- A partir del 2 de diciembre de 2024, esá obligatorio registrar los datos de los viajeros en la plataforma SES.HOSPEDAJES del Ministerio del Interior.
- La normativa aplica a todo tipo de alojamientos turísticos y plataformas digitales de intermediación.
- Los datos requeridos incluyen información personal de los huéspedes, detalles del contrato y transacciones.
- Las sanciones por incumplimiento varían entre 100 y 30.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.
¿Qué establece el Real Decreto 933/2021?
El Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, regula las obligaciones de registro documental e información para actividades de hospedaje y alquiler de vehículos sin conductor. El objetivo es fortalecer la seguridad ciudadana, exigiendo a los alojamientos recopilar y comunicar datos de sus huéspedes.
La normativa es aplicable a todas las tipologías de alojamientos turísticos (hoteles, apartamentos, campings, etc.) y también a las plataformas digitales de reservas.
SES.HOSPEDAJES: la nueva plataforma obligatoria
El Ministerio del Interior ha desarrollado la plataforma SES.HOSPEDAJES para centralizar la comunicación de los datos requeridos por el Real Decreto. Esta herramienta reemplaza las actuales plataformas utilizadas por la Policía Nacional y la Guardia Civil.
¿Cuándo entra en vigor?
Aunque el Real Decreto 933/2021 está en vigor desde enero de 2023, el uso obligatorio de SES.HOSPEDAJES comenzó el 2 de diciembre de 2024.
¿Qué datos deben comunicarse?
La plataforma requiere más información que los sistemas anteriores, distinguiendo entre:
Datos de los viajeros:
- Nombre completo.
- Sexo.
- Número y tipo de documento de identidad.
- Nacionalidad.
- Fecha de nacimiento.
- Dirección de residencia habitual.
- Teléfono y correo electrónico.
- Número de viajeros y parentesco (si hay menores de edad).
Datos de la transacción:
- Referencias del contrato: número, fecha y firmas.
- Fechas y horas de entrada y salida.
- Datos del inmueble: dirección, habitaciones y conexión a Internet.
- Información del pago: tipo de pago, titular, número de tarjeta, fecha de caducidad y fecha del pago.
¿Qué pasa si no se cumple con la normativa?
El incumplimiento de las obligaciones de registro puede derivar en sanciones económicas, según el tipo de infracción:
Infracciones leves:
- Presentar información incompleta o fuera de plazo.
- Errores en los datos de los huéspedes.
- Sanciones: entre 100 y 600 euros.
Infracciones graves:
- No figurar en el registro como proveedor de alojamiento.
- No comunicar los datos de los huéspedes.
- Sanciones: entre 601 y 30.000 euros.
¿Qué hacer si un huésped se niega a proporcionar sus datos?
En caso de que un huésped se niegue a facilitar la información requerida, el alojamiento podrá denegarle el acceso al establecimiento, ya que los datos son obligatorios según la normativa.
Implicaciones para los alojamientos
Con la entrada en vigor de SES.HOSPEDAJES, los alojamientos deben:
- Registrar su establecimiento en la plataforma antes del 2 de diciembre de 2024.
- Actualizar sus sistemas para recopilar y comunicar los datos requeridos de manera eficiente.
- Asegurarse de que los datos sean correctos y completos para evitar sanciones.
El Real Decreto 933/2021 representa un paso importante en la protección de la seguridad ciudadana y la digitalización de los procesos administrativos. Para los establecimientos turísticos, su correcta implementación es clave para garantizar el cumplimiento normativo y evitar sanciones.