENS
No cumplir con el Esquema Nacional de Seguridad puede tener efectos muy graves para una entidad local:
Responsabilidad administrativa por incumplimiento normativo.
Sanciones económicas si se vulneran datos personales.
Pérdida de subvenciones o fondos europeos ligados a la transformación digital.
Inhabilitación para ofrecer servicios electrónicos.
Reputación institucional afectada ante la ciudadanía.
Por eso es clave entender qué pasos concretos hay que dar para adaptarse al ENS y evitar estos riesgos.
Paso a paso: cómo adaptar una entidad local al ENS
A continuación, te contamos cómo puede una entidad local abordar este proceso de forma ordenada y eficaz, cumpliendo con todos los requisitos legales.
1. Nombramiento de responsables y definición del alcance
El primer paso es definir el alcance del sistema de información a certificar y asignar responsabilidades claras dentro de la organización. Esto incluye:
Responsable de la información
Responsable del servicio
Responsable de seguridad
Responsable del sistema
Esta definición es clave para que cada persona sepa cuál es su papel en la protección de los activos digitales.
2. Clasificación de los sistemas
Una de las exigencias clave del ENS es clasificar cada sistema de información en función de tres criterios:
Confidencialidad
Integridad
Disponibilidad
Esta clasificación permite determinar el nivel de seguridad requerido (básico, medio o alto), lo cual influirá en las medidas a implantar. Por ejemplo:
Un portal de cita previa municipal puede clasificarse con disponibilidad media.
Un sistema de gestión de expedientes con datos personales probablemente requiera confidencialidad alta.
3. Análisis de riesgos
Con la clasificación en mano, la entidad debe realizar un análisis de riesgos detallado, identificando:
Amenazas potenciales (ransomware, errores humanos, accesos no autorizados…)
Vulnerabilidades de los sistemas actuales
Impacto que tendría un incidente sobre la ciudadanía o el servicio
Este análisis es esencial para priorizar y justificar las medidas de seguridad a aplicar.
4. Implantación de medidas del ENS
El ENS establece requisitos mínimos organizativos, operativos y técnicos, agrupados en:
Marco organizativo: políticas de seguridad, gestión documental, formación.
Marco operacional: control de accesos, gestión de incidentes, continuidad.
Protección de servicios: autenticación, cifrado, respaldo, monitorización…
Las medidas deben implantarse en función del nivel de seguridad determinado. Por ejemplo:
Para un sistema de nivel medio, el cifrado de la información es obligatorio.
Para uno de nivel alto, se exige autenticación multifactor y registro detallado de eventos.
Es aquí donde el Esquema Nacional de Seguridad actúa como una guía práctica para implantar las protecciones necesarias.
5. Elaboración de la documentación técnica
Todo el proceso debe quedar documentado. El ENS exige disponer de los siguientes documentos:
Política de seguridad de la información
Normativa interna de seguridad
Procedimientos operativos
Plan de adecuación
Registro de activos
Análisis de riesgos
Declaración de aplicabilidad
Esta documentación no solo sirve para el control interno, sino que será necesaria en las auditorías externas.
6. Auditoría de conformidad
Una vez implantadas las medidas, la entidad debe someterse a una auditoría independiente para verificar la adecuación al ENS. Esta auditoría:
Evalúa si se han aplicado correctamente las medidas.
Revisa la documentación disponible.
Emite un informe con observaciones y posibles mejoras.
El resultado será una declaración de conformidad, obligatoria para sistemas de nivel medio o alto.
7. Registro en el sistema de notificaciones de la AGE
Las entidades locales deben registrar sus sistemas conformes al ENS en el portal oficial de la Administración General del Estado (AGE), como parte de su interoperabilidad.
Este registro permite demostrar el cumplimiento normativo ante terceros, acceder a servicios de la AGE y participar en proyectos de digitalización.
Buenas prácticas para una implantación efectiva del ENS
Para garantizar una adaptación ágil y eficaz, conviene seguir ciertas recomendaciones:
Contar con asesoría experta externa, especialmente en análisis de riesgos y auditorías.
Implicar a todos los departamentos municipales, no solo al técnico.
Adaptar las medidas a la realidad de la entidad, priorizando lo esencial.
Formar al personal, ya que el error humano es una de las principales fuentes de brechas.
Revisar y mejorar continuamente, como exige el propio ENS.
Cada entidad local tiene sus particularidades, pero el cumplimiento del ENS es siempre posible con un enfoque organizado y realista.
Casos frecuentes de adaptación en entidades locales
Muchas administraciones locales ya han dado el paso hacia el ENS. Algunos ejemplos de situaciones típicas:
Ayuntamientos pequeños que han comenzado adaptando solo su sede electrónica, para después ampliar el alcance.
Mancomunidades que han integrado políticas comunes entre varias entidades.
Entidades con proveedores tecnológicos que han incluido cláusulas ENS en sus contratos para asegurar el cumplimiento.
En todos estos casos, la clave ha sido planificar bien los pasos, contar con apoyo especializado y priorizar según el nivel de riesgo.
Adaptación al ENS y fondos europeos
Es importante destacar que la adecuación al ENS es un requisito para acceder a muchos fondos europeos ligados a la transformación digital, especialmente los del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Next Generation EU).
Por tanto, no solo se trata de cumplir la ley, sino de abrir la puerta a nuevas oportunidades de financiación y modernización tecnológica.
¿Y después de adaptarse al ENS?
El cumplimiento del ENS no es un punto final. La norma exige:
Revisiones periódicas del sistema.
Actualización del análisis de riesgos ante cualquier cambio relevante.
Auditorías bienales obligatorias para sistemas de nivel medio o alto.
Mantenimiento del ciclo de mejora continua.
Solo así se garantiza que la seguridad evoluciona al ritmo de las amenazas tecnológicas.
Apoyo experto para entidades locales
La aplicación del Esquema Nacional de Seguridad en entidades locales requiere una visión técnica, legal y organizativa que permita cumplir con la norma sin paralizar la actividad institucional.
En Audidat acompañamos a ayuntamientos y entidades públicas en todo el proceso: desde el diagnóstico inicial hasta la auditoría final, con soluciones adaptadas a la realidad de cada municipio, sin compromiso y con un enfoque totalmente práctico.
Contáctanos si tu entidad necesita aplicar el Esquema Nacional de Seguridad de forma eficaz y conforme a la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre ENS en entidades locales
¿Es obligatorio implantar el ENS en un ayuntamiento pequeño?
Sí, todos los ayuntamientos que gestionen servicios digitales o datos personales están obligados, independientemente de su tamaño.
¿Quién debe encargarse del ENS dentro del ayuntamiento?
La responsabilidad suele recaer en el área de informática o modernización, pero deben implicarse todas las áreas implicadas en el tratamiento de la información.
¿Cuánto tiempo se tarda en adaptarse al ENS?
Depende del tamaño de la entidad y de su madurez digital. Un proceso completo puede durar entre 3 y 12 meses.
¿Es necesario renovar la auditoría del ENS?
Sí, las auditorías de conformidad deben renovarse cada dos años si el sistema está clasificado como nivel medio o alto.