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Cumplimiento Normativo Madrid Centro

Cristina López
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Compliance y Consultoría Especializada en Madrid

Audidat en Madrid se posiciona como la firma líder en consultoría integral de cumplimiento normativo, destacando en áreas clave como Compliance, Esquema Nacional de Seguridad (ENS) y Planes de Igualdad. Nuestra expertise abarca desde la implementación de rigurosos sistemas de compliance hasta el desarrollo e integración de estrategias de seguridad y igualdad, adaptadas a las necesidades específicas de cada organización en el ámbito local.

Con un profundo conocimiento de la las necesidades de las empresas locales y de la normativa nacional, Audidat Madrid ofrece soluciones personalizadas para asegurar que las empresas no solo cumplan con sus obligaciones legales, sino que también promuevan un entorno de trabajo ético, seguro y equitativo. Nuestra misión es garantizar que nuestros clientes estén a la vanguardia del cumplimiento normativo, protegiendo sus operaciones y reputación en un mercado cada vez más competitivo y regulado.

Este enfoque integral no solo refleja nuestro compromiso con la excelencia en el servicio y la adaptación a las dinámicas locales, sino que también establece a Audidat Madrid como el socio preferente para empresas que buscan navegar el complejo panorama del cumplimiento normativo con confianza y eficacia.

Actualidad de Cumplimiento Normativo en Madrid Centro

Sanciones RGPD: Guía para evitar multas de Protección de Datos

Sanciones RGPD: Guía para evitar multas de Protección de Datos

Cumplimiento normativo y Protección de datos: cómo evitar las sanciones RGPD en la empresa El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea ha supuesto uno de los cambios normativos más significativos de las últimas décadas, generando una incertidumbre considerable entre empresas de todos los tamaños. El principal desafío reside en la complejidad de su aplicación y en la necesidad de transformar procesos internos que, tradicionalmente, no habían priorizado la seguridad y la privacidad de los datos personales. Prácticamente cualquier organización que trate información de clientes, empleados o proveedores (nombres, correos, datos de salud, etc.) se enfrenta al riesgo de un incumplimiento involuntario o de ser víctima de una brecha de seguridad que dispare las alarmas. La no observancia de las directrices del RGPD no es un asunto menor. Las consecuencias de una infracción pueden ir desde una pérdida de reputación y confianza por parte del público, hasta la imposición de sanciones RGPD millonarias, que pueden alcanzar hasta 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio global anual de la empresa. Este riesgo financiero y reputacional convierte la adaptación a la normativa no solo en una obligación legal, sino en una prioridad estratégica ineludible para la supervivencia y sostenibilidad de cualquier negocio en el entorno digital actual. Este artículo tiene como objetivo principal desgranar el marco sancionador del RGPD y proporcionar una guía profesional y detallada sobre los fallos más comunes que conducen a estas penalizaciones. El lector obtendrá un conocimiento profundo sobre las obligaciones esenciales y las medidas prácticas necesarias para establecer un sistema de cumplimiento robusto. Además, exploraremos cómo un servicio de Protección de datos puede actuar como el recurso clave para minimizar la exposición al riesgo y asegurar que la gestión de datos de su empresa cumple con los estándares más exigentes. Las sanciones RGPD son multas administrativas impuestas por las Autoridades de Control (en España, la AEPD) a aquellas organizaciones que incumplen las disposiciones del Reglamento, dividiéndose en dos categorías de gravedad, que van desde los 10 hasta los 20 millones de euros, o un porcentaje de la facturación global de la empresa, según el tipo de infracción cometida. La anatomía de las sanciones RGPD: gravedad e importe Comprender la estructura de las sanciones RGPD es el primer paso para poder evitarlas. El reglamento establece una clara distinción entre dos niveles de infracciones, cada uno con su propio techo de multa, que los convierte en la herramienta coercitiva más potente a disposición de las autoridades de control europeas. Esta estructura busca ser disuasoria y garantizar que las empresas tomen muy en serio la protección de los derechos de los ciudadanos. Infracciones de nivel 1: el umbral inferior de las sanciones Este grupo engloba las infracciones consideradas de menor gravedad, aunque sus cuantías no son triviales en absoluto. Se relacionan con el incumplimiento de las obligaciones meramente administrativas y organizativas, que, si bien son fundamentales, no siempre afectan directamente a los derechos y libertades de los interesados. Límite máximo de la multa: Hasta 10 millones de euros o, en el caso de una empresa, el 2% de su volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior, optándose por la cuantía superior. Ejemplos de infracciones de nivel 1: No realizar una Evaluación de Impacto de Protección de Datos (EIPD) cuando es obligatoria. Fallo en la designación de un Delegado de Protección de Datos (DPD), si la ley lo exige. Incumplimiento de la obligación de mantener los registros de actividades de tratamiento (RAT). No notificar una brecha de seguridad a la Autoridad de Control en el plazo de 72 horas. No aplicar medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad. Infracciones de nivel 2: las multas más elevadas Las infracciones más graves atentan directamente contra los principios fundamentales de la normativa y contra los derechos de los ciudadanos. Es aquí donde las sanciones RGPD alcanzan su máximo potencial, reflejando el daño potencial a la privacidad de los interesados. Límite máximo de la multa: Hasta 20 millones de euros o, en el caso de una empresa, el 4% de su volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior, eligiéndose siempre la cifra más alta. Ejemplos de infracciones de nivel 2: Incumplimiento de los principios básicos para el tratamiento de datos, como la licitud, lealtad y transparencia. Tratamiento de datos sin contar con una base jurídica válida (consentimiento, interés legítimo, etc.). Violación de los derechos de los interesados (acceso, rectificación, supresión, oposición, etc.). Transferencias internacionales de datos personales sin las garantías adecuadas. Incumplimiento de las órdenes o las limitaciones impuestas por la Autoridad de Control. ¿Cómo determinan las autoridades el importe de las sanciones RGPD? El hecho de que una infracción grave tenga un límite de 20 millones de euros no significa que todas las multas alcancen ese importe. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), al igual que sus homólogas europeas, aplica una serie de criterios de graduación (recogidos en el Artículo 83 del RGPD) para individualizar la sanción y garantizar que esta sea efectiva, proporcionada y disuasoria. Criterios clave para la graduación de las multas La evaluación es multifactorial y tiene en cuenta tanto la naturaleza de la infracción como la actitud y la capacidad de reacción de la organización responsable. Los criterios más influyentes incluyen: Criterio de Graduación Descripción e Impacto en la Multa Naturaleza, gravedad y duración Se evalúa el número de afectados, la categoría de los datos (especialmente sensibles) y el tiempo que duró la infracción. Mayor gravedad = Mayor multa. Intencionalidad o negligencia ¿Fue un error involuntario o una acción deliberada? La negligencia grave aumenta significativamente la sanción. Medidas adoptadas Si el responsable ha tomado medidas paliativas inmediatas para minimizar los daños. Esto puede ser un atenuante clave. Grado de cooperación Cooperación con la Autoridad de Control durante la investigación. La obstrucción es un agravante. Tipo de datos personales El tratamiento de datos sensibles (salud, opiniones políticas, datos biométricos, etc.) siempre eleva el riesgo de la sanción. Beneficios obtenidos Si la infracción

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Consultoría de Protección de Datos RGPD LOPD para Empresas

Consultoría de Protección de Datos RGPD LOPD para Empresas

El desafío de la protección de datos en la era digital El vertiginoso avance tecnológico ha traído consigo una avalancha de datos personales, transformando la manera en que las empresas interactúan con sus clientes y empleados. Sin embargo, esta revolución de la información presenta un desafío formidable: el cumplimiento normativo. Hoy, más que nunca, los empresarios, directores de recursos humanos y responsables de tecnología se enfrentan a la ardua tarea de proteger la información sensible, no solo como una obligación ética, sino como un requisito legal ineludible. La falta de un marco de seguridad y legal sólido expone a cualquier organización, independientemente de su tamaño o sector, a vulnerabilidades críticas. La relevancia de abordar este problema con seriedad se mide en el riesgo de severas repercusiones. La legislación vigente, principalmente el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), establece un marco estricto cuyo incumplimiento puede acarrear sanciones millonarias por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Más allá de las multas, una brecha de seguridad o una gestión deficiente de los datos destruyen la confianza del cliente y erosionan la reputación corporativa, afectando directamente la continuidad del negocio. Este artículo tiene como propósito fundamental desgranar la complejidad de la normativa y ofrecer una guía práctica sobre cómo una Consultoría de Protección de Datos RGPD LOPD para Empresas se convierte en el aliado estratégico esencial. Explicaremos en detalle las obligaciones legales, los procesos de implementación necesarios y cómo el servicio de Protección de datos de Audidat puede blindar legalmente a su organización, transformando el cumplimiento de una carga a una ventaja competitiva. Una consultoría de protección de datos RGPD LOPD para empresas se define como el servicio profesional especializado que acompaña a una organización en la adaptación, implementación y mantenimiento de todos los requisitos legales establecidos por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) europeo y la legislación española vigente, la LOPDGDD. Su objetivo es garantizar la legalidad en el tratamiento de datos personales, minimizando riesgos y evitando sanciones. La consultoría de protección de datos RGPD LOPD para empresas: Un pilar de la gestión moderna En el entorno empresarial actual, la gestión de la privacidad ha pasado de ser un mero trámite administrativo a un componente estructural de la estrategia de negocio. Contar con una Consultoría de Protección de Datos RGPD LOPD para Empresas ya no es una opción, sino una necesidad imperiosa para cualquier entidad que maneje datos de clientes, empleados, proveedores o cualquier otro interesado. Esta asesoría especializada no solo se encarga de la documentación legal, sino que también implementa procesos, forma al personal y actúa como un vigilante constante del cumplimiento normativo. La complejidad del marco legal exige un conocimiento profundo y actualizado. El RGPD, al ser un reglamento de aplicación directa en toda la Unión Europea, establece principios como la privacidad desde el diseño (Privacy by Design) y por defecto (Privacy by Default), que requieren una revisión integral de todos los sistemas y procesos internos. La LOPDGDD, por su parte, complementa el reglamento europeo, aterrizándolo a la realidad española y detallando aspectos como los derechos digitales. ¿Por qué externalizar la consultoría de protección de datos rgpd lopd para empresas? Delegar la responsabilidad de la adaptación legal a un consultor externo ofrece beneficios tangibles que justifican la inversión, especialmente para pymes y grandes empresas que carecen de un departamento legal interno especializado en esta materia. Experiencia y actualización: Los consultores manejan un conocimiento técnico y legal especializado, manteniéndose al día de las constantes interpretaciones y guías de la AEPD. Ahorro de recursos: Permite a la empresa enfocarse en su core business, liberando tiempo y personal que, de otro modo, deberían dedicarse a tareas complejas de cumplimiento. Visión externa e imparcial: Un consultor aporta una perspectiva objetiva sobre las debilidades y riesgos de la organización, identificando áreas de mejora que los equipos internos podrían pasar por alto. Reducción de riesgos: La implementación por parte de expertos minimiza el riesgo de errores que podrían desencadenar inspecciones o sanciones. Fases clave en la implementación de la consultoría de protección de datos rgpd lopd La adaptación al marco normativo no es un evento único, sino un proceso continuo que requiere de una metodología estructurada. Una Consultoría de Protección de Datos RGPD LOPD para Empresas bien ejecutada se desarrolla a través de varias fases bien definidas, cada una con objetivos específicos para asegurar una implementación total y efectiva. 1. Auditoría inicial y análisis de riesgos La primera fase es un diagnóstico exhaustivo de la situación actual de la empresa. El consultor realiza un inventario de todos los tratamientos de datos personales que se llevan a cabo. Identificación de flujos de datos: Se mapea el ciclo de vida del dato, desde la recogida (formularios web, cookies, currículums) hasta su almacenamiento y posterior eliminación. Inventario de activos: Se documentan los sistemas de información, bases de datos y ubicaciones de almacenamiento donde residen los datos. Análisis de riesgos: Se evalúan los niveles de riesgo asociados a cada tratamiento (por ejemplo, el tratamiento de datos de salud es de alto riesgo) y se determina la necesidad de realizar una Evaluación de Impacto en la Protección de Datos (EIPD). 2. Desarrollo e implementación de la documentación legal Una vez conocido el riesgo, se procede a la creación o actualización de toda la documentación exigida por la normativa. La documentación debe ser rigurosa y estar alineada con los procesos reales de la organización. Documento clave Propósito principal Registro de Actividades de Tratamiento (RAT) Inventario detallado y obligatorio de cómo, por qué y qué datos se tratan. Cláusulas y textos legales Adaptación de avisos de privacidad, políticas de cookies y textos de consentimiento. Contratos de encargado de tratamiento Regulación legal de las relaciones con terceros que acceden a datos de la empresa (proveedores, software de nóminas, hosting). Protocolos de brechas de seguridad Procedimiento documentado para la notificación y gestión de incidentes de seguridad a la AEPD.   3. Implementación de

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Precio estimado de consultoría en protección de datos (RGPD)

Precio estimado de consultoría en protección de datos (RGPD)

Descubra el precio estimado de consultoría en protección de datos y el valor real de la seguridad legal de su negocio El cumplimiento normativo en materia de privacidad y protección de datos se ha convertido en una de las mayores fuentes de preocupación y complejidad para empresas de todos los tamaños y sectores. Desde el pequeño comercio hasta la gran corporación, la gestión de la información personal de clientes, empleados y proveedores está bajo la lupa de regulaciones estrictas como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en Europa. El principal desafío radica en la sensación de inseguridad y la falta de claridad sobre los pasos exactos que deben darse y, crucialmente, el coste que implica externalizar esta responsabilidad a expertos. La omisión o la gestión negligente de la protección de datos no es un riesgo teórico, sino una amenaza real con consecuencias tangibles. El espectro de las sanciones económicas impuestas por las autoridades de control (en España, la AEPD) es el más conocido, pero el perjuicio va más allá: incluye la pérdida de confianza de los clientes, la exposición a conflictos legales y, en última instancia, el deterioro irreversible de la reputación corporativa. Ante este panorama, invertir en una consultoría especializada no es un gasto, sino una medida esencial de mitigación de riesgos y garantía de continuidad de negocio. Este artículo ha sido diseñado para desgranar la estructura de costes y los factores que influyen en el precio estimado de consultoría en protección de datos, proporcionando una visión transparente y profesional del valor que obtendrá. Exploraremos cómo los modelos de servicio impactan en el presupuesto y le guiaremos a través de los entregables clave de una consultoría de protección de datos de alto nivel. Respuesta Directa: El precio estimado de una consultoría en protección de datos puede variar significativamente, oscilando generalmente entre los 500 € y más de 5.000 € anuales. Esta horquilla depende de factores críticos como el tamaño y la complejidad del negocio, el volumen y sensibilidad de los datos manejados, la necesidad de un DPO externo y el modelo de servicio (puntual o continuado). Factores clave que determinan el precio estimado de consultoría en protección de datos Comprender la variación en el precio estimado de consultoría en protección de datos requiere ir más allá de una cifra única. La consultoría no es un producto estandarizado, sino un servicio profesional y altamente personalizado. El coste final se articula en torno a la complejidad y la dedicación requerida para alinear la operativa de una organización con los rigurosos estándares del RGPD y la LOPDGDD. La dimensión y la complejidad operativa de la empresa El tamaño de la organización es un indicador primario del volumen de trabajo que deberá afrontar el consultor. Microempresas y autónomos: Tienden a tener tratamientos de datos menos complejos. El coste se centra en la documentación mínima obligatoria y la revisión de procesos básicos. Pymes (pequeñas y medianas empresas): A medida que la plantilla y la facturación crecen, también lo hace la variedad de tratamientos (gestión de RR. HH., marketing digital, videovigilancia, etc.). Se requieren más horas de auditoría y personalización de documentos. Grandes corporaciones: El reto es la diversidad de departamentos, la interconexión de sistemas, las transferencias internacionales de datos y la necesidad de implementar soluciones tecnológicas complejas (cifrado, seudonimización). El coste es proporcionalmente mayor debido a la envergadura y el riesgo. Volumen y sensibilidad de los datos tratados No todos los datos tienen el mismo impacto regulatorio ni requieren las mismas salvaguardas. La consultoría debe evaluar la naturaleza de la información manejada. Datos personales estándar: Nombre, apellidos, DNI, dirección o teléfono. Su tratamiento es habitual, pero sigue exigiendo un nivel de diligencia. Datos de categorías especiales (sensibles): Aquellos que revelan el origen racial o étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, datos genéticos, biométricos o relativos a la salud o la vida sexual. El tratamiento de estos datos dispara el nivel de riesgo y, por ende, el coste de la consultoría, ya que exige evaluaciones de impacto (EIPD) y medidas de seguridad mucho más rigurosas. El rol del delegado de protección de datos (DPO) La figura del DPO (Data Protection Officer) es obligatoria para ciertas entidades o cuando se realizan tratamientos de alto riesgo. ¿El servicio de DPO externo afecta el precio estimado de consultoría en protección de datos? Sí, la externalización de este rol a un consultor experto supone un incremento en la cuota, ya que implica una responsabilidad y una dedicación continuada. El DPO no solo audita, sino que supervisa, asesora y actúa como punto de contacto con la autoridad de control. Servicio Enfoque principal Impacto en el coste Consultoría Puntual Puesta a cero del cumplimiento (documentación inicial). Coste único más elevado. Mantenimiento Anual Auditoría anual, formación, soporte legal, actualización continua. Cuota recurrente (mensual/anual). DPO Externo Supervisión continua, asesoramiento experto y punto de contacto oficial. Máximo coste por la responsabilidad y dedicación. Modelos de contratación y la tarifa de una consultoría de protección de datos Las empresas de consultoría de protección de datos ofrecen diferentes esquemas de contratación que se ajustan a las necesidades y a la madurez de la organización en materia de compliance. El modelo elegido es uno de los elementos de mayor peso en la determinación del precio estimado de consultoría en protección de datos. Consultoría inicial o puesta a cero Esta modalidad es ideal para empresas que inician su actividad o que nunca han abordado seriamente el cumplimiento. Alcance: Consiste en el diagnóstico inicial de los tratamientos de datos, la redacción de todos los documentos obligatorios (registro de actividades, cláusulas de información, contratos con encargados de tratamiento) y la implementación de las medidas técnicas y organizativas iniciales. Tarificación: Se cobra generalmente como un pago único o una tarifa plana inicial. El coste dependerá de la complejidad (ver factores anteriores) y puede oscilar entre un mínimo de 500 € y 3.000 € en empresas con complejidad media. Mantenimiento y adaptación continua El RGPD es un compliance dinámico, no estático. Los procesos internos de la empresa cambian (nuevos softwares,

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Consultoría LOPD: Cumplimiento RGPD para su empresa

Consultoría LOPD: Cumplimiento RGPD para su empresa

El entorno empresarial actual, hiperconectado y digitalizado, ha convertido a los datos personales en uno de los activos más valiosos y, al mismo tiempo, en una fuente constante de riesgo legal. El principal desafío para cualquier organización, independientemente de su tamaño o sector, reside en garantizar que el tratamiento de esta información sensible cumple de manera rigurosa y continua con las exigencias del marco normativo vigente, principalmente el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) europeo y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD). La dificultad se incrementa ante la naturaleza dinámica de la tecnología y las operaciones comerciales, que exigen una adaptación constante de los procedimientos de seguridad y privacidad. La falta de una estrategia de cumplimiento bien definida y ejecutada expone a las empresas a consecuencias críticas. Los riesgos van desde la pérdida de confianza por parte de clientes y stakeholders, hasta la materialización de brechas de seguridad con fugas de datos masivas. No obstante, la amenaza más tangible y grave se centra en el régimen sancionador de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), cuyas multas pueden ascender a 20 millones de euros o el 4% de la facturación global anual, según la gravedad de la infracción. Por lo tanto, el cumplimiento no es solo una obligación legal, sino una prioridad estratégica para la supervivencia y reputación del negocio. Este artículo proporciona una guía exhaustiva y profesional sobre cómo afrontar este reto a través de la consultoría LOPD especializada. Exploraremos las obligaciones clave, las fases de implantación y los beneficios de contar con un socio experto. Al finalizar, el lector habrá comprendido la metodología necesaria para establecer un marco de gobernanza de datos eficaz, con el soporte del servicio de consultoría de protección de datos. La consultoría LOPD es un servicio profesional integral que asesora a las organizaciones en el diseño, implementación y mantenimiento de un sistema de gestión de protección de datos, asegurando el cumplimiento legal con el RGPD y la LOPDGDD para evitar sanciones y proteger la reputación corporativa. La consultoría LOPD como estrategia esencial de cumplimiento normativo El cumplimiento de la normativa de protección de datos va mucho más allá de firmar documentos; es un proceso continuo que debe integrarse en la cultura y los procedimientos operativos de la empresa. En este contexto, la consultoría LOPD se posiciona como el motor que transforma una obligación legal compleja en una ventaja competitiva basada en la confianza y la seguridad. ¿Por qué es obligatoria la consultoría LOPD para las empresas en España? Desde la entrada en vigor del RGPD en 2018, el enfoque regulatorio ha cambiado de un modelo basado en la notificación de ficheros a uno centrado en la responsabilidad proactiva (Accountability). Este principio fundamental exige que la empresa no solo cumpla con la ley, sino que también pueda demostrar documentalmente que ha tomado todas las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger los datos. La complejidad del marco legal hace inviable que la mayoría de las empresas lo gestionen internamente sin el apoyo de expertos. Los consultores externos aportan un conocimiento especializado y actualizado sobre: Evaluaciones de impacto (EIPD): Análisis de riesgo obligatorio para tratamientos de alto riesgo. Transferencias internacionales de datos: Requisitos específicos para enviar datos fuera del Espacio Económico Europeo (EEE). Derechos de los interesados: Procedimientos para atender las solicitudes de acceso, rectificación, supresión y oposición (derechos ARSOPL). Brechas de seguridad: Protocolo de notificación a la AEPD y a los afectados en un plazo máximo de 72 horas. Contar con un asesor externo es, en la práctica, la forma más eficiente y segura de cumplir con el principio de Accountability. El principio de Accountability: La prueba del cumplimiento El corazón del RGPD es la responsabilidad activa. Una empresa que se somete a una inspección de la AEPD debe poder presentar un corpus documental que demuestre su diligencia. Esto incluye, pero no se limita a: El Registro de Actividades de Tratamiento (RAT). Los análisis de riesgos y sus planes de acción. Las cláusulas de privacidad adaptadas a los distintos tratamientos. Los contratos con encargados del tratamiento (CET). Evidencias de la formación continua del personal. La consultoría LOPD se encarga de generar y mantener toda esta documentación en orden y accesible para su demostración ante cualquier requerimiento. Fases críticas de un proyecto de consultoría LOPD integral Un proyecto profesional de consultoría LOPD no es un servicio de «talla única», sino un proceso metodológico estructurado que se adapta a la realidad operativa de cada cliente. Aunque puede variar ligeramente según la firma consultora, generalmente se articula en tres grandes etapas que aseguran una implantación robusta. Fase 1: Diagnóstico, análisis de riesgos y definición del alcance Esta etapa inicial es fundamental para establecer el punto de partida y la hoja de ruta. Se lleva a cabo una auditoría legal y técnica para comprender cómo la organización recopila, almacena, utiliza y destruye los datos personales. Identificación de tratamientos: Se mapean todos los flujos de datos, desde los datos de clientes y empleados hasta los de videovigilancia y redes sociales. Análisis de la base legal: Se verifica que cada tratamiento de datos tenga una base de legitimación válida (consentimiento, interés legítimo, cumplimiento de una obligación legal, etc.). Evaluación de riesgos: Se realiza un análisis detallado para identificar las vulnerabilidades que podrían llevar a una pérdida de confidencialidad, integridad o disponibilidad de los datos. Esto permite clasificar los riesgos y priorizar las medidas a implementar. Creación del Registro de Actividades de Tratamiento (RAT): Se formaliza el documento interno clave que describe todos los tratamientos. Fase 2: Implementación de medidas y adecuación documental Con el diagnóstico en mano, el consultor procede a implementar las medidas correctoras necesarias, que se dividen en organizativas, legales y técnicas. Adecuación legal y contractual: Se redactan o revisan las políticas de privacidad y cookies, los avisos legales, las cláusulas informativas, los documentos de ejercicio de derechos y, crucialmente, los contratos con terceros que actúan como encargados del tratamiento. Medidas organizativas: Se establecen protocolos internos, como

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Sanciones en protección de datos: multas, infracciones y prevención

Sanciones en protección de datos: multas, infracciones y prevención

Sanciones en protección de datos: todo lo que debes saber para evitar riesgos La gestión de datos personales se ha convertido en una preocupación central para cualquier organización, independientemente de su tamaño o sector. Sin embargo, la complejidad de normativas como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) genera una gran incertidumbre. La principal inquietud para los responsables y encargados del tratamiento reside en una pregunta fundamental: ¿cómo podemos asegurar que nuestros procedimientos cumplen con la ley y evitar las consecuencias devastadoras de un incumplimiento? El riesgo de recibir sanciones en protección de datos no es meramente teórico; es una realidad documentada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y otras autoridades europeas. Un fallo en la implementación de las medidas de seguridad o la ausencia de la documentación legalmente exigida puede llevar a multas que alcanzan cifras millonarias, afectando no solo la salud financiera de la empresa, sino también su reputación y la confianza de sus clientes. Por lo tanto, comprender el régimen sancionador y las obligaciones es una prioridad ineludible. Este artículo tiene como objetivo principal desgranar el complejo entramado de las sanciones en protección de datos: todo lo que debes saber sobre los tipos de infracciones, el proceso de la AEPD y las cuantías máximas. Al finalizar, el lector obtendrá una visión clara sobre las mejores prácticas para mantener la conformidad, apoyándose en recursos expertos como la consultoría de protección de datos ofrecida por Audidat. El incumplimiento de la normativa de protección de datos (RGPD y LOPDGDD) puede acarrear multas que se dividen en dos tramos principales: hasta 10 millones de euros o el 2% de la facturación global anual de la empresa, o hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación global anual, optándose por la cuantía superior en cada caso. ¿Cómo se clasifican las infracciones de la normativa de protección de datos? El régimen sancionador se estructura en función de la gravedad de las infracciones, lo que permite a la AEPD aplicar multas proporcionales al daño causado y a la naturaleza del incumplimiento. Entender esta clasificación es el primer paso para evaluar el nivel de riesgo en su organización y priorizar las acciones correctivas. Infracciones leves en protección de datos Las infracciones leves suelen estar relacionadas con fallos de carácter formal o documental que no suponen un riesgo significativo para los derechos y libertades de los interesados, pero que demuestran una deficiencia en la diligencia del responsable. Ejemplos Comunes: Incumplir la obligación de notificar a la AEPD el cambio de un Delegado de Protección de Datos (DPO) que ya había sido designado previamente. Omitir la publicación de cierta información de contacto o del DPO en la página web o en el aviso legal, cuando sea obligatorio. No responder formalmente a una solicitud de ejercicio de derechos (acceso, rectificación, cancelación, oposición, etc.) dentro del plazo legal, aunque se atienda posteriormente. Infracciones graves: el punto de inflexión Las infracciones graves se centran en el incumplimiento de obligaciones esenciales que afectan de forma directa la capacidad del interesado para controlar sus datos personales. Es en esta categoría donde se acumula un mayor número de resoluciones sancionadoras. Cuantía Máxima: Hasta 10 millones de euros o el 2% del volumen de negocio total anual del ejercicio financiero anterior. Elementos clave de infracción grave: Tratar datos personales sin una base de legitimación adecuada (consentimiento, interés legítimo, obligación legal, etc.). No implementar o mantener las medidas de seguridad técnicas y organizativas requeridas para proteger los datos (por ejemplo, cifrado o copias de seguridad). Incumplir la obligación de notificar a la AEPD y/o a los interesados las violaciones de seguridad de los datos personales (quiebras de seguridad) en el plazo de 72 horas. Incumplir las obligaciones del Encargado del Tratamiento (subcontratista) respecto al Responsable del Tratamiento, o viceversa, especialmente en la formalización del contrato de encargo. Obstruir las funciones de investigación o inspección de la AEPD, no colaborando con los requerimientos de información. Infracciones muy graves: las multas más elevadas Las infracciones muy graves representan los incumplimientos más serios y aquellos que causan un mayor perjuicio a los derechos de los ciudadanos. Suponen una violación de los principios fundamentales del RGPD. Cuantía Máxima: Hasta 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio total anual del ejercicio financiero anterior. Casos típicos de infracción muy grave: Incumplir los principios relativos al tratamiento, como la minimización de datos o la limitación de la finalidad. Transferir datos personales a un tercer país u organización internacional sin las garantías adecuadas. No atender repetidamente y de manera sistemática las solicitudes de ejercicio de derechos de los interesados (derecho al olvido, de acceso, etc.). Incumplir las condiciones para el consentimiento de los menores de edad. Tratamiento de categorías especiales de datos (salud, origen racial o étnico, opiniones políticas, etc.) sin las excepciones o bases de legitimación adecuadas. El procedimiento sancionador de la AEPD: fases clave Conocer el modus operandi de la Agencia Española de Protección de Datos es fundamental para reaccionar de manera adecuada si se inicia un expediente. El proceso se divide en una fase de investigación y una fase sancionadora propiamente dicha. Fase 1: investigación previa y actuaciones inspectoras El proceso se inicia, generalmente, por una reclamación de un ciudadano o por una investigación de oficio de la propia AEPD tras tener conocimiento de una posible infracción (ej. a través de los medios de comunicación o una notificación de data breach). Actuaciones de investigación: La AEPD puede solicitar información, documentación, acceder a instalaciones o requerir la comparecencia de personal. En este punto, la colaboración y la transparencia son vitales, ya que la obstrucción es en sí misma una infracción. Plazo de respuesta: Los requerimientos de información deben ser contestados en el plazo que se indique, siendo generalmente breve. La AEPD evalúa si existe un indicio razonable de infracción que justifique la apertura de un procedimiento formal. Fase 2: incoación y pliego de

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Los 7 retos del DPD en 2025: IA, transferencias y ciberseguridad

Los 7 retos del DPD en 2025: IA, transferencias y ciberseguridad

El Delegado de Protección de Datos (DPD o DPO) se encuentra en una encrucijada crítica. Si piensas que tu rol se limita a la supervisión pasiva y a firmar documentos, estás subestimando la complejidad que la inteligencia artificial, la normativa transfronteriza y la escasez de talento están inyectando en la privacidad empresarial. Este no es un listado teórico, sino un espejo de las fricciones reales que hemos identificado en el día a día de las empresas. El objetivo es activar consciencia de problema: ¿cuántos de estos retos tiene tu organización realmente bajo control? 1. El desafío normativo de la Inteligencia Artificial (IA Act) El Reglamento de Inteligencia Artificial de la Unión Europea (IA Act) no solo regulará los sistemas de IA, sino que impactará directamente en cómo las organizaciones tratan los datos personales utilizados para entrenar y operar estos sistemas. Lo que muchos no ven es que la IA Act exige una evaluación de conformidad estricta para los sistemas de alto riesgo. El DPD debe entender y auditar el ‘ciclo de vida del dato’ dentro de la IA. ¿Estás seguro de que los datos de entrenamiento cumplen con el principio de minimización? ¿Se respetan los derechos ARSULIPO (Acceso, Rectificación, Supresión, Limitación, Portabilidad y Oposición) en entornos de IA? Este error lo hemos visto decenas de veces: se implementa una herramienta innovadora sin una Evaluación de Impacto en la Protección de Datos (EIPD) rigurosa, dejando un agujero de cumplimiento. Por eso, el apoyo de un servicio de proteccion de datos especializado en entornos de alta tecnología es esencial. 2. Gestión de transferencias internacionales: el post-Schrems III Tras la anulación de sucesivos marcos de transferencia, la situación se ha estabilizado con el Data Privacy Framework entre la UE y EE. UU. (DPF). Puede que pienses que con eso basta para usar servicios cloud americanos. Lo que muchos no ven es que el DPF no es una carta blanca: Solo es aplicable a las empresas estadounidenses certificadas en el marco. El DPD debe seguir realizando las Evaluaciones de Riesgo de Transferencia (TRA) para asegurar que el nivel de protección de facto en el país tercero es adecuado. El riesgo real de inacción es seguir transfiriendo datos a proveedores no certificados o sin haber documentado la necesidad, exponiendo a la empresa a un riesgo de inobservancia y potenciales sanciones de las Agencias de Protección de Datos. 3. La ciberseguridad ya es un asunto de privacidad Con el aumento de los ciberataques, la línea entre la seguridad de la información y la protección de datos se ha difuminado. El DPD ya no puede delegar completamente la gestión de incidentes en el equipo IT. Riesgo de inacción: No clasificar correctamente una brecha de seguridad como una «violación de la seguridad de los datos personales» (Art. 33 RGPD). Coste oculto: La mayoría cree que cumple con tener un antivirus, pero el DPD es el responsable de garantizar que el protocolo de notificación a la AEPD (en 72 horas) y a los afectados se ejecute de forma impecable y documentada. 4. Retención de datos y el principio de limitación del plazo Es quizás uno de los dolores y errores invisibles más extendidos. ¿Están tus políticas de retención de datos actualizadas y siendo aplicadas de forma automatizada? Puede que pienses que archivar los correos antiguos o los CVs de candidatos descartados no es un problema. Sin embargo, la acumulación injustificada de datos más allá del fin para el que fueron recogidos es una violación directa del RGPD. El DPD tiene el reto de implantar sistemas de borrado automático o de pseudonimización activa, especialmente en grandes bases de datos de marketing o recursos humanos, para evitar que la información innecesaria se convierta en un pasivo en caso de inspección. 5. El reto de la ética y la transparencia en el uso de datos La confianza del cliente es el activo más valioso. En 2025, no basta con ser legal; hay que ser ético. El DPD debe liderar la implementación de políticas de transparencia que vayan más allá de la simple cláusula legal. Confusión o falsa sensación de cumplimiento: ¿Son tus avisos de privacidad realmente legibles y comprensibles? ¿La información sobre la toma de decisiones automatizada es clara para el afectado? El DPD debe actuar como garante de la confianza, asegurando que los tratamientos no generen discriminación o sesgos, un tema que se volverá crítico con la masificación de la IA. 6. Integración del RGPD en la cadena de suministro (encargados) La responsabilidad de los datos no termina en el perímetro de tu empresa. Este error lo hemos visto decenas de veces: se confía ciegamente en el Encargado del Tratamiento (proveedores cloud, plataformas de email marketing, etc.). El DPD debe auditar rigurosamente los Contratos de Encargo de Tratamiento (CET), asegurando que estos incluyan todas las cláusulas requeridas por el Art. 28 del RGPD y que el proveedor demuestre medidas de seguridad adecuadas. Una infracción cometida por tu encargado es, a menudo, responsabilidad de tu empresa como Responsable del Tratamiento. La delegación de la supervisión de estos contratos en un servicio de proteccion de datos externo reduce drásticamente el riesgo. 7. La resistencia cultural y la escasez de talento DPO El reto final es humano. El DPD a menudo se encuentra en medio de la dirección (que busca innovación rápida) y los empleados (que ven el cumplimiento como un obstáculo). Para 2025, el DPD debe ser un socio de negocio, no un obstaculizador. Sin embargo, la demanda de DPDs con un perfil técnico, legal y de gestión del riesgo es superior a la oferta. La solución pasa por la externalización o el apoyo consultivo continuo. La necesidad de un socio con autoridad experta Si tu DPD o tu equipo legal se siente abrumado por estos 7 retos, es una señal clara de que la carga operativa y la complejidad normativa han superado los recursos internos. La inacción en cualquiera de estos puntos se traducirá en sanciones, litigios o pérdidas de reputación incalculables. En Audidat, entendemos que la proteccion de datos no

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