Muchas empresas, ante la obligación legal de disponer de un plan de igualdad, se encuentran con una realidad desafiante: no saben por dónde empezar, qué exige exactamente la normativa ni cómo garantizar que el proceso sea eficaz y legalmente válido. Lo que comienza como un intento de cumplimiento puede acabar en un documento genérico, mal registrado o directamente ineficaz, con graves consecuencias.
Si estás buscando una guía para elaborar un plan de igualdad que cumpla con todos los requisitos legales y aporte valor real a tu organización, este artículo te ofrece una explicación clara, práctica y actualizada. Conocerás los pasos imprescindibles, los errores que debes evitar y las claves para que tu plan sea una herramienta útil de transformación y mejora.
Cerca del inicio de este proceso es fundamental comprender en qué consiste el Plan de Igualdad, qué debe incluir y cómo adaptarlo a las características reales de tu empresa.
¿Qué es un plan de igualdad?
Un plan de igualdad es un instrumento organizativo y jurídico, acordado entre empresa y personas trabajadoras, que tiene como objetivo identificar desigualdades de género dentro de la empresa y establecer medidas para corregirlas y prevenir futuras discriminaciones.
Se trata de un documento estratégico que actúa en todas las áreas: acceso al empleo, formación, promoción, retribución, conciliación, acoso sexual, etc. Pero más allá de su contenido, lo esencial es el proceso estructurado que lo acompaña: diagnóstico, negociación, registro, implantación, seguimiento y evaluación.
¿Qué empresas están obligadas a elaborar un plan de igualdad?
Están legalmente obligadas a disponer de un plan de igualdad:
Empresas con 50 o más personas trabajadoras.
Aquellas cuyo convenio colectivo establezca esta obligación.
Empresas requeridas por la autoridad laboral, como medida correctora tras una infracción.
El incumplimiento puede conllevar sanciones graves, exclusión de concursos públicos o pérdida de ayudas.
Normativa aplicable
Toda guía para elaborar un plan de igualdad debe partir del conocimiento del marco normativo actual:
Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Real Decreto 901/2020, que regula el contenido, tramitación, registro y seguimiento de los planes de igualdad.
Real Decreto 902/2020, sobre igualdad retributiva.
LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social), que contempla las sanciones por incumplimiento.
Estos textos establecen las obligaciones, los procedimientos y los estándares mínimos que deben respetarse en todo plan de igualdad empresarial.
Guía paso a paso para elaborar un plan de igualdad
1. Constitución de la comisión negociadora
Este es el punto de partida obligatorio. La empresa debe constituir una comisión negociadora paritaria formada por:
Representantes de la empresa.
Representación legal de las personas trabajadoras (delegados/as sindicales o comités).
Si no existe representación legal, deben iniciarse los mecanismos previstos para facilitar su constitución o seguir el procedimiento legal correspondiente.
Esta comisión participará en todas las fases del plan: diagnóstico, diseño, negociación, firma, registro y seguimiento.
2. Realización del diagnóstico de situación
Es la base del plan. Este diagnóstico debe analizar con perspectiva de género los siguientes aspectos:
Distribución de la plantilla por sexo, categoría y jornada.
Contratación y tipos de contratos.
Retribuciones: salario base, complementos, extras.
Acceso a formación y promoción.
Ejercicio de derechos de conciliación.
Salud laboral y prevención de riesgos.
Protocolos de acoso sexual y por razón de sexo.
Debe incluir, obligatoriamente, una auditoría retributiva, que analice la brecha salarial de género y los criterios retributivos aplicados.
3. Diseño del plan de igualdad
Con los resultados del diagnóstico, se definen:
Objetivos generales y específicos.
Medidas concretas para corregir desigualdades.
Indicadores de cumplimiento.
Personas responsables.
Cronograma de aplicación.
Recursos disponibles.
Estas medidas deben ser realistas, medibles, calendarizadas y acordadas en el seno de la comisión.
4. Redacción y validación del documento
La empresa debe redactar un documento completo que contenga:
Introducción y justificación.
Diagnóstico de situación.
Objetivos del plan.
Detalle de las medidas y responsables.
Indicadores de evaluación.
Calendario de aplicación.
Procedimiento de revisión.
Acta de constitución de la comisión negociadora.
Acta de aprobación del plan.
La validación del documento debe hacerse mediante firma de ambas partes en la comisión.
5. Registro oficial del plan
Una vez aprobado, el plan debe ser registrado en el REGCON (Registro de Planes de Igualdad), a través de la sede electrónica del Ministerio de Trabajo.
Este paso es obligatorio. Si el plan no se registra, no tiene validez legal, aunque se haya implantado.
6. Implantación efectiva de las medidas
El plan no es un simple documento archivado. Debe aplicarse en la práctica:
Ejecutar las medidas en los plazos establecidos.
Formar a las personas responsables.
Comunicar internamente el contenido del plan.
Establecer canales de seguimiento accesibles.
7. Seguimiento, evaluación y revisión
La comisión debe evaluar de forma periódica la evolución del plan, mediante los indicadores definidos. Además:
Elaborar informes anuales de seguimiento.
Revisar el plan si cambian las condiciones de la empresa.
Renovarlo cada cuatro años como máximo.
Un plan sin seguimiento pierde valor y puede acabar generando incumplimientos involuntarios.
Contenido mínimo que debe tener un plan de igualdad
Según la normativa, todo plan de igualdad debe contener, al menos:
Diagnóstico previo de situación.
Resultados de la auditoría retributiva.
Objetivos definidos.
Medidas aplicables y calendario.
Identificación de responsables.
Indicadores de seguimiento.
Procedimientos de evaluación.
Sistema de revisión o actualización.
Actas de la comisión negociadora.
Registro en REGCON.
¿Qué ocurre si el plan está mal elaborado?
Elaborar un plan incorrectamente o incumplir el procedimiento puede tener graves consecuencias:
Multas económicas que pueden superar los 200.000 euros.
Pérdida de contratos públicos o ayudas.
Inspecciones laborales con repercusiones legales.
Invalidez del plan, aunque se haya implantado.
Además, genera desconfianza interna y puede dar lugar a denuncias por discriminación o trato desigual.
Errores comunes al elaborar un plan de igualdad
Una buena guía para elaborar un plan de igualdad también debe advertir de los errores más frecuentes:
Copiar modelos genéricos sin adaptar a la empresa.
Omitir el diagnóstico o hacerlo superficialmente.
No incluir a la representación legal en la negociación.
Registrar el plan fuera de plazo o con documentación incompleta.
No realizar auditoría retributiva.
No aplicar las medidas en la práctica.
No hacer seguimiento ni evaluación.
Evitar estos errores requiere conocimientos técnicos, experiencia y un enfoque estratégico.
Beneficios de elaborar correctamente un plan de igualdad
Además del cumplimiento legal, un plan de igualdad bien diseñado e implantado genera múltiples beneficios:
Mejora el clima laboral y la retención del talento.
Refuerza la reputación corporativa.
Aumenta las oportunidades en licitaciones públicas.
Previene conflictos y denuncias.
Favorece una cultura organizativa moderna, equitativa y productiva.
No es solo una obligación legal, es una oportunidad de mejora integral para la empresa.
El papel de las pymes en la igualdad
Las pequeñas y medianas empresas, aunque no siempre están obligadas, también pueden beneficiarse de elaborar un plan de igualdad:
Acceden a subvenciones o contratos públicos.
Mejoran la gestión de personas y la conciliación.
Ganan en competitividad y diferenciación.
Además, algunos convenios sectoriales ya obligan a pymes a disponer de plan, aunque tengan menos de 50 personas trabajadoras.
Soluciones profesionales para elaborar tu plan de igualdad
Si tu empresa necesita elaborar un plan eficaz, completo y sin errores, podemos ayudarte en cada fase: desde la constitución de la comisión hasta el registro y seguimiento.
Nuestro equipo especializado aplica la normativa con precisión y adapta cada plan a las características reales de la organización. El resultado es un documento útil, legalmente válido y estratégicamente valioso. Solicita más información sobre nuestro Plan de Igualdad.
Preguntas frecuentes sobre la elaboración del plan de igualdad
¿Cuánto dura el proceso de elaboración de un plan de igualdad?
Depende del tamaño de la empresa, pero suele durar entre 2 y 4 meses, incluyendo diagnóstico, negociación, redacción y registro.
¿Es obligatorio registrar el plan de igualdad?
Sí. El registro en REGCON es obligatorio y condición necesaria para que el plan sea legalmente válido.
¿Qué ocurre si no tengo representación legal de los trabajadores?
Debes iniciar un proceso de consulta para facilitar su constitución. Si no es posible, existen procedimientos alternativos definidos en el RD 901/2020.
¿Cada cuánto tiempo se debe revisar el plan?
Cada cuatro años como máximo, o antes si hay cambios significativos en la estructura o procesos de la empresa.
¿Puedo hacer un plan de igualdad voluntariamente?
Sí. Muchas empresas no obligadas lo hacen por razones estratégicas: acceso a ayudas, licitaciones, mejora del entorno laboral y reputación corporativa.