Desde el 4/3/2024, empresas de más de 50 empleados deben implantar obligatoriamente el protocolo de acoso LGTBI

Desde el 4/3/2024, empresas de más de 50 empleados deben implantar obligatoriamente el protocolo de acoso LGTBI

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La Agencia de Protección de Datos culpa a Moncloa de su interinidad y niega el limbo legal

En este artículo hablamos sobre:

  • La AEPD atribuye al Gobierno la situación de interinidad desde hace casi cinco años.
  • Niegan la existencia de un limbo legal que afecte las multas impuestas.
  • Una sentencia de 2022 avala la interinidad y legalidad de las sanciones.
  • El Real Decreto 389/2021 suprimió el cargo de directora de la AEPD.

 

Interinidad por causas ajenas a la AEPD

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) atribuye a «causas ajenas» la situación de interinidad desde que el mandato de su presidenta, Mar España, caducó hace casi cinco años. Fuentes de la AEPD señalan al Gobierno como responsable de que España no pueda abandonar sus funciones, pese a que su cargo fue eliminado por el Ejecutivo mediante Real Decreto en junio de 2021. Además, niegan que exista un limbo legal que ponga en riesgo los cerca de 80 millones en multas impuestas por la agencia desde entonces.

Aval legal a la interinidad

Una sentencia de la Audiencia Nacional de 2022 avala la situación de interinidad y la legalidad de las sanciones impuestas por Mar España, a pesar de que el cargo de directora de la agencia fue suprimido en el Real Decreto 389/2021. Este decreto establecía la creación de nuevos cargos: un presidente y un adjunto a la Presidencia, que debían sustituir a España.

El exmagistrado del Tribunal Supremo y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), Javier Borrego, argumenta que todas las sanciones impuestas por Mar España desde el 2 de junio de 2021 son nulas, al haber sido suprimido el cargo de directora.

Sentencia de la Audiencia Nacional

Fuentes de la AEPD defienden que una sentencia de la Audiencia Nacional de 2022 avaló plenamente la interinidad de su máxima responsable. Este fallo se produjo en respuesta a un recurso de Caixabank contra una sanción de 50.000 euros impuesta por Mar España en 2020. Sin embargo, Borrego señala que esta sentencia no es aplicable para defender la actual permanencia de Mar España, ya que fue dictada antes de la eliminación del cargo de directora.

Diferentes interpretaciones y menoscabo de caudales

El Gobierno puede cesar a Mar España al finalizar su mandato de cuatro años, pero según la AEPD, la normativa no contempla un término automático del mandato sin un Real Decreto de cese. Borrego cuestiona esta interpretación y sostiene que, al haberse suprimido el cargo, la situación actual de Mar España provoca un menoscabo de los caudales públicos, ya que ocupa un cargo inexistente desde junio de 2021.

Transparencia y futuro de la AEPD

La AEPD defiende la transparencia de sus finanzas, aunque el Tribunal de Cuentas ha señalado que sigue utilizando como recursos propios el dinero obtenido de las multas impuestas. Durante la tramitación de la Ley de 2018, se solicitó una disposición transitoria para que el mandato de Mar España siguiera siendo de cuatro años.

El PSOE y el PP pactaron el nombramiento de un nuevo presidente y un adjunto para la AEPD, pero el Tribunal Supremo anuló estos nombramientos por no respetar los principios de mérito, capacidad, competencia e idoneidad.

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