Desde el 4/3/2024, empresas de más de 50 empleados deben implantar obligatoriamente el protocolo de acoso LGTBI

A partir del 1/12/23, empresas con más de 50 empleados necesitarán un canal ético obligatorio.

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Compromiso con la investigación

En este artículo hablamos sobre:

Ya se ha publicado el libro “FORDERTICS 5.0: Estudios Sobre Nuevas Tecnologías y Justicia”, que recoge los contenidos presentados al V Forum de Expertos y Jóvenes Investigadores en Derecho y Nuevas Tecnologías. El libro ha sido editado por Comares, una editorial de reconocido prestigio en lo que respecta a la publicación de obras jurídicas, literarias, científicas y artísticas.

Se trata de una obra referente dentro del ámbito de la protección de datos de carácter personal, pero es especialmente importante para nosotros debido a que Isidro Gómez-Juárez Sidera y Victoria Felipe Díaz, miembros del Departamento Técnico-Jurídico de Audidat, han visto publicado en este libro su artículo de investigación “Retos emergentes de la protección de datos en el ámbito educativo”, que versa sobre los siguientes aspectos:

En la sociedad digital del siglo XXI, el derecho fundamental a la protección de datos adquiere no sólo un indudable valor intrínseco, sino también un importante valor instrumental para la garantía de la dignidad y de la libertad de las personas.

En este escenario, la falta de cultura de protección de datos de que adolece la población infantil, en contraposición a su condición de “nativos digitales”, hacen de los niños un colectivo social de riesgo necesitado de una especial protección. Asimismo, los menores ostentan la condición de “sujetos activos” en el entorno digital, pudiendo redundar sus actos en perjuicio de los derechos y libertades de los demás, lo que refuerza la necesidad de su inmersión en los valores de la protección de datos en pos de un uso inteligente y responsable de las nuevas tecnologías.

No en vano, el vertiginoso avance de la tecnología digital y su permeabilidad sobre los distintos ámbitos de la vida de los niños –escolar, familiar y social– imponen una singular atención en relación con la protección de datos de este colectivo especialmente vulnerable. Una necesidad que ha sido plasmada en el propio Plan Estratégico que sienta las bases de las líneas de actuación de la Agencia Española de Protección de Datos para el periodo 2015-2019.

En este sentido, el entorno educativo se configura en un elemento clave para el libre desarrollo de la personalidad del menor, que asimismo plantea una batería de nuevos retos para la salvaguardia del derecho fundamental a la protección de datos.

Partiendo de este planteamiento, el presente trabajo intentará arrojar luz sobre tres de las últimas cuestiones que han suscitado un intenso debate jurídico sobre la protección de los datos de los niños en relación con el uso de las nuevas tecnologías en el ámbito educativo: la utilización de dispositivos móviles inteligentes por los alumnos en los centros de enseñanza y su control por parte del profesorado; la utilización de aplicaciones de mensajería instantánea (vgr., WhatsApp) por parte de grupos de profesores para el tratamiento de cuestiones relativas a los alumnos; y, en último lugar, la utilización de servicios de computación en nube para el almacenamiento de datos de los alumnos por parte de los centros de enseñanza.

De igual modo, junto a las citadas, serán objeto del mismo dos cuestiones más clásicas en este concreto ámbito, sobre los que ha habido pronunciamientos recientes de nuestra autoridad de control: la colocación de cámaras de videovigilancia en zonas comunes de los centros de enseñanza, como patios y comedores; y el acceso de los padres a las calificaciones de sus hijos mayores de edad en caso de centros docentes no universitarios”.

Enhorabuena a los autores, que demuestran día tras día su grado de especialización en la materia y su compromiso con los nuevos retos, traduciéndose todo ello en la calidad de que hacen gala tanto en su actividad laboral como en sus labores de investigación.

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