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Las comunidades de vecinos podrán prohibir los pisos turísticos a partir del 3 de abril

En este artículo hablamos sobre:

  • Desde el 3 de abril de 2025, las comunidades de propietarios podrán vetar nuevos pisos turísticos con el voto de tres quintas partes de los propietarios.
  • La medida no afectará a los pisos turísticos que ya operen antes de esa fecha, los cuales podrán seguir funcionando.
  • La modificación de la Ley de Propiedad Horizontal busca reducir los problemas de convivencia y otorgar seguridad jurídica a las comunidades de vecinos.
  • Se podrán incluir cláusulas en los estatutos para restringir el uso turístico de viviendas dentro de edificios residenciales.

Nueva regulación para pisos turísticos en comunidades de vecinos

El auge de los pisos turísticos ha generado un fuerte debate en España, especialmente en comunidades de vecinos que han visto afectada su convivencia. En respuesta a esta problemática, la reciente modificación de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) permitirá que, a partir del 3 de abril de 2025, las comunidades de propietarios puedan prohibir la apertura de nuevos pisos turísticos si así lo decide el 60% de los propietarios.

Según el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE), esta medida es clave para reducir conflictos en los edificios residenciales, ya que muchos vecinos han denunciado problemas relacionados con ruidos, basura y cuestiones de seguridad derivados de estos alquileres.

¿Qué ocurrirá con los pisos turísticos ya existentes?

Es importante destacar que esta modificación no afectará a las viviendas turísticas en funcionamiento antes del 3 de abril. Si un piso ya está registrado como alojamiento turístico antes de esta fecha, los vecinos no podrán prohibir su actividad.

Sin embargo, si un propietario decide comenzar a alquilar su vivienda con fines turísticos después del 3 de abril sin la aprobación de la comunidad, esta podrá exigir el cese inmediato de la actividad.

Más control y medidas de regulación

El Tribunal Supremo ha respaldado en varias sentencias el derecho de las comunidades de vecinos a restringir el uso turístico de viviendas dentro de sus edificios. Además, la reforma de la LPH también permite que en los estatutos de la comunidad se incluyan cláusulas que prohíban expresamente este tipo de alquileres.

Entre los principales problemas asociados a los pisos turísticos se encuentran:

  • Ruido y fiestas nocturnas, que alteran la tranquilidad de los residentes.
  • Uso inadecuado de las zonas comunes, generando molestias a los propietarios.
  • Mayor inseguridad, al haber una rotación constante de personas desconocidas en el edificio.

Cómo actuar ante problemas con pisos turísticos

Si un vecino se ve afectado por un piso turístico que incumple las normas de convivencia, debe informar al administrador de la finca, quien podrá tomar medidas y presentar quejas formales.

Si en los estatutos de la comunidad ya existe una prohibición, se podrá solicitar el cese inmediato de la actividad. En caso de negativa por parte del propietario, los vecinos pueden recurrir a la vía legal para exigir el cumplimiento de la normativa.

Para aquellas comunidades que aún no han regulado el uso turístico de las viviendas, podrán modificar sus estatutos a partir del 3 de abril, siempre con el voto favorable de al menos tres quintas partes de los propietarios.


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