El uso del tacógrafo inteligente con geolocalización genera nuevas obligaciones en materia de protección de datos.
Las empresas deben aplicar medidas técnicas y organizativas para garantizar la privacidad de los conductores.
Se recomienda realizar Evaluaciones de Impacto cuando el tratamiento de datos suponga riesgos significativos.
El cumplimiento ético y transparente posiciona mejor a las empresas frente a los retos del sector.
La digitalización acelera el cambio en el transporte por carretera
En 2025, la geolocalización ha dejado de ser solo una herramienta operativa para convertirse en un componente clave del cumplimiento normativo y la protección de datos en el sector transporte. Con la implantación del tacógrafo inteligente de segunda generación, que registra automáticamente la ubicación del vehículo, las obligaciones legales de las empresas se han intensificado, especialmente en lo que respecta al tratamiento de datos personales de los conductores.
Tacógrafo inteligente: eficiencia sí, pero con responsabilidad
Desde agosto de 2023, los nuevos vehículos de transporte internacional están obligados a incorporar la segunda generación de tacógrafos inteligentes, una medida que se extenderá al resto de la flota europea de forma progresiva. Estos dispositivos permiten registrar tiempos de conducción y descanso, además de localizaciones clave como inicios y finales de jornada o cruces fronterizos.
Sin embargo, según expertos de Grupo Atico34, confiar ciegamente en la tecnología es un error. Las empresas deben garantizar que los datos capturados se gestionen conforme al Reglamento (UE) 165/2014 y a la normativa de protección de datos, asegurando un tratamiento legítimo y seguro.
¿Cómo registrar correctamente la jornada laboral?
Para los conductores asalariados, el tacógrafo actúa como sistema oficial de registro de jornada. No obstante, no cubre todas las actividades laborales, por lo que puede ser necesario complementarlo con aplicaciones o registros manuales que recojan tiempos de espera, carga o descarga. Además, los registros deben conservarse durante al menos cuatro años y cumplir con criterios de fiabilidad, objetividad y accesibilidad.
En el caso de los conductores autónomos, aunque no están sujetos al registro horario del Estatuto de los Trabajadores, sí deben respetar los tiempos de conducción fijados por la normativa europea, verificados también mediante el tacógrafo.
Geolocalización y privacidad: un equilibrio necesario
Uno de los retos principales es garantizar que la geolocalización no vulnere los derechos de los trabajadores. Desde Grupo Atico34 se insiste en la necesidad de informar de forma clara a los conductores sobre el uso y finalidad de sus datos. Además, se deben aplicar límites, como restringir el seguimiento al horario laboral, salvo justificación legal.
También se aconseja realizar una Evaluación de Impacto de Protección de Datos (EIPD) cuando el tratamiento suponga un alto volumen de información o un riesgo relevante para los derechos de los interesados. Esta evaluación permite detectar vulnerabilidades y aplicar salvaguardas adecuadas.
Riesgos legales y reputacionales en juego
El incumplimiento de las obligaciones de protección de datos puede conllevar sanciones por parte de la AEPD, que alcanzan hasta los 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio global, según lo establecido en el RGPD. Pero más allá de las multas, está en juego la confianza del equipo humano y la imagen corporativa de la empresa.
Cumplir con la normativa no solo protege frente a sanciones, sino que representa una oportunidad para destacar en el sector mediante prácticas responsables y éticas.
Un futuro conectado que exige respeto a la privacidad
El transporte por carretera avanza hacia un modelo hiperconectado, apoyado en la inteligencia artificial, el análisis predictivo y la optimización de rutas. Pero para que esta transformación sea sostenible, debe mantenerse un equilibrio claro entre eficiencia operativa y respeto a la privacidad.
La gestión adecuada de la geolocalización será, sin duda, uno de los factores diferenciales para las empresas en esta nueva era. Porque en 2025, la privacidad en el transporte no es un destino opcional: es una exigencia imprescindible.