El Tribunal de Apelación de Bruselas ha declarado ilegal el modelo de consentimiento utilizado por Google, Microsoft, Amazon y X para la publicidad basada en seguimiento.
El fallo considera que este sistema incumple el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) al no garantizar un consentimiento válido.
Amnistía Internacional celebra la decisión como una victoria clave para el derecho a la privacidad en Europa.
El modelo actual permite la difusión masiva de datos personales sin un control efectivo sobre su tratamiento.
Bruselas tumba el modelo de consentimiento en la publicidad online
El pasado 14 de mayo, el Tribunal de Apelación de Bruselas emitió una resolución clave para la privacidad digital en Europa. El fallo concluye que el sistema de consentimiento en el que se basa la publicidad personalizada de gigantes tecnológicos como Google, Microsoft, Amazon y X vulnera la legislación de protección de datos de la Unión Europea.
La decisión se refiere directamente al modelo basado en el denominado Marco de Transparencia y Consentimiento (TCF), que emplea ventanas emergentes para obtener el consentimiento de los usuarios. Según el tribunal, este enfoque no garantiza un consentimiento informado, libre y específico, como exige el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
Amnistía Internacional: “Una victoria para la privacidad”
Hannah Storey, asesora de política sobre Tecnología y Derechos Humanos en Amnistía Internacional, calificó el fallo como “una gran victoria para el derecho a la privacidad”. Storey subrayó que la resolución lanza un mensaje claro: “Las empresas tecnológicas deben abandonar la publicidad basada en la vigilancia y sustituirla por modelos más respetuosos con los derechos humanos”.
La experta denunció que el actual sistema de pujas en tiempo real para la publicidad online recopila datos personales sensibles como hábitos de lectura, ubicación, gustos e incluso estado de salud, sin que el usuario tenga un control efectivo sobre su información.
Intercambio masivo de datos sin control efectivo
Storey explicó que cada vez que una persona accede a una página web, se activa un sistema que comparte su información personal con miles de empresas en cuestión de segundos. Estas compañías compiten entre sí para mostrar un anuncio al usuario, sin que exista una supervisión adecuada sobre el uso de esos datos.
Este modelo, en opinión de Amnistía Internacional, constituye una violación sistemática y masiva del derecho a la privacidad, ya que no hay garantías reales de que los datos se utilicen de forma transparente, proporcional y lícita.
El RGPD, en el centro del debate
Las grandes plataformas han defendido en repetidas ocasiones que su sistema se ajusta al RGPD, una norma europea adoptada en 2016 para reforzar la protección de los datos personales. Sin embargo, la resolución del Tribunal belga pone en entredicho esta interpretación, y deja claro que el consentimiento solicitado mediante mecanismos como los banners emergentes no cumple los estándares establecidos por la normativa.