Desde el 4/3/2024, empresas de más de 50 empleados deben implantar obligatoriamente el protocolo de acoso LGTBI

A partir del 1/12/23, empresas con más de 50 empleados necesitarán un canal ético obligatorio.

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Audidat en la 9ª Sesión Anual Abierta de la Agencia Española de Protección de Datos

En este artículo hablamos sobre:

Ayer, 25 de mayo, tres integrantes del equipo de AUDIDAT tuvieron el placer de asistir a la 9ª Sesión Anual Abierta de la Agencia Española de Protección de datos celebrada en Madrid.

En este sentido, queremos compartir cuáles fueron las principales conclusiones de dicha jornada. Por ello, entrevistamos a nuestro compañero de Departamento Técnico- Jurídico, Isidro Gómez-Juárez, para arrojar luz sobre los aspectos que nos suscitan mayor interés:

  1. ¿Cuáles han sido o son los sectores de más atención en relación con la función inspectora de la Agencia Española de Protección de Datos?

Los principales focos de atención de la Agencia Española de Protección de Datos en los últimos meses han sido: menores y uso responsable de Internet; contratación irregular y morosidad; acoso telefónico; sanidad y videovigilancia.

  1. Sabemos que el nuevo Reglamento General de Protección de Datos será directamente aplicable a partir de mayo de 2018. Pero, ¿cuándo tendremos borrador de una nueva Ley Orgánica de Protección de Datos?

Según ha apuntado la Agencia Española de Protección de Datos, el borrador de la nueva Ley previsiblemente estará disponible al público antes del verano de 2017 y se confía que esté formalmente aprobada para mayo de 2018.

  1. Solicitar el consentimiento tácito, es una de las recomendaciones por las que nosotros nunca hemos sido partidarios. ¿Ha pasado éste a ser historia?

    En Audidat siempre hemos abogado por la obtención del consentimiento explícito para el tratamiento de los datos, pues fórmulas como el consentimiento tácito son más complicadas de probar ante una solicitud de información por parte de la AEPD. El nuevo Reglamento europeo se posiciona en esta misma linea.

  2. ¿Desaparecerá el documento de seguridad recogido en la actual normativa?

El documento de seguridad desaparece tal y como se entiende en su actual concepción, si bien su filosofía sigue viva en el nuevo modelo documental de seguridad gestionada. Así por ejemplo, el registro de actividades de tratamiento que contempla el Reglamento europeo es una continuación de la cultura del documento de seguridad.

  1. ¿Será posible nombrar un delegado de protección de datos en aquellos supuestos que no sea legalmente exigible?

    Sí. La figura del delegado de protección de datos es muy recomendable aun en aquellos supuestos en que no sea obligatorio su nombramiento.

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