Desde el 4/3/2024, empresas de más de 50 empleados deben implantar obligatoriamente el protocolo de acoso LGTBI

Desde el 4/3/2024, empresas de más de 50 empleados deben implantar obligatoriamente el protocolo de acoso LGTBI

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FaceApp, tu privacidad también se deteriora

En este artículo hablamos sobre:

FaceApp es la aplicación del momento. Famosos de todo el mundo han comenzado a compartir en sus redes sociales fotos en las que aparecen envejecidos y, en cuestión de días, millones de usuarios han descargado la aplicación y han comenzado a hacer uso de ella.
La curiosidad de los usuarios y la sencillez del proceso han convertido a esta App en un fenómeno viral en el que todos quieren participar. Únicamente es necesario esperar unos segundos para completar la descarga de la aplicación y, posteriormente, hacer una fotografía sobre la que pueda realizarse la simulación.

Sin embargo, el uso de esta aplicación encierra una serie de problemas desde la óptica de la protección de los datos personales de los usuarios. Su política de privacidad, que se modificó por última vez el 20 de enero de 2017, es bastante ambigua y no otorga seguridad jurídica alguna.

La forma en que se utilizará nuestra información, qué terceras entidades se encuentran implicadas en su tratamiento, cómo se almacenarán nuestros datos o cómo podremos suprimirlos son algunos de los aspectos que, aunque se mencionan, no se especifican de manera suficientemente clara.

Desde el pasado año, el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) obliga a las entidades que traten datos personales a proporcionar a los interesados una información totalmente transparente que les permita conocer qué usos se harán de su información personal y cómo afectará ello a su esfera privada.

Y aquí es precisamente donde se plantea un nuevo problema: sin una información precisa tampoco se otorgará al usuario una posición de superioridad que le permita prestar un consentimiento válido.

Recordemos que la nueva normativa de protección de datos personales, entre la que se encuentra la Ley Orgánica 3/2018 del pasado mes de diciembre, pretende que cada tratamiento de datos requiera de un consentimiento diferenciado. Todos aquellos usos de datos personales distintos de la propia prestación del servicio, como pueden ser el envío de publicidad o la publicación de las imágenes, no podrán desarrollarse sin el consentimiento explícito otorgado por los interesados, algo que únicamente podrá conseguirse facilitando la información mínima exigida por la normativa.

No obstante lo anterior, la prensa ha puesto de manifiesto los peligros que conlleva el uso de FaceApp y de otras aplicaciones similares, algo que contribuye al establecimiento de una cultura de protección de datos en nuestro país. Además, los ciudadanos están comenzando a conocer el verdadero valor de su privacidad y los perjuicios que pueden causarles el uso de ciertos servicios, razón por la cual cada vez son más los que realizan reclamaciones ante las autoridades competentes.

En esta nueva etapa en la que la protección de datos será el eje central sobre el que giran el desarrollo y la utilización de las nuevas tecnologías, desde Audidat ponemos nuestra experiencia y nuestros conocimientos especializados a disposición de los responsables y encargados del tratamiento a los que esta normativa les afecte, de manera tal que el desarrollo de su actividad pueda caracterizarse por la calidad y la preocupación por el cliente.

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