El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley Orgánica para adaptar al marco español el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial.
La norma prohíbe expresamente los sistemas de manipulación psicológica, el «scoring» social y los deepfakes de carácter sexual.
Se centraliza la supervisión en la AESIA y se establece un régimen sancionador con multas que pueden alcanzar los 35 millones de euros.
La Administración Pública deberá implementar un inventario de sistemas algorítmicos y crear la figura del delegado de IA.
El Gobierno impulsa la Ley Orgánica para regular el uso y gobernanza de la inteligencia artificial
El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial. Esta norma adapta al ordenamiento jurídico español el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (RIA), en vigor desde agosto de 2024. Su objetivo prioritario es garantizar que el desarrollo y la implementación de estas tecnologías se realicen bajo estrictos criterios de supervisión humana, transparencia y seguridad jurídica.
La iniciativa legislativa llega en un momento de rápida y profunda expansión de la inteligencia artificial en múltiples ámbitos de la sociedad. Esta tecnología afecta ya de forma directa a sectores tan sensibles como la educación, el empleo, los servicios públicos y la sanidad. Precisamente por este motivo, el proyecto de ley incorpora mecanismos preventivos diseñados para evitar usos perjudiciales y blindar la protección de los colectivos más vulnerables de la ciudadanía.
Integración del marco europeo y supervisión humana
La nueva ley española no sustituye al reglamento europeo, el cual es de aplicación directa e inmediata en todos los Estados miembros. Su finalidad es desarrollar aquellos elementos estructurales que requieren concreción a nivel nacional, como la designación de las autoridades competentes y las sanciones. Según ha señalado Óscar López, ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, se busca una inteligencia artificial que sea confiable, ética y netamente humanista.
Uno de los pilares del proyecto es la obligación ineludible de garantizar la supervisión humana en sistemas que puedan afectar a derechos fundamentales. La norma pretende impedir que las decisiones automatizadas con consecuencias relevantes para la población queden operando sin ningún tipo de control. Esto resulta crítico en procesos de selección laboral, evaluaciones académicas o en el reconocimiento y acceso a prestaciones públicas.
Para lograr este control, la ley refuerza las exigencias de transparencia algorítmica aplicables a los sistemas de alto riesgo. El funcionamiento de estas herramientas tecnológicas deberá poder ser comprendido, auditado y sometido a un riguroso escrutinio. Desde la perspectiva psicológica, se busca impedir que la IA influya negativamente en la toma de decisiones, garantizando la autonomía, la dignidad y la igualdad real.
Prohibición de prácticas incompatibles con los derechos fundamentales
El proyecto de ley identifica y veta expresamente diversas prácticas tecnológicas por considerarse incompatibles con los derechos humanos. Quedan prohibidos los sistemas que empleen técnicas subliminales o manipuladoras para influir en el comportamiento sin consentimiento. El Gobierno pone como ejemplo aquellas herramientas capaces de detectar adicciones y utilizar técnicas psicológicas para inducir conductas altamente perjudiciales.
Del mismo modo, se prohíbe la explotación de vulnerabilidades vinculadas a la edad, la discapacidad o la situación socioeconómica de los individuos. Un ejemplo citado por el Ejecutivo son los juguetes inteligentes que animen a los menores a completar retos que supongan un daño físico. Además, se prohíbe clasificar a las personas mediante datos biométricos para inferir su orientación sexual, política o religiosa.
La normativa veta también los sistemas destinados a puntuar a individuos en función de su comportamiento social o características personales. Este tipo de herramientas, utilizadas para determinar el acceso a ayudas económicas, subvenciones o créditos, suponen un riesgo inaceptable de discriminación. Estas medidas responden directamente a las advertencias de la comunidad científica sobre la manipulación psicológica algorítmica.
El veto definitivo a los ‘deepfakes’ sexuales
Una de las grandes novedades de la regulación es la prohibición absoluta de los sistemas destinados a generar o difundir deepfakes sexuales. Esta medida atiende a la creciente alarma social provocada por la creación de imágenes falsas de carácter íntimo sin consentimiento. La preocupación es especialmente grave cuando la generación de estos contenidos afecta de manera directa a mujeres y menores de edad.
Esta prohibición fue planteada inicialmente por el Gobierno de España, contando posteriormente con el respaldo de Francia durante las complejas negociaciones comunitarias. Finalmente, la Unión Europea acordó incorporar esta restricción el 7 de mayo de 2026, impidiendo la comercialización de herramientas diseñadas para este fin. Cualquier contenido sintético permitido por la ley deberá identificarse claramente para que los ciudadanos distingan lo real de lo artificial.
Arquitectura institucional de gobernanza y sanciones
La norma establece una robusta arquitectura institucional para vigilar de cerca el cumplimiento del nuevo marco legal. La Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial (AESIA) asumirá un rol protagonista en la vigilancia de los sistemas vinculados a empleo o educación. Actuará en coordinación con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en materia biométrica y con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Para disuadir las malas prácticas, el proyecto incorpora un severo régimen sancionador que clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves. Las sanciones económicas podrán alcanzar hasta 35 millones de euros o el 7% del volumen de negocio anual para los casos más extremos. Para las infracciones leves, las multas llegarán hasta los 500.000 euros o el 0,5% de la facturación corporativa.
El texto prevé aplicar siempre criterios de proporcionalidad a la hora de imponer estas cuantiosas sanciones económicas. Las autoridades tendrán en cuenta factores atenuantes o agravantes como la reincidencia, la intencionalidad, el tamaño de la empresa y la gravedad del daño. Además, se han incorporado mecanismos legales que favorecen la adopción de medidas correctoras previas antes de recurrir a la mera imposición de la sanción.
Obligaciones para la Administración y creación de ‘sandboxes’
Más allá de la adaptación europea, la ley establece medidas muy concretas para garantizar un uso responsable de la IA en el sector público. Se destaca la obligación de crear un inventario público de los sistemas algorítmicos utilizados en todos los procedimientos administrativos. También nace la figura del delegado de IA, encargado de supervisar el cumplimiento en los procesos técnicos y de contratación pública.
Finalmente, el proyecto fomenta la innovación mediante la regulación de los denominados sandboxes o entornos controlados de pruebas. Estos espacios, bajo la supervisión directa de la AESIA, permitirán a empresas y desarrolladores experimentar con nuevas aplicaciones cumpliendo la normativa vigente. Tras su aprobación en el Consejo de Ministros, el texto ha sido remitido al Congreso de los Diputados para completar su tramitación parlamentaria.