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Proteger los datos personales de menores en clubes deportivos

En este artículo hablamos sobre:

La participación de niños y adolescentes en actividades deportivas implica algo más que entrenamiento y competición. Detrás de cada inscripción, ficha médica o fotografía de equipo, se está gestionando información sensible: los datos personales de menores. ¿Están realmente protegidos en los clubes y federaciones deportivas? ¿Se conocen las obligaciones legales que conlleva su tratamiento?

En muchos casos, estas entidades recopilan datos sin aplicar medidas adecuadas de privacidad, exponiendo a los menores —y a la propia organización— a riesgos legales y reputacionales. El cumplimiento de la normativa de protección de datos es especialmente exigente cuando se trata de menores de edad, considerados por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) como un grupo vulnerable que requiere una protección reforzada.

Establecer protocolos claros y actualizados conforme a la Protección de datos es clave para que los clubes y federaciones garanticen la seguridad de la información y cumplan con sus responsabilidades legales.

¿Por qué los datos de menores exigen una protección reforzada?

El RGPD y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) establecen que el tratamiento de datos personales de menores de edad debe realizarse con especial cautela, aplicando principios de minimización, transparencia y seguridad.

Estos datos pueden incluir:

  • Nombre, edad y fecha de nacimiento.

  • Datos de salud (certificados médicos, alergias, lesiones).

  • Fotografías o vídeos en entrenamientos y competiciones.

  • Datos académicos o escolares vinculados a becas o programas de conciliación.

  • Información de contacto de progenitores o tutores.

Al tratarse de un colectivo que no tiene plena capacidad jurídica, el consentimiento debe provenir de sus representantes legales, y cualquier comunicación o publicación debe valorar previamente el impacto sobre su privacidad.

Riesgos habituales en clubes y federaciones deportivas

En este artículo verás cómo determinadas prácticas extendidas pueden vulnerar la normativa y poner en peligro tanto a los menores como a las entidades responsables:

1. Inscripciones sin consentimiento informado

Muchos clubes utilizan formularios sin cláusulas de información claras o sin recoger el consentimiento expreso del padre, madre o tutor legal. Esto supone una infracción directa del RGPD.

2. Difusión no controlada de imágenes

Publicar fotografías o vídeos de entrenamientos, eventos o celebraciones en redes sociales sin el consentimiento correspondiente es una de las prácticas más sancionadas.

3. Recopilación excesiva de datos

Solicitar más información de la necesaria, como datos académicos no relevantes o información médica sin justificación legal, puede suponer una vulneración del principio de minimización.

4. Almacenamiento inseguro de información

Guardar fichas físicas sin protección, carpetas digitales sin contraseñas o usar aplicaciones sin medidas de seguridad adecuadas implica un alto riesgo de acceso no autorizado.

5. Acceso inadecuado por parte del personal

Permitir que entrenadores, monitores o voluntarios accedan a datos sin necesidad o sin formación específica en protección de datos puede derivar en usos indebidos o filtraciones.

Requisitos legales en el tratamiento de datos de menores

Conocerás en detalle las principales obligaciones legales que deben cumplir los clubes y federaciones deportivas al tratar datos personales de menores:

Consentimiento de los tutores legales

El tratamiento solo es legítimo si se cuenta con el consentimiento explícito del padre, madre o tutor legal. En España, este consentimiento es obligatorio hasta los 14 años de edad.

Información clara y accesible

Se debe informar de manera sencilla y comprensible sobre el uso que se hará de los datos, su finalidad, el tiempo de conservación y los derechos que asisten a los titulares.

Contratos con encargados del tratamiento

Si la entidad trabaja con plataformas de gestión deportiva, fotógrafos o empresas de comunicación, debe firmar contratos de encargo del tratamiento que garanticen el cumplimiento del RGPD.

Registro de actividades de tratamiento

Es obligatorio documentar cómo se recogen, almacenan, comparten y eliminan los datos personales, incluyendo medidas de seguridad y responsables internos.

Medidas de seguridad reforzadas

Los datos de menores deben estar protegidos mediante contraseñas, cifrado, accesos restringidos y copias de seguridad seguras.

Protocolo de gestión de incidencias

Debe existir un plan claro de actuación en caso de filtración, pérdida o acceso indebido a los datos, con obligaciones de notificación a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en un plazo máximo de 72 horas.

 

CONSIGUE LA GUÍA ESENCIAL PARA DIRECTIVOS
PREVENCIÓN DE RIESGOS LEGALES Y PENALES

Buenas prácticas para proteger los datos personales de menores en el entorno deportivo

Te contamos cómo implantar medidas realistas que garanticen la privacidad de los menores sin frenar el desarrollo de la actividad deportiva:

  • Recoger siempre el consentimiento firmado por los tutores legales antes de inscribir al menor o difundir cualquier tipo de imagen.

  • Evitar almacenar datos sensibles innecesarios, y limitar el acceso a esta información solo al personal estrictamente autorizado.

  • Formar al personal técnico y administrativo sobre las obligaciones legales en protección de datos y la gestión adecuada de la información personal.

  • Supervisar las redes sociales y medios digitales donde se difunda contenido relacionado con los menores.

  • Revisar periódicamente los protocolos internos para asegurarse de que cumplen con los estándares actuales de seguridad y privacidad.

Estas prácticas no solo evitan sanciones, sino que generan confianza entre las familias y refuerzan la imagen ética de la entidad.

Casos reales de sanciones en clubes deportivos

La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto sanciones a clubes por:

  • Publicar imágenes de menores en redes sociales sin consentimiento.

  • Almacenar datos médicos sin base legal ni medidas de seguridad.

  • Compartir listados con información personal entre entrenadores no autorizados.

Estos ejemplos muestran que la responsabilidad no se limita a grandes organizaciones: cualquier entidad que trate datos de menores está sujeta a las mismas obligaciones y puede ser sancionada si no cumple con ellas.

Contar con asesoramiento profesional como el que proporciona la Protección de datos permite evitar errores y adaptar cada procedimiento a las exigencias reales de la normativa.

¿Cómo implementar un sistema eficaz de protección de datos en clubes y federaciones?

En esta sección conocerás los pasos clave para garantizar la conformidad legal desde la base:

1. Auditoría inicial de datos y procesos

Identificar qué datos personales se recogen, para qué se utilizan, quién los gestiona y cómo se almacenan.

2. Redacción de cláusulas informativas y formularios

Adaptar los documentos de inscripción, autorizaciones y consentimientos a la normativa vigente, con lenguaje claro y accesible.

3. Diseño de políticas internas

Establecer protocolos específicos sobre recogida, uso, almacenamiento, publicación y eliminación de datos personales de menores.

4. Firma de contratos con terceros

Formalizar acuerdos con proveedores de servicios que accedan a los datos: plataformas de gestión, empresas audiovisuales, organizadores de eventos, etc.

5. Formación del personal

Incluir formación básica en protección de datos en la inducción de entrenadores, monitores y voluntarios, y reforzarla periódicamente.

6. Supervisión y revisión continua

Actualizar las medidas implantadas según evolucionen los riesgos, las tecnologías o los servicios ofrecidos por la entidad.

La implantación de estas acciones garantiza una protección sólida, proporcional y responsable, adaptada a la realidad de cada organización.

La privacidad como parte del compromiso educativo y deportivo

El respeto a la privacidad es un valor formativo más. Integrar la protección de datos en la gestión diaria de un club o federación refuerza la confianza de las familias, transmite profesionalidad y muestra una preocupación real por el bienestar integral de los menores.

Además, en muchos programas públicos de subvención o colaboración, se valora de forma positiva que las entidades deportivas acrediten el cumplimiento normativo, lo que puede abrir nuevas oportunidades de financiación o colaboración institucional.

Conclusión: proteger los datos es proteger a los menores

La actividad deportiva es una herramienta poderosa para el desarrollo personal, físico y social de niños y adolescentes. Pero para que este entorno sea verdaderamente seguro, también debe serlo desde el punto de vista de la privacidad.

No basta con buenas intenciones: es necesario aplicar medidas concretas que garanticen que los datos personales de los menores están tratados conforme al RGPD.

El acompañamiento profesional en Protección de datos permite diseñar e implantar un sistema adaptado, eficaz y sin compromiso, que asegure el cumplimiento normativo sin complicar la gestión del día a día.


Preguntas frecuentes sobre protección de datos de menores en el ámbito deportivo

¿Se puede publicar una foto de un menor en redes sociales del club?

Solo si se cuenta con el consentimiento expreso del padre, madre o tutor legal, y siempre valorando el contexto de uso y la finalidad.

¿Qué edad debe tener un menor para consentir por sí mismo?

En España, el consentimiento para el tratamiento de datos personales no es válido por parte del menor hasta que cumple los 14 años.

¿Es obligatorio firmar contratos con empresas que gestionan datos del club?

Sí, si acceden a datos personales, deben actuar como encargados del tratamiento conforme al RGPD y firmar un contrato específico.

¿Qué hacer si hay una brecha de seguridad que afecta a datos de menores?

Debe notificarse a la AEPD en un plazo máximo de 72 horas y, si hay riesgo significativo, también a los tutores legales de los menores afectados.

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