Sanciones de hasta 100.000 euros para las comunidades que incumplan los estándares de acogida de menores
El Gobierno impondrá penalizaciones de hasta 100.000 euros por fallos en la calidad del sistema de acogimiento.
Las autonomías y los centros de menores tutelados serán los sujetos directamente responsables de estas infracciones.
Las faltas graves incluirán coacciones y amenazas, mientras que las leves castigarán negligencias sin daño directo.
La iniciativa ha sido aprobada en primera vuelta por el Consejo de Ministros al reformar la LOPIVI.
Aprobación de un régimen sancionador más estricto
El Consejo de Ministros ha dado un paso decisivo en la protección infantil al aprobar, en primera vuelta, una importante reforma legislativa. Se trata de la modificación de la Ley de protección a la infancia frente a la violencia (LOPIVI), que endurece el control sobre las administraciones públicas.
Esta actualización normativa responde a la necesidad de garantizar un sistema de acogimiento que cumpla con los más altos estándares asistenciales. La introducción de este marco sancionador busca asegurar que los indicadores de calidad sean respetados de manera uniforme en todo el territorio nacional.
Cuantía de las multas para autonomías y centros
La principal novedad para los especialistas en cumplimiento normativo es la magnitud de las sanciones económicas previstas. El Gobierno central tendrá la potestad de imponer multas que podrán alcanzar un máximo de 100.000 euros a las instituciones infractoras.
Las comunidades autónomas, así como los propios centros de menores tutelados, serán los sujetos sobre los que recaerá esta responsabilidad jurídica. El incumplimiento de los indicadores de calidad del sistema de acogida activará automáticamente los mecanismos sancionadores de la nueva LOPIVI.
Clasificación detallada de las infracciones normativas
El texto aprobado establece una tipificación clara para evitar ambigüedades legales en la aplicación del futuro régimen punitivo. Esta categorización es fundamental para que los centros de menores puedan adaptar sus manuales de cumplimiento y prevenir escenarios de riesgo.
Infracciones graves: tolerancia cero ante abusos
La normativa será inflexible frente a las vulneraciones directas contra los menores tutelados. El documento especifica que tendrán la consideración de infracciones graves las coacciones, amenazas y represalias ejercidas contra los niños y adolescentes en acogida.
Asimismo, se castigará como falta grave cualquier otra forma de presión que se ejerza sobre las personas menores de edad. Este punto obliga a las instituciones a mantener una vigilancia extrema sobre el trato diario y la conducta de todo el personal a cargo de los tutelados.
Infracciones leves: control de las negligencias operativas
Por otro lado, la reforma de la LOPIVI también detalla el alcance de las infracciones consideradas de carácter leve. En esta categoría se incluirán todas aquellas negligencias operativas que no comporten un perjuicio directo o un daño inmediato para los niños bajo tutela institucional.
Aunque no impliquen un riesgo severo, la sanción de estas negligencias busca mantener el rigor administrativo y la calidad del servicio prestado. Supone una exigencia añadida para los sistemas de control interno, que deberán auditar los procesos rutinarios para evitar multas.
El proceso legislativo de la nueva normativa
La aprobación de esta medida se ha llevado a cabo en primera vuelta, lo que marca el inicio formal de su recorrido normativo. Esto significa que el texto aprobado por el Gobierno tiene, por el momento, la consideración de anteproyecto de ley y está sujeto a revisión.
Siguientes pasos hasta su entrada en vigor
Antes de su aplicación definitiva y de la imposición de las multas, el texto deberá someterse al escrutinio de los diferentes órganos consultivos del Estado. Una vez superado este trámite técnico, la normativa regresará al Consejo de Ministros para su ratificación en segunda vuelta.
Posteriormente, la reforma iniciará su tramitación parlamentaria en las Cortes Generales, donde podría sufrir modificaciones finales. Las comunidades autónomas dispondrán de este margen temporal para ir adaptando de urgencia sus sistemas de acogida a las futuras exigencias legales.
Implicaciones para la gestión del cumplimiento normativo
La aprobación de esta reforma sitúa a los centros de menores ante un escenario de máxima exigencia procedimental. Para evitar enfrentarse a multas de 100.000 euros, las entidades deberán revisar exhaustivamente sus protocolos internos y garantizar el cumplimiento de los indicadores.
La prevención del incumplimiento, mediante auditorías, y la formación continua del personal serán las herramientas clave para las administraciones regionales. Este nuevo marco subraya la importancia de integrar el cumplimiento normativo de forma transversal en los servicios sociales de acogimiento.
Fuente: europapress.es