Desde el 4/3/2024, empresas de más de 50 empleados deben implantar obligatoriamente el protocolo de acoso LGTBI

A partir del 1/12/23, empresas con más de 50 empleados necesitarán un canal ético obligatorio.

logo-audidat-2024.png

Cambios en WhatsApp

En este artículo hablamos sobre:

La reciente actualización de las “Condiciones” y de la “Política de Privacidad” de WhatsApp, aplicación utilizada mundialmente tanto en el ámbito personal como en el laboral, ha sorprendido a muchos usuarios por un tema muy concreto: la cesión de información personal a las empresas de Facebook y su consecuente impacto en la protección de sus datos personales.

No obstante, todas las noticias que se han generado alrededor de estos hechos deben analizarse y estudiarse con calma, pues la actualización de los referidos textos no debería afectar de una manera exagerada a los ciudadanos europeos, los cuales nos regimos por una «Política de privacidad» distinta a la del resto del mundo.

La protección de datos personales ostenta la consideración de derecho fundamental en Europa, pues preocupa sobremanera la garantía de los derechos y libertades de los ciudadanos a través de la protección de su información personal. Por consiguiente, si WhatsApp opera en Europa y presta servicios a ciudadanos europeos, su actuación en materia de protección de datos personales deberá regirse por el Reglamento (UE) 2016/679, al igual que cualquier otra entidad pública o privada que deba tratar datos para el correcto desenvolvimiento de su actividad propia.

Es por ello que WhatsApp constituyó en julio de 2017 “WhatsApp Ireland Limited”, una compañía distinta ubicada en Irlanda que se encarga de prestar servicios a los ciudadanos europeos y que, además debe tratar con nuestras autoridades de control las cuestiones atinentes a protección de datos personales. Todo parece indicar, por consiguiente, que los cambios en las políticas de WhatsApp no se aplicarán a los ciudadanos europeos.

Sin embargo, no deben confundirse estas conclusiones con una falsa sensación de seguridad jurídica que desemboque en la plena libertad en el uso de WhatsApp. Las entidades y profesionales que utilicen WhatsApp en el normal desarrollo de su actividad propia, ya sea para hablar con clientes, proveedores o trabajadores, deberán seguir respetando una serie de máximas legales para no incurrir en incumplimientos en materia de protección de datos personales que provoquen situaciones de difícil solución para todos los implicados.

Desde Audidat continuaremos analizando esta compleja situación y otras similares para adelantarnos a los hechos y poder ofrecer tranquilidad a nuestros clientes para que continúen con su actividad sin interrupciones y respetando las exigencias del ordenamiento jurídico.

Sin embargo, y fuera del ámbito estrictamente profesional o empresarial, es un buen momento para recordar que muchos de los servicios que en Internet se ofrecen como gratuitos no lo son realmente, pues la moneda que utilizamos para disfrutarlos suele ser nuestra propia privacidad.

Debemos concienciarnos de que las empresas no se constituyen generalmente con una finalidad meramente altruista y de que la «Economía del dato» experimentará un vertiginoso crecimiento en las próximas décadas, por lo que los usuarios deben valorar si el beneficio obtenido con el uso de una determinada aplicación supera al coste que presenta para nuestra privacidad.

[button link=”#https://www.audidat.com/contacto/” type=”big” color=”silver” newwindow=”yes”] + información[/button]

 

Más artículos sobre cumplimiento normativo

Más de 20 años cumpliendo contigo

¿Necesitas ayuda?

Te asignaremos un consultor experto para buscar una solución a tu problema en menos de 24h. ¡Escríbenos!

¡Será un placer ayudarte!

¿Necesitas asesoramiento personalizado?
¿Necesitas un presupuesto a medida?

Te ayudamos

Coméntanos tu problema para asignarte un consultor especializado y darte una solución jurídica en menos de 24hs.